Bolivia
42. En sus sesiones 262ª, 263ª y 267ª, celebradas el 17 y el
20 de enero de 1995 (véase CEDAW/C/SR.262, 263 y 267), el Comité
examinó el informe inicial de Bolivia (CEDAW/C/BOL/1 y Add.1).
43. Al presentar el informe de Bolivia, la representante dijo que el tiempo
que había transcurrido entre la presentación del informe inicial
en 1991 y su presentación en 1995 había creado un problema para
el país, porque durante ese lapso el Gobierno había cambiado y,
en consecuencia, se habían producido cambios de importancia en relación
con la política de igualdad. Después de muchos años de
dictadura, el país estaba concluyendo su primer decenio de democracia.
Al mismo tiempo, existía una crisis económica general y se habían
producido ajustes estructurales. Como consecuencia de ello, debido a la prioridad
otorgada a la estabilización macroeconómica, muchas cuestiones
sociales habían sido postergadas. La representante dijo que su país
tenía una larga historia de activos movimientos en pro de la mujer. Esas
organizaciones habían cumplido un papel importante para que el país
volviera a la democracia y habían establecido las bases para las medidas
gubernamentales relativas al adelanto de la mujer y para la elaboración
de políticas sociales destinadas a lograr la igualdad y mitigar la pobreza.
44. Los tres cambios principales fueron la reforma del Poder Ejecutivo, en el
que se descentralizó el sistema de adopción de decisiones, el
establecimiento de la Oficina del Subsecretario de Asuntos de Género
dentro del Ministerio de Desarrollo Humano y Sostenible y las reformas de la
Constitución y del marco jurídico, de acuerdo con una economía
de mercado, en las que se hace referencia a Bolivia como país multiétnico
y multicultural. La representante dijo que, si bien en el informe inicial se
había dado la impresión de que la igualdad de jure se aplicaba
plenamente y que los obstáculos residían únicamente en
la aplicación práctica, existían todavía leyes y
prácticas que violaban el principio de igualdad. La política social
había sido abordada anteriormente de manera sectorial, en varias dependencias
administrativas, pero en el Programa de la Mujer, creado en 1992 en el Organismo
Nacional del Menor, Mujer y Familia y, más tarde, la Secretaría
Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales, creada
en 1993, se habían propuesto políticas sectoriales para la población
femenina a fin de velar por que la perspectiva de la situación de la
mujer se aplicara de manera general.
45. La medida de política más importante fue la Ley de Participación
Popular, que había descentralizado el Estado y sus recursos económicos,
reconoció la situación jurídica de las organizaciones de
base, brindó financiación gubernamental para esas organizaciones,
respetó las tradiciones y costumbres de los pueblos, integró la
igualdad entre hombres y mujeres y estableció el principio de la igualdad
de oportunidades y dio facultades para que el Gobierno, en todos los niveles,
estableciera programas para la mujer. Otro paso importante fue la promulgación
de la Ley de Reforma Educativa, que establece el principio de la educación
universal, gratuita y obligatoria, sobre la base del principio de igualdad de
oportunidades y de igualdad entre los sexos. A diferencia de los intentos anteriores
de imponer la "hispanización", en la actualidad se preveía
la educación bilingüe y multicultural que redundaría especialmente
en beneficio de las niñas y las mujeres. Otro paso importante fue la
aprobación del Plan Nacional de Prevención y Erradicación
de la Violencia. Ello demostró que el Gobierno comprendía que
la falta de respeto de los derechos humanos constituía también
un obstáculo para el desarrollo y reveló su preocupación
particular por la violencia en el hogar. El plan se estaba ejecutando por conducto
de un grupo interministerial de tareas, y ofrecía asistencia jurídica
gratuita y servicios de atención de la salud para las mujeres víctimas
de la violencia.
46. La representante dijo que, aunque las mujeres seguían soportando
la mayor parte del peso de la pobreza, se introducirán cambios mediante
la aplicación de la planificación participatoria. La oradora subrayó
los cambios recientes más importantes, que se describen en la adición
al informe inicial, y subrayó que el mensaje más importante que
deseaba comunicar era que Bolivia había institucionalizado sus políticas
públicas con un enfoque que tenía en cuenta la situación
de la mujer.
