University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Bolivia, U.N. Doc. A/50/38, paras. 42-104 (1995).



 

 

 

Bolivia
42. En sus sesiones 262ª, 263ª y 267ª, celebradas el 17 y el 20 de enero de 1995 (véase CEDAW/C/SR.262, 263 y 267), el Comité examinó el informe inicial de Bolivia (CEDAW/C/BOL/1 y Add.1).


43. Al presentar el informe de Bolivia, la representante dijo que el tiempo que había transcurrido entre la presentación del informe inicial en 1991 y su presentación en 1995 había creado un problema para el país, porque durante ese lapso el Gobierno había cambiado y, en consecuencia, se habían producido cambios de importancia en relación con la política de igualdad. Después de muchos años de dictadura, el país estaba concluyendo su primer decenio de democracia. Al mismo tiempo, existía una crisis económica general y se habían producido ajustes estructurales. Como consecuencia de ello, debido a la prioridad otorgada a la estabilización macroeconómica, muchas cuestiones sociales habían sido postergadas. La representante dijo que su país tenía una larga historia de activos movimientos en pro de la mujer. Esas organizaciones habían cumplido un papel importante para que el país volviera a la democracia y habían establecido las bases para las medidas gubernamentales relativas al adelanto de la mujer y para la elaboración de políticas sociales destinadas a lograr la igualdad y mitigar la pobreza.


44. Los tres cambios principales fueron la reforma del Poder Ejecutivo, en el que se descentralizó el sistema de adopción de decisiones, el establecimiento de la Oficina del Subsecretario de Asuntos de Género dentro del Ministerio de Desarrollo Humano y Sostenible y las reformas de la Constitución y del marco jurídico, de acuerdo con una economía de mercado, en las que se hace referencia a Bolivia como país multiétnico y multicultural. La representante dijo que, si bien en el informe inicial se había dado la impresión de que la igualdad de jure se aplicaba plenamente y que los obstáculos residían únicamente en la aplicación práctica, existían todavía leyes y prácticas que violaban el principio de igualdad. La política social había sido abordada anteriormente de manera sectorial, en varias dependencias administrativas, pero en el Programa de la Mujer, creado en 1992 en el Organismo Nacional del Menor, Mujer y Familia y, más tarde, la Secretaría Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales, creada en 1993, se habían propuesto políticas sectoriales para la población femenina a fin de velar por que la perspectiva de la situación de la mujer se aplicara de manera general.


45. La medida de política más importante fue la Ley de Participación Popular, que había descentralizado el Estado y sus recursos económicos, reconoció la situación jurídica de las organizaciones de base, brindó financiación gubernamental para esas organizaciones, respetó las tradiciones y costumbres de los pueblos, integró la igualdad entre hombres y mujeres y estableció el principio de la igualdad de oportunidades y dio facultades para que el Gobierno, en todos los niveles, estableciera programas para la mujer. Otro paso importante fue la promulgación de la Ley de Reforma Educativa, que establece el principio de la educación universal, gratuita y obligatoria, sobre la base del principio de igualdad de oportunidades y de igualdad entre los sexos. A diferencia de los intentos anteriores de imponer la "hispanización", en la actualidad se preveía la educación bilingüe y multicultural que redundaría especialmente en beneficio de las niñas y las mujeres. Otro paso importante fue la aprobación del Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia. Ello demostró que el Gobierno comprendía que la falta de respeto de los derechos humanos constituía también un obstáculo para el desarrollo y reveló su preocupación particular por la violencia en el hogar. El plan se estaba ejecutando por conducto de un grupo interministerial de tareas, y ofrecía asistencia jurídica gratuita y servicios de atención de la salud para las mujeres víctimas de la violencia.


46. La representante dijo que, aunque las mujeres seguían soportando la mayor parte del peso de la pobreza, se introducirán cambios mediante la aplicación de la planificación participatoria. La oradora subrayó los cambios recientes más importantes, que se describen en la adición al informe inicial, y subrayó que el mensaje más importante que deseaba comunicar era que Bolivia había institucionalizado sus políticas públicas con un enfoque que tenía en cuenta la situación de la mujer.


