Antigua y Barbuda
El Comité examinó los informes periódicos inicial, segundo
y tercero combinados de Antigua y Barbuda (CEDAW/C/ANT/1 a 3) en sus sesiones
340ª, 341ª y 348ª, celebradas los días 10 y 16 de julio
de 1997 (véanse CEDAW/C/SR.340, 341 y 348).
En su declaración introductoria, la representante de Antigua y Barbuda
indicó que su país había pasado a ser Estado Parte en la
Convención el 31 de agosto de 1989, fecha en que la Convención
se había incorporado plenamente a la legislación nacional. Observó
que el informe que el Comité tenía ante sí se había
presentado en 1994 y que desde entonces la aplicación de la Convención
había avanzado considerablemente. En consecuencia, se había presentado
una adición al Comité con objeto de actualizar la información.
La representante indicó que en 1985 la Oficina de la Mujer se había
elevado a la categoría de Dirección de Asuntos de la Mujer, órgano
encargado de promover los intereses sociales, políticos y económicos
y el adelanto de la mujer. En cumplimiento de la Plataforma de Acción
de Beijing, la Dirección había establecido como esferas de interés
prioritario la eliminación de la violencia contra la mujer, la educación
y la capacitación, la erradicación de la pobreza, la incorporación
de un mayor número de mujeres en el proceso de adopción de decisiones
y la expansión de los programas de salud en general y de higiene de la
procreación orientados principalmente a las jóvenes. A efectos
de cumplir los compromisos regionales e internacionales, la Dirección
había elaborado planes que tenían por objeto la incorporación
de la mujer en todos los departamentos y divisiones del Gobierno. Esos planes
abarcaban un curso práctico de capacitación destinado a jefes
de ministerios, funcionarios de los gobiernos locales, organizaciones no gubernamentales
y jefes de departamentos. Además, la Dirección había revisado
su Plan Nacional de Acción sobre Asuntos relativos al Género.
Recientemente había organizado un foro con objeto de dar a publicidad
la Convención y estaba haciendo planes para introducir cursos encaminados
a fomentar la participación de la mujer en la vida política y
el proceso de adopción de decisiones.
La representante indicó que se habían introducido, se estaban
por introducir o se planeaban varias reformas jurídicas de gran alcance.
Estaban en pleno vigor la Ley de Delitos Sexuales de 1995 y la Ley de Manutención.
En 1997 se debatiría el proyecto de ley sobre la familia (relativo a
la protección contra la violencia en el hogar) y próximamente
se presentaría una ley sobre igualdad de oportunidades.
La representante informó al Comité del problema que seguían
planteando en Antigua y Barbuda los estereotipos basados en el sexo. El sistema
educativo aceptaba la idea de que era necesario reducir esos estereotipos y
ofrecía a niños y niñas una formación y materias
de estudio análogas. Con todo, se observaba que la socialización
en el hogar y en la sociedad en general también inducía a los
niños y las niñas a elegir ocupaciones tradicionales aun cuando
se les ofreciera una variedad más amplia de opciones. El sistema escolar
ofrecía a los niños más conocimientos técnicos y
a las niñas más conocimientos de economía doméstica.
Los Ministerios de Educación, de Salud y de Trabajo estaban aplicando
programas de educación para la vida familiar encaminados a promover el
reconocimiento de la igualdad de responsabilidades de las mujeres y los hombres
en lo relativo a la atención y la socialización de los hijos.
Había numerosos casos de violencia en el hogar, hostigamiento y abuso
sexual, agresión física y violaciones, aunque muy pocas veces
se informaba de ellos porque muchos hombres consideraban aceptable esa conducta.
La representante observó que la Dirección establecería
en agosto de 1997, en colaboración con varias organizaciones no gubernamentales
y el sector privado, un servicio de asistencia telefónica permanente
para los casos de violencia en el hogar.
La representante comunicó al Comité que los planes que se habían
introducido con objeto de permitir que las adolescentes embarazadas continuaran
su educación entrañaban la participación de los padres,
si procediera, y la ejecución de programas de alfabetización funcional,
desarrollo de aptitudes y educación sobre la crianza de los hijos y la
vida familiar, lo que comprendía la planificación de la familia
y la educación sobre el VIH/SIDA.