Observaciones generales
47. El Comité encomió el informe, bien estructurado y franco,
que se ajustaba a las directrices generales, y su presentación sincera
y objetiva. El informe demostraba la voluntad política del país
y estaba arraigado en la realidad nacional al mostrar que el Gobierno era consciente
de los obstáculos que debía superar. Las nuevas reformas legislativas
y administrativas demostraban claramente el enfoque integrado adoptado para
las cuestiones relativas a la mujer. El Comité encomió el hecho
de que Bolivia hubiera ratificado la Convención sin reservas y felicitó
al Gobierno por sus planes futuros para la mejor aplicación de la Convención
y, en particular, para aliviar la situación de las mujeres indígenas
y de las zonas rurales. Los miembros del Comité se vieron favorablemente
impresionados por la reforma del Poder Ejecutivo y por la creación de
la Secretaría Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y
Generacionales. Encomiaron el establecimiento de un grupo interministerial de
tareas y las medidas adoptadas y las comisiones creadas para erradicar la violencia
contra la mujer, en particular la violencia en el hogar entre los cónyuges,
así como entre el primer y segundo grado de consanguinidad. También
consideraron encomiables las medidas adoptadas para elaborar un código
de salud. El Comité se congratuló de los esfuerzos realizados
para presentar a Bolivia como una sociedad multicultural y multiétnica.
48. En respuesta a las observaciones formuladas por los miembros del Comité
de que el Gobierno debía adoptar medidas para incorporar la Convención
en la legislación nacional y a las preguntas de si en la actualidad la
Convención podía ser invocada en los tribunales o si existían
iniciativas para incorporar las disposiciones de la Convención en la
Constitución, la representante declaró que ya el 15 de septiembre
de 1989 la Convención había pasado a ser parte de la legislación
de Bolivia y se podía invocar en los tribunales. Si bien en la época
en que se preparó el informe inicial la Convención era muy poco
conocida por los jueces y otras autoridades públicas, en la actualidad
cada vez más abogados estaban recurriendo a la Convención.
49. Los miembros recomendaron como una de las tareas prioritarias la realización
de un inventario de las leyes que aún eran discriminatorias para las
mujeres, con miras a enmendarlas. Preguntaron sobre el grado de motivación
del Gobierno en la adaptación de las leyes nacionales a los requisitos
de la Convención y si ello se hacía de modo sistemático
o caso por caso. En respuesta a esas preguntas, la representante dijo que la
Subsecretaría Nacional tenía una Dirección de Reformas
Legales cuya tarea era adaptar la legislación boliviana a los requisitos
de la Convención. La representante mencionó las enmiendas que
se estaban introduciendo en varias leyes, como la Ley de Trabajadoras del Hogar
en cuanto al horario de trabajo, la Ley General del Trabajo, en lo relativo
al proteccionismo excesivo de la mujer, la Ley de Violencia Intrafamiliar, que
revocaría el artículo 276 del Código Penal, y el Código
de Familia en lo que se refiere a la edad mínima para contraer matrimonio,
la libre elección de cónyuge y las causas de divorcio. Otras enmiendas
se referían a los artículos relativos a la violencia sexual con
miras a considerar la violencia doméstica como delito perseguible de
oficio, el Código de Salud y la Ley de Tierras, que debe dar a las mujeres
acceso a la propiedad de tierras, así como la Ley de Partidos Políticos.
Además, se estaban enmendando varios decretos municipales en favor de
la mujer.
50. Los miembros recomendaron que el bajo número de mujeres en puestos
de responsabilidad se considerase un aspecto digno de atención particular.
A la pregunta sobre las perspectivas de que la mujer estuviera mejor representada
en los partidos políticos y en los puestos de responsabilidad, y sobre
cualquier mecanismo para aumentar la participación de la mujer, la representante
dijo que, aunque la Ley de Participación Popular daba a la mujer igualdad
de oportunidades, en ella no se fijaban cuotas de participación. La Subsecretaría
de Asuntos de Género, no obstante, estaba estudiando la posibilidad de
introducir medidas provisionales para paliar la situación.