Observaciones generales


47. El Comité encomió el informe, bien estructurado y franco, que se ajustaba a las directrices generales, y su presentación sincera y objetiva. El informe demostraba la voluntad política del país y estaba arraigado en la realidad nacional al mostrar que el Gobierno era consciente de los obstáculos que debía superar. Las nuevas reformas legislativas y administrativas demostraban claramente el enfoque integrado adoptado para las cuestiones relativas a la mujer. El Comité encomió el hecho de que Bolivia hubiera ratificado la Convención sin reservas y felicitó al Gobierno por sus planes futuros para la mejor aplicación de la Convención y, en particular, para aliviar la situación de las mujeres indígenas y de las zonas rurales. Los miembros del Comité se vieron favorablemente impresionados por la reforma del Poder Ejecutivo y por la creación de la Secretaría Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales. Encomiaron el establecimiento de un grupo interministerial de tareas y las medidas adoptadas y las comisiones creadas para erradicar la violencia contra la mujer, en particular la violencia en el hogar entre los cónyuges, así como entre el primer y segundo grado de consanguinidad. También consideraron encomiables las medidas adoptadas para elaborar un código de salud. El Comité se congratuló de los esfuerzos realizados para presentar a Bolivia como una sociedad multicultural y multiétnica.


48. En respuesta a las observaciones formuladas por los miembros del Comité de que el Gobierno debía adoptar medidas para incorporar la Convención en la legislación nacional y a las preguntas de si en la actualidad la Convención podía ser invocada en los tribunales o si existían iniciativas para incorporar las disposiciones de la Convención en la Constitución, la representante declaró que ya el 15 de septiembre de 1989 la Convención había pasado a ser parte de la legislación de Bolivia y se podía invocar en los tribunales. Si bien en la época en que se preparó el informe inicial la Convención era muy poco conocida por los jueces y otras autoridades públicas, en la actualidad cada vez más abogados estaban recurriendo a la Convención.


49. Los miembros recomendaron como una de las tareas prioritarias la realización de un inventario de las leyes que aún eran discriminatorias para las mujeres, con miras a enmendarlas. Preguntaron sobre el grado de motivación del Gobierno en la adaptación de las leyes nacionales a los requisitos de la Convención y si ello se hacía de modo sistemático o caso por caso. En respuesta a esas preguntas, la representante dijo que la Subsecretaría Nacional tenía una Dirección de Reformas Legales cuya tarea era adaptar la legislación boliviana a los requisitos de la Convención. La representante mencionó las enmiendas que se estaban introduciendo en varias leyes, como la Ley de Trabajadoras del Hogar en cuanto al horario de trabajo, la Ley General del Trabajo, en lo relativo al proteccionismo excesivo de la mujer, la Ley de Violencia Intrafamiliar, que revocaría el artículo 276 del Código Penal, y el Código de Familia en lo que se refiere a la edad mínima para contraer matrimonio, la libre elección de cónyuge y las causas de divorcio. Otras enmiendas se referían a los artículos relativos a la violencia sexual con miras a considerar la violencia doméstica como delito perseguible de oficio, el Código de Salud y la Ley de Tierras, que debe dar a las mujeres acceso a la propiedad de tierras, así como la Ley de Partidos Políticos. Además, se estaban enmendando varios decretos municipales en favor de la mujer.


50. Los miembros recomendaron que el bajo número de mujeres en puestos de responsabilidad se considerase un aspecto digno de atención particular. A la pregunta sobre las perspectivas de que la mujer estuviera mejor representada en los partidos políticos y en los puestos de responsabilidad, y sobre cualquier mecanismo para aumentar la participación de la mujer, la representante dijo que, aunque la Ley de Participación Popular daba a la mujer igualdad de oportunidades, en ella no se fijaban cuotas de participación. La Subsecretaría de Asuntos de Género, no obstante, estaba estudiando la posibilidad de introducir medidas provisionales para paliar la situación.


51. Los miembros del Comité expresaron la esperanza de que se adoptasen medidas para corregir en la práctica la discriminación que a menudo ejercían los empleadores. Considerando que el índice de desarrollo de Bolivia mostraba un nivel más bien alarmante, por un lado, y que el grado de compromiso del Gobierno parecía muy elevado, por otro, sería importante que el país presentase su informe siguiente con puntualidad y que en él diera más importancia a los programas emprendidos.


52. Teniendo en cuenta que Bolivia se consideraba una de las economías de crecimiento más rápido de América Latina, los miembros del Comité preguntaron si el reciente crecimiento económico había tenido una repercusión positiva en la situación de la mujer. La representante explicó que se estaban introduciendo medidas de distribución de los ingresos y que, aunque se estaban teniendo en cuenta las demandas locales, se está prestando particular atención a las demandas de la mujer. El Gobierno también estaba elaborando estadísticas por sexos. Se había puesto en marcha un mecanismo de investigación e información sobre la mujer para estudiar el impacto de la pobreza en la población femenina.