La representante indicó que si bien las mujeres constituían la
mayoría de los votantes en Antigua y Barbuda, la participación
política de la mujer seguía siendo escasa y se introducirían
estrategias y planes de acción para promoverla.
La representante señaló al Comité que en Antigua y Barbuda
había una tasa elevada de mortalidad perinatal. Observó que el
aborto era ilegal en el país, si bien se permitía la interrupción
del embarazo por razones de salud.
Se señaló que la mujer constituía una parte considerable
de la población agrícola en Antigua y Barbuda. Si bien la mujer
no era objeto de discriminación directamente, el tamaño de los
establecimientos agrícolas a cargo de mujeres con frecuencia no alcanzaba
a la mitad del de los administrados por hombres y las agricultoras con frecuencia
tenían múltiples responsabilidades. La Dirección de Asuntos
de la Mujer proporcionaba capacitación y prestaba apoyo a las agricultoras.
La representante indicó que la Ley de Divorcio de 1997 establecía
la posibilidad de obtener el divorcio por diferencias inconciliables como única
causal y permitía pedir el divorcio después de un año de
matrimonio. En ciertas circunstancias los hombres podían ser condenados
por agresión sexual contra sus esposas. La representante observó,
sin embargo, que en los casos de concubinato la mujer estaba en inferioridad
de condiciones desde el punto de vista jurídico.
La representante reiteró la firme determinación de Antigua y Barbuda
de eliminar la discriminación contra la mujer y de aplicar la Convención
y la Plataforma de Acción de Beijing. Expresó que esa determinación
se había manifestado en los preparativos para la Cuarta Conferencia Mundial
sobre la Mujer y en la participación en la Conferencia, así como
en la preparación del informe que tenía ante sí el Comité.
Observaciones finales del Comité
Introducción
El Comité acogió con beneplácito el hecho de que Antigua
y Barbuda hubiese ratificado la Convención sin reservas. Elogió
al Estado Parte por su informe, habida cuenta de que se trataba de un pequeño
Estado insular con recursos limitados.
El Comité también elogió al Estado Parte por su exposición
franca y completa y por la presentación de las adiciones, que si bien
se distribuyeron tarde ese día, conjuntamente con la exposición
de la representante proporcionaban un panorama completo de la aplicación
de la Convención en Antigua y Barbuda. El Comité se complacía
en observar la voluntad política manifiesta del país en favor
del adelanto de la mujer.
Sin embargo, el Comité estaba decepcionado por el hecho de que en el
informe no figurase información alguna sobre la aplicación de
la Plataforma de Acción y las medidas que el Estado Parte había
adoptado para abordar las recomendaciones generales del Comité.
Aspectos positivos
El Comité felicitó a Antigua y Barbuda por el establecimiento
de la Oficina de la Mujer muy poco después del logro de la independencia,
y su elevación de rango y ampliación ulteriores como Dirección
de Asuntos de la Mujer. El Comité felicitó asimismo al Gobierno
por su intención de elevar dicha oficina a la categoría de ministerio,
cuando se nombrase a una mujer a un cargo electivo.
El Comité acogió con beneplácito la introducción
de leyes importantes, como la Ley sobre Igualdad de Oportunidades, la Ley sobre
el Divorcio y la Ley de Delitos Sexuales. Esperaba ver pronto los resultados
de la aprobación de los proyectos de ley sobre igualdad de remuneración
y sobre violencia en el hogar, y tomó nota con reconocimiento de que
en la elaboración de esas leyes Antigua y Barbuda había utilizado
la legislación modelo elaborada por la Comunidad del Caribe (CARICOM).
El Comité felicitó al Estado Parte por las medidas que había
adoptado para reducir efectivamente la tasa de natalidad.
El Comité tomó nota con satisfacción de la introducción
de sistemas de administración en que se tiene en cuenta la problemática
de la mujer.
El Comité aplaudió la determinación del Presidente de abordar
el problema de la desigualdad entre hombres y mujeres con respecto a la participación
en el poder en los niveles más altos del proceso de adopción de
decisiones.
El Comité elogió la introducción del servicio de atención
directa de casos de violencia en el hogar y servicios de apoyo conexos.
El Comité acogió con beneplácito la introducción
de medidas para abordar el problema de los embarazos de las adolescentes, especialmente
dedicadas a la situación de la niña.