51. Los miembros del Comité expresaron la esperanza de que se adoptasen
medidas para corregir en la práctica la discriminación que a menudo
ejercían los empleadores. Considerando que el índice de desarrollo
de Bolivia mostraba un nivel más bien alarmante, por un lado, y que el
grado de compromiso del Gobierno parecía muy elevado, por otro, sería
importante que el país presentase su informe siguiente con puntualidad
y que en él diera más importancia a los programas emprendidos.
52. Teniendo en cuenta que Bolivia se consideraba una de las economías
de crecimiento más rápido de América Latina, los miembros
del Comité preguntaron si el reciente crecimiento económico había
tenido una repercusión positiva en la situación de la mujer. La
representante explicó que se estaban introduciendo medidas de distribución
de los ingresos y que, aunque se estaban teniendo en cuenta las demandas locales,
se está prestando particular atención a las demandas de la mujer.
El Gobierno también estaba elaborando estadísticas por sexos.
Se había puesto en marcha un mecanismo de investigación e información
sobre la mujer para estudiar el impacto de la pobreza en la población
femenina.
53. Respondiendo a la observación formulada por algunos miembros de que
debería alentarse a las mujeres a conocer mejor sus derechos ante la
ley y que la falta de acceso a la asistencia jurídica a menudo constituía
uno de los obstáculos para el adelanto de la mujer, la representante
dijo que los principales obstáculos a la aplicación de la Convención
era la resistencia, los prejuicios y la ignorancia por parte de los jueces sobre
el contenido de la Convención, así como la crisis del propio sistema
jurídico. Todas las observaciones formuladas por los miembros del Comité
constituirían la base para el examen de futuras políticas sobre
la mujer en Bolivia. A fin de superar esas dificultades, la Secretaría
había emprendido un programa de concienciación y capacitación
para funcionarios jurídicos.
54. Los miembros del Comité elogiaron a la representante del Gobierno
por la franqueza de sus respuestas y expresaron su esperanza de que el informe
siguiente daría cuenta de todos los obstáculos y los fracasos
encontrados por la Secretaría Nacional en la aplicación de sus
políticas y se verían complementados por amplias estadísticas.
Dando las gracias a los miembros del Comité por las preguntas formuladas,
la representante del Gobierno dijo que constituirían la base para futuras
políticas y servirían como orientación en la elaboración
de informes periódicos.
Preguntas relativas a artículos concretos
Artículo 2
55. Los miembros hicieron preguntas sobre el tipo de mecanismos por conducto
de los cuales la Secretaría Nacional introducía políticas
sectoriales, sobre sus poderes de adopción de decisiones, sus recursos
y los canales de cooperación con otros organismos del Gobierno. La representante
contestó que esos mecanismos eran los centros de coordinación
para el desarrollo rural, la educación y la participación popular,
algunos comités que se ocupaban de cuestiones concretas, otros contactos
de diversa índole en el nivel social e internacional, y que la Secretaría
Nacional estaba representada en siete de las nueve provincias del país.
La Secretaría tenía poder para adoptar resoluciones obligatorias
y promulgar decretos obligatorios y estaba trabajando en coordinación
con la Comisión de la Mujer de la Cámara de Diputados y todos
los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados.
Contaba con recursos suficientes; el 25% de esos recursos procedían del
Gobierno nacional y el 75% restante de la asistencia internacional. Otras fuentes
habían llevado a cabo diversos programas más en la esfera de la
salud y la educación, pero era difícil cuantificar su repercusión
en las mujeres.
56. Dado que Bolivia seguía caracterizándose por la dominación
masculina, los miembros preguntaron en qué modo la Secretaría
Nacional estaba velando por que la Ley de Participación Popular garantizase
la igualdad de oportunidades a nivel comunitario. La representante mencionó
en ese contexto un plan diseñado por la Subsecretaría en colaboración
con la Secretaría Nacional para la Participación Popular, que
debería fortalecer a las organizaciones no gubernamentales a nivel local
y mantener un diálogo con las instituciones políticas locales
a fin de introducir la perspectiva de la mujer en el nivel municipal. Una transferencia
de recursos financieros sobre la base de criterios demográficos apoyaría
los programas locales y de mujeres.
