University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité contra la Tortura, Monaco, U.N. Doc. A/50/44, paras. 74-79 (1995).




 

 


Mónaco
El Comité examinó el informe inicial de Mónaco (CAT/C/21/Add.1) en sus sesiones 195ª y 196ª, celebradas el 10 de noviembre de 1994 (véanse CAT/C/195 y 1996 y Add.2) y adoptó las siguientes conclusiones y recomendaciones.


A. Introducción


El Comité da las gracias al Gobierno de Mónaco por su informe, pese a que es muy breve y no se ajusta a las directrices del Comité. Asimismo escuchó con interés el informe oral y las aclaraciones hechas por la delegación monegasca. El comité desea agradecer a la delegación sus respuestas y el espíritu de franca cooperación en que transcurrió el diálogo.


B. Aspectos positivos


El Comité aprecia la decisión de Mónaco de garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos mediante su adhesión a una serie de instrumentos internacionales y regionales para la promoción de esos derechos.


El Comité observa con satisfacción y aprecia especialmente el hecho de que ningún órgano gubernamental o no gubernamental haya constatado la existencia de casos de tortura en el sentido del artículo 1 de la Convención.


C. Recomendaciones


El Comité espera que en la legislación de Mónaco se incluya una definición de la tortura en los términos previstos en la Convención.


El Comité también tiene la esperanza de que el próximo informe periódico, que Mónaco ha de presentar junto con el documento básico relativo a la información general sobre el Estado Parte, se ajuste a las pautas del Comité para la presentación de informes.

 



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