Factores y dificultades que afectan a la aplicación de la Convención
El Comité observó que Antigua y Barbuda, por ser un pequeño
Estado insular, parecía tener dificultades para recopilar datos estadísticos
debido a la falta de recursos financieros y humanos. Esto podía ser un
obstáculo para la plena aplicación de la Convención.
Principales esferas de preocupación
El Comité manifestó su preocupación por el hecho de que
se habían adoptado escasas medidas encaminadas a aumentar la participación
política de la mujer. Observó la ausencia de mujeres en el Parlamento
y la falta de medidas para aumentar su participación en la vida pública
en general.
Preocupaba al Comité la falta de medidas integradas para resolver el
problema de la violencia contra la mujer.
El Comité tomó nota de que la Dirección de Asuntos de la
Mujer carecía de facultades decisorias.
Preocupaba al Comité que en el informe no figurase información
relativa a la prostitución y la trata de mujeres.
Asimismo, el Comité se manifestó preocupado por el hecho de que
las estudiantes seguían eligiendo sus estudios de acuerdo con estereotipos
y en el sistema escolar se orientaba más a las niñas a los conocimientos
domésticos y a los niños a los conocimientos técnicos.
Inquietaba al Comité el bajo nivel de adelanto profesional entre las
mujeres graduadas, y el dominio masculino en las esferas técnica y profesional,
por una parte, y la concentración de mujeres en el sector de servicios
poco remunerados, incluida la industria del turismo, por la otra.
El Comité observó que aún no se habían integrado
los intereses de la mujer en el plan quinquenal nacional.
El Comité manifestó su preocupación por la situación
de la mujer del medio rural y su acceso al crédito.
También preocupaba al Comité el hecho de que el aborto siguiera siendo ilegal, lo que daba lugar a abortos riesgosos. Manifestó su preocupación por la falta de programas de educación sobre planificación de la familia y por el hecho de que los anticonceptivos no se incluían en los planes de asistencia médica.
Preocupaba profundamente al Comité el alto nivel de embarazos entre las
adolescentes.
El Comité manifestó su preocupación por el elevado índice
de mortalidad perinatal.
El Comité observó la falta de medidas especiales para las mujeres
con el VIH/SIDA, así como de medidas destinadas a abordar el problema
de la toxicomanía entre las mujeres. El Comité expresó
la esperanza que en el próximo informe se suministraría más
información sobre el problema.
El Comité manifestó su inquietud por la posición de la
mujer en las relaciones consensuales.
Sugerencias y recomendaciones
El Comité recomendó que se elevara a la Dirección de Asuntos
de la Mujer a una categoría superior a fin de promoverla y fortalecerla.
El Comité sugirió que se integrasen las cuestiones de género
en el plan quinquenal.
El Comité sugirió al Gobierno de Antigua y Barbuda que utilizara
el artículo 4 de la Convención para acelerar el logro de la igualdad
de facto de la mujer.
El Comité recomendó al Gobierno de Antigua y Barbuda que promoviera
la participación de la mujer en la política introduciendo medidas
especiales de carácter temporal.
El Comité sugirió que Antigua y Barbuda adoptara políticas
y programas adecuados de educación sexual y de planificación de
la familia.
El Comité recomendó que Antigua y Barbuda ratificara el Convenio
No. 100 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo
a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano
de obra femenina por un trabajo de igual valor, y que adoptara las medidas necesarias
para su aplicación.
El Comité recomendó la introducción de programas para alentar
a los hombres a cumplir sus responsabilidades familiares.
El Comité señaló que la cultura era un vehículo
positivo para influir sobre el adelanto de la mujer y sugirió que las
artes se utilizaran como vehículo para fomentar el respeto por la mujer.
El Comité también sugirió que se utilizaran los medios
de comunicación para fomentar actitudes positivas hacia la mujer.
El Comité exhortó al Gobierno de Antigua y Barbuda a que en su
próximo informe proporcionara más información sobre los
obstáculos que todavía se oponían al pleno goce de los
derechos humanos de la mujer, particularmente en relación con el artículo
6 de la Convención y con respecto a la condición jurídica
y económica de la mujer en las relaciones consensuales.
El Comité pidió que se diera amplia difusión a las presentes
observaciones finales en Antigua y Barbuda para que el público tuviese
conocimiento de las medidas que se habían adoptado con miras a garantizar
la igualdad de facto de la mujer y las medidas adicionales que se requerían
en ese sentido.