Artículo 3
57. Cuando los miembros preguntaron sobre los efectos positivos de la reforma
educativa en las niñas de las zonas rurales, la representante dijo que
un ejemplo notable era la enseñanza bilingüe en la zona del guaraní.
Había repercutido positivamente en los problemas de abandono escolar,
la repetición de cursos y el analfabetismo funcional.
58. Los miembros del Comité acogieron favorablemente la institucionalización
de políticas de igualdad en el país, particularmente en una época
de cambios frecuentes de dirigentes políticos, y señalaron la
importancia de resaltar el aspecto de la igualdad de la mujer dentro del proceso
de desarrollo.
Artículo 4
59. Los miembros pidieron ejemplos concretos de medidas especiales provisionales,
y preguntaron si estaba prevista alguna de esas medidas para corregir el elevado
índice de analfabetismo, el bajo índice de empleo de las mujeres
y el bajo índice de participación de las mujeres en las decisiones
políticas o de otro tipo para proteger a las mujeres indígenas
y de las zonas rurales. La representante dijo que, aunque de momento no existían
medidas provisionales especiales, se estaba debatiendo su adopción a
fin de fomentar una mayor asistencia de las niñas a la escuela.
Artículo 5
60. A la pregunta de si se había hecho algún esfuerzo por evitar
los estereotipos sexuales en la enseñanza, la familia y los medios de
comunicación y de si existía algún estudio al respecto,
la representante dijo que dentro de la reforma educativa el Gobierno estaba
modificando los planes de estudios y los libros de texto y capacitando simultáneamente
a los profesores.
61. En cuanto al papel desempeñado por las organizaciones no gubernamentales
en relación con el Plan de Prevención y Erradicación de
la Violencia contra la Mujer, la representante dijo que en su elaboración
se habían tenido en cuenta las aportaciones de aquéllas, así
como en la elaboración del proyecto de Ley de Violencia Intrafamiliar.
62. En cuanto a las medidas adoptadas con objeto de cambiar la actitud de los
funcionarios judiciales encargados de tramitar las denuncias relativas a la
violencia contra las mujeres, la representante declaró que en el seno
de la Secretaría Nacional existía un departamento que se ocupaba
de la capacitación de diversos sectores de la judicatura.
63. En relación con la supuesta contradicción entre las afirmaciones
formuladas en los párrafos 84 y 85 del informe relativas a la discriminación
contra las mujeres que ocupan determinados puestos, la representante explicó
que ciertos estudios habían puesto de manifiesto la discriminación
jurídica, social y cultural de las mujeres en el lugar de trabajo y la
ausencia de mecanismos eficaces para enfrentarse a ella, ya que las leyes no
preveían sanción alguna. La práctica había mostrado
que las mujeres que ejercían profesiones similares y que estaban en posesión
de la misma titulación académica que los hombres ganaban entre
un 30% y un 50% menos que sus colegas varones.
Artículo 6
64. Dado que la prostitución existía en prácticamente todos
los países del mundo, los miembros opinaron que Bolivia no debería
tener recelos en cuanto a la referencia a la "aprobación directa"
que aparecía en el párrafo 86 del informe y estimaron que la práctica
de realizar reconocimientos médicos periódicos a las prostitutas
era una medida loable. Se solicitó más información acerca
del número de prostitutas, las capas sociales de las que procedían,
las condiciones en las que trabajaban y las medidas adoptadas para lograr su
reintegración social.
65. En relación con la posible protección de las prostitutas contra
el virus de inmunodeficiencia humana/síndrome de inmunodeficiencia adquirida
(VIH/SIDA), la representante dijo que aunque el Programa Nacional sobre el SIDA
establecía medidas de prevención para las prostitutas, por el
momento no se habían adoptado leyes correspondientes.
66. Algunos miembros recomendaron al Gobierno que examinara los diversos aspectos
de la prostitución, ya que ésta se consideraba un caso grave de
violación de los derechos humanos y una de las formas más graves
de esclavitud. La representante explicó que existía una contradicción
en Bolivia entre el Código Penal y los reglamentos policiales, por cuanto
existía legislación de carácter abolicionista contra el
proxenetismo, pero mientas las prostitutas eran penalizadas, los hombres quedaban
impunes.
67. En relación con una pregunta sobre el significado de "delitos
contra la moral sexual", la representante afirmó que dichos delitos
deberían ser eliminados del Código Penal puesto que resultaban
discriminatorios contra las mujeres.
68. Dado que en el informe se indicaba que no existía trata de mujeres,
algunos miembros del Comité preguntaron si había medidas concretas
para prevenir que las mujeres emigraran con objeto de prostituirse. Algunos
miembros estimaron que el contenido de los párrafos 88 y 99 del informe
era contradictorio, por cuanto diversos estudios habían demostrado que
existía una estrecha relación entre la trata de mujeres y la prostitución.
Artículo 7
69. En cuanto a las iniciativas emprendidas por el Gobierno o la Secretaría
Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales con objeto
de proporcionar apoyo a organizaciones no gubernamentales de mujeres, la representante
declaró que el Gobierno reconocía el papel de esas organizaciones
como agentes del desarrollo. Su autonomía era plenamente respetada y
no recibían apoyo financiero alguno del Gobierno. Junto con otras entidades,
habían participado en la elaboración del Plan de Prevención
y Erradicación de la Violencia contra la Mujer; no obstante, era importante
que adoptaran un enfoque distinto frente al Estado y reconocieran la función
de éste y sus funciones.
70. Varios miembros del Comité preguntaron qué incentivos se estaban
ofreciendo para aumentar la participación de la mujer en la vida política
y su representación en los partidos políticos y si las mujeres
integradas en partidos políticos obtenían apoyo financiero para
sus campañas. La representante explicó que la Secretaría
Nacional estaba preparando a la sazón una reforma de la Ley de Partidos
Políticos, que debería incrementar la participación de
la mujer. No se proporcionaba apoyo gubernamental a partidos políticos
ni a las mujeres por su participación.
71. Algunos miembros preguntaron si la Ley sobre Participación Popular
estaba siendo aplicada y si respetaba las diversas formas de organizaciones
jurídicas entre las mujeres indígenas y si las mujeres y los hombres
indígenas recibían capacitación jurídica. La representante
aclaró que con arreglo a dicha Ley los municipios estaban obligados a
incorporar en sus planes las solicitudes de las organizaciones de mujeres y
que estaba previsto proporcionar capacitación jurídica y establecer
redes locales de información y comunicación en los planos municipal
y local. Destacó el objetivo de que en los próximos tres años
al menos el 10% de las estructuras municipales estuviera integrado por mujeres.
72. Considerando la ausencia de un sistema de cuotas, preguntaron si había
en marcha un programa tendiente a utilizar las organizaciones populares a fin
de preparar programas de educación cívica para elevar la conciencia
cívica de las mujeres, informarles de la necesidad de votar y tomar parte
en la vida política y, por consiguiente, contar con tarjetas de identificación
con objeto de inscribirse para participar en las votaciones. La representante
dijo que a la sazón el 46% de la población mayor de 10 años
no tenía tarjetas de identificación. El Gobierno estaba trabajando,
con ayuda extranjera, en un programa nacional de inscripción, y se esperaba
que para 1997 todos los ciudadanos tendrían tarjetas de identificación.
La edad mínima para votar era de 18 años.
73. Algunos miembros del Comité preguntaron acerca del número
actual de ministras y acerca de la situación de las mujeres en la policía.
Preguntaron si las mujeres tenían las mismas posibilidades que los hombres
de ser ascendidas.
74. Los miembros preguntaron si se había reanudado la formación
de las mujeres para carreras militares y qué posibilidades tenían
las mujeres de seguir dichas carreras. La representante contestó que
actualmente ésta no era una cuestión que precisara un debate nacional.
En la actualidad revestía mayor urgencia invertir en actividades tales
como educación y salud.
Artículo 8
75. Varios miembros preguntaron cuáles eran los requisitos para ingresar
en el servicio diplomático y si esos requisitos eran distintos para las
mujeres y los hombres. Asimismo, quisieron saber si los maridos se oponían
a que sus mujeres trabajaran en el extranjero o si no se les permitía
acompañar a sus mujeres que trabajaban en el servicio diplomático.
Artículo 9
76. En relación con las preguntas sobre la transmisión de la nacionalidad,
la representante dijo que las bolivianas casadas con extranjeros podían
transmitir su nacionalidad a su marido y sus hijos.
Artículo 10
77. Algunos miembros preguntaron por las razones de la considerable diferencia
en la tasa de analfabetismo entre mujeres y hombres y si el Gobierno estaba
adoptando medidas para promover la educación de adultos para las mujeres.
Asimismo, se formularon preguntas relativas al porcentaje de alumnos matriculados
en instituciones de enseñanza privada y pública y si existían
planes para privatizar el sistema educacional.
78. Puesto que la educación bilingüe cesaba en el quinto grado,
se preguntó de qué manera podían participar plenamente
en todo el sistema de educación los grupos no hispanos. Algunos miembros
opinaron que podía existir una contradicción entre las políticas
educacionales, cuyo objetivo era respetar las diversas culturas, y aquéllas
tendientes a evitar la creación de estereotipos en cuanto a sexo. Los
miembros preguntaron si había estudios sobre las diferencias por razón
de sexo o la condición de la mujer en el nivel terciario de la enseñanza.
Se pidió a la representante del Gobierno que aclarara dicha cuestión.
Algunos miembros preguntaron asimismo si la educación sobre salud incluía
información sobre planificación de la familia y prevención
del VIH y el SIDA.
Artículo 11
79. Los miembros del Comité dieron por hecho que el plan de empleo contenía
medidas para eliminar las diferencias por razón de sexo. No obstante,
en cuanto a los sueldos, las mujeres indígenas constituían el
grupo más desfavorecido. Algunos representantes preguntaron si existían
iniciativas concretas para introducir un planteamiento de la formación
profesional que tuviera en cuenta la situación de la mujer y si existía
un sueldo mínimo garantizado por la ley, y en tal caso, si era diferente
para las mujeres y los hombres.
80. En cuanto a la alta tasa de crecimiento de la venta ambulante que llevan
a cabo principalmente mujeres, se preguntó si ese sector terciario de
la actividad económica urbana estaba incluido en las estadísticas
oficiales del país. Los miembros del Comité preguntaron si existía
una ley sobre el acoso sexual en el lugar de trabajo, si había medidas
para el bienestar y la protección de las mujeres trabajadoras del hogar
y qué programas respondían a las necesidades económicas
de las mujeres migrantes. La representante contestó que el Parlamento
estaba examinando una ley para reglamentar las condiciones para las trabajadoras
del hogar.
81. Debido a la falta de centros para el cuidado del niño, se preguntó
si las muchachas tenían que soportar la carga de atender a sus hermanos
además de ayudar en el trabajo doméstico, lo cual, por consiguiente,
les impedía asistir a la escuela.
Artículo 12
82. Respondiendo a una pregunta sobre el aborto, la representante explicó
que era legal únicamente en caso de violación y peligro para la
vida de la madre. No especificó la tasa actual de abortos, pero dijo
que la práctica del aborto estaba muy difundida y éstos se realizaban
en condiciones nada seguras, correspondiendo a esta causa el 30% de la mortalidad
derivada de la maternidad. El Gobierno no tenía la intención de
legalizar el aborto. En cuanto a los programas para aumentar los conocimientos
acerca de la planificación familiar, dijo que el Gobierno apoyaba plenamente
la Declaración aprobada en la Conferencia Internacional sobre la Población
y el Desarrollo, celebrada en El Cairo en 1994, relativa a los derechos reproductivos
y a la educación sexual para los menores de 20 años teniendo en
cuenta la salud de la familia.
83. Se preguntó si había una base constitucional o jurídica
para la alta tasa de fecundidad de las mujeres, o si las razones eran de carácter
social o cultural. Se hicieron observaciones sobre la malnutrición crónica
que afectaba a las mujeres y se preguntó qué porcentaje de las
mujeres en general tenía acceso a la maternidad en condiciones de seguridad,
cuál era la situación en las zonas rurales y qué medidas
había tomado el Gobierno para reducir los embarazos en la adolescencia
y el alto nivel de mortalidad derivada de la maternidad.
84. Los miembros del Comité preguntaron si las víctimas de la
violación podían denunciar los incidentes a los fiscales públicos
y, en tal caso, si se estaban tomando medidas para eliminar cualesquiera prejuicios
jurídicos contra estas víctimas. Asimismo, se preguntó
si existían centros de crisis que atendían a las víctimas
de la violación o abusos sexuales de otro tipo y cómo la policía
y los tribunales abordaban los casos de violencia contra las mujeres y si recibían
formación sobre este problema.
Artículo 14
85. Dado que las mujeres rurales parecían ser las más desfavorecidas,
los miembros del Comité estimaron que tenían que ser objeto de
atención especial y pidieron que en el próximo informe se hiciera
más hincapié en su situación.
86. Se hizo una pregunta acerca de la parte de la población a que pertenecía
la población indígena, si la población indígena
se podía equiparar a la de las zonas rurales y si las poblaciones no
indígenas tenían unas condiciones de vida mejores. Se preguntó
además qué proporción de los recursos de los municipios
se dedicaba a las mujeres indígenas, cómo participaban éstas
en los programas generales y si había programas especiales dedicados
a ellas. Los miembros del Comité preguntaron además qué
tipo de inversiones nacionales e internacionales se hacían en desarrollo
rural y cómo éste había beneficiado a las mujeres de esas
zonas. Se preguntó si las inversiones habían aumentado su productividad,
si las mujeres podían utilizar la tecnología y hasta qué
punto ésta era favorable al medio ambiente. Se pidió información
acerca de las iniciativas que se emprendían para crear servicios preescolares
en las zonas rurales y se preguntó si las organizaciones no gubernamentales
de mujeres o las mujeres que trabajaban a nivel de la comunidad habían
creado programas para mejorar las condiciones de las niñas en las zonas
rurales.
Artículo 16
87. Los miembros del Comité encomiaron al Gobierno por la aprobación
de un nuevo Código de Familia, aunque todavía quedaban por aprobar
varias disposiciones relativas al matrimonio, el divorcio y la asistencia a
las familias. En cuanto a la pregunta de si existían disposiciones jurídicas
que dieran el derecho al marido a prohibir a su mujer el ejercicio de determinadas
ocupaciones si éstas chocaban con sus tareas domésticas, la representante
contestó que se había revisado la restricción. Se pidió
información sobre la existencia de un proyecto de ley acerca del cambio
de la disposición jurídica que impedía a las mujeres acusar
a un cónyuge violento y se preguntó si se habían adoptado
medidas para sensibilizar a los jueces con respecto a las mujeres y a los menores.
88. Los miembros del Comité observaron que las normas relativas a la
tutela estaban en contradicción flagrante con las disposiciones de la
Convención. En cuanto a la situación de las madres solteras en
relación con la adopción, se dijo que una madre soltera podía
adoptar a un niño y transmitirle su nacionalidad.
89. Los miembros del Comité preguntaron sobre el porcentaje de niños
abandonados y recabaron información sobre las medidas previstas para
prevenir el abandono de los niños. Se interesaron también por
las "madres de alquiler" y la adopción de niños bolivianos
por mujeres que viven fuera de Bolivia. Se solicitó información
sobre las medidas para proteger a las extranjeras en su condición de
esposas de bolivianos y se preguntó si un marido boliviano podía
impedir que su mujer de origen extranjero y sus hijos salieran del país.
90. Algunos miembros del Comité preguntaron si la igualdad jurídica
y las responsabilidades comunes según se describen en el párrafo
376 del informe originaban desigualdades sociales.
91. Los miembros del Comité instaron al Gobierno a que reconsiderara
la disposición descrita en el párrafo 326 del informe, según
la cual tenía que pasar un plazo de 300 días para que una mujer
pudiera volver a contraer matrimonio. Pidieron aclaraciones sobre las disposiciones
relativas al nombre de una persona descrita en los párrafos 309 y 310
del informe y preguntaron si era cierto que pese al derecho de la madre a transmitir
su nombre a sus hijos, todavía eran los maridos quienes tomaban las decisiones
en las familias.
Observaciones finales del Comité
Introducción
92. El Comité encomió al Gobierno de Bolivia por haber presentado
el informe en el plazo exigido y de acuerdo con las directrices. El Comité
observó que la presentación oral complementó el informe
inicial presentado en 1991 y que se centró en el período comprendido
entre 1992 y 1995, durante el cual el país aplicó importantes
medidas para promover políticas que tuvieran en cuenta la situación
de la mujer y que favorecieran el adelanto de la mujer, con lo cual se superó
una política neutra, que no distinguía entre hombres y mujeres
y que mantenía los modelos tradicionales. El Gobierno encomió
los esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales así como del Gobierno
actual.
Aspectos positivos
93. El Comité observó que Bolivia había logrado grandes
adelantos en la tarea de introducir e institucionalizar políticas públicas
que tuvieran en cuenta las diferencias de trato por razón de sexo. Esto
se reflejó en la creación de un organismo gubernamental para cuestiones
de la mujer, la Secretaría Nacional de Asuntos Étnicos, de Género
y Generacionales. El Comité tomó nota también de que la
Secretaría se encargaba de políticas y programas basados en un
planteamiento intersectorial y regional.
94. El Comité consideró que la recientemente promulgada Ley sobre
Participación Popular tenía gran importancia, puesto que descentralizaba
el poder y los recursos a nivel municipal y daba a las organizaciones populares,
incluidas las organizaciones de mujeres, reconocimiento jurídico y acceso
a los recursos. Así pues, la ley tenía por objeto dar igualdad
de oportunidades a las organizaciones populares, para lo cual se disponía
que las municipalidades aplicaran en sus políticas una perspectiva imparcial
en el trato del hombre y la mujer.
95. El Comité encomió las reformas en la enseñanza, que
tenían por objeto proporcionar educación bilingüe, lo que
favorecía la enseñanza de las niñas, y el desarrollo de
una sociedad multicultural que superara las diferencias por razones de sexo.
Motivos principales de preocupación
96. El Comité observó con preocupación que el presupuesto
del mecanismo nacional de Bolivia para la mujer se financiaba sólo parcialmente
con cargo al presupuesto nacional y que dependía en gran medida de subsidios
internacionales.
97. El Comité expresó preocupación por la repercusión
de los programas de ajuste estructural en la mujer y por la feminización
de la pobreza.
98. El Comité observó con preocupación las desventajas
concretas de la mujer de las zonas rurales.
Sugerencias y recomendaciones
99. El Comité recomendó al Gobierno de Bolivia que prestara particular
atención a la enmienda del artículo 276 del Código Penal
para abolir la disposición que impedía una solución justa
a los problemas de la violencia doméstica.
100. El Comité recomendó que a fin de lograr la participación
política efectiva de la mujer, el Gobierno estableciera cuotas para la
representación de la mujer en los altos niveles de la administración
pública y señaló esta recomendación a la atención
de los partidos políticos.
101. El Comité pidió que en futuros informes figuraran estadísticas
sobre los resultados de programas como el Plan de Participación Popular,
el Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia
contra la Mujer y la reforma educativa.
102. El Comité sugirió al Gobierno que estudiara los diversos
aspectos de la prostitución, que se consideraba un caso grave de violaciones
de los derechos humanos y una de las formas más abominables de la esclavitud.
103. El Comité pidió que en el próximo informe se diera
más visibilidad al problema de la mujer de las zonas rurales, incluidas
las medidas para mitigar dicho problema.
104. El Comité recomendó que se hiciera un inventario de las leyes
que discriminan a la mujer, a fin de enmendarlas.