53. Respondiendo a la observación formulada por algunos miembros de que debería alentarse a las mujeres a conocer mejor sus derechos ante la ley y que la falta de acceso a la asistencia jurídica a menudo constituía uno de los obstáculos para el adelanto de la mujer, la representante dijo que los principales obstáculos a la aplicación de la Convención era la resistencia, los prejuicios y la ignorancia por parte de los jueces sobre el contenido de la Convención, así como la crisis del propio sistema jurídico. Todas las observaciones formuladas por los miembros del Comité constituirían la base para el examen de futuras políticas sobre la mujer en Bolivia. A fin de superar esas dificultades, la Secretaría había emprendido un programa de concienciación y capacitación para funcionarios jurídicos.


54. Los miembros del Comité elogiaron a la representante del Gobierno por la franqueza de sus respuestas y expresaron su esperanza de que el informe siguiente daría cuenta de todos los obstáculos y los fracasos encontrados por la Secretaría Nacional en la aplicación de sus políticas y se verían complementados por amplias estadísticas. Dando las gracias a los miembros del Comité por las preguntas formuladas, la representante del Gobierno dijo que constituirían la base para futuras políticas y servirían como orientación en la elaboración de informes periódicos.


Preguntas relativas a artículos concretos


Artículo 2


55. Los miembros hicieron preguntas sobre el tipo de mecanismos por conducto de los cuales la Secretaría Nacional introducía políticas sectoriales, sobre sus poderes de adopción de decisiones, sus recursos y los canales de cooperación con otros organismos del Gobierno. La representante contestó que esos mecanismos eran los centros de coordinación para el desarrollo rural, la educación y la participación popular, algunos comités que se ocupaban de cuestiones concretas, otros contactos de diversa índole en el nivel social e internacional, y que la Secretaría Nacional estaba representada en siete de las nueve provincias del país. La Secretaría tenía poder para adoptar resoluciones obligatorias y promulgar decretos obligatorios y estaba trabajando en coordinación con la Comisión de la Mujer de la Cámara de Diputados y todos los partidos políticos representados en la Cámara de Diputados. Contaba con recursos suficientes; el 25% de esos recursos procedían del Gobierno nacional y el 75% restante de la asistencia internacional. Otras fuentes habían llevado a cabo diversos programas más en la esfera de la salud y la educación, pero era difícil cuantificar su repercusión en las mujeres.


56. Dado que Bolivia seguía caracterizándose por la dominación masculina, los miembros preguntaron en qué modo la Secretaría Nacional estaba velando por que la Ley de Participación Popular garantizase la igualdad de oportunidades a nivel comunitario. La representante mencionó en ese contexto un plan diseñado por la Subsecretaría en colaboración con la Secretaría Nacional para la Participación Popular, que debería fortalecer a las organizaciones no gubernamentales a nivel local y mantener un diálogo con las instituciones políticas locales a fin de introducir la perspectiva de la mujer en el nivel municipal. Una transferencia de recursos financieros sobre la base de criterios demográficos apoyaría los programas locales y de mujeres.


Artículo 3


57. Cuando los miembros preguntaron sobre los efectos positivos de la reforma educativa en las niñas de las zonas rurales, la representante dijo que un ejemplo notable era la enseñanza bilingüe en la zona del guaraní. Había repercutido positivamente en los problemas de abandono escolar, la repetición de cursos y el analfabetismo funcional.


58. Los miembros del Comité acogieron favorablemente la institucionalización de políticas de igualdad en el país, particularmente en una época de cambios frecuentes de dirigentes políticos, y señalaron la importancia de resaltar el aspecto de la igualdad de la mujer dentro del proceso de desarrollo.


Artículo 4


59. Los miembros pidieron ejemplos concretos de medidas especiales provisionales, y preguntaron si estaba prevista alguna de esas medidas para corregir el elevado índice de analfabetismo, el bajo índice de empleo de las mujeres y el bajo índice de participación de las mujeres en las decisiones políticas o de otro tipo para proteger a las mujeres indígenas y de las zonas rurales. La representante dijo que, aunque de momento no existían medidas provisionales especiales, se estaba debatiendo su adopción a fin de fomentar una mayor asistencia de las niñas a la escuela.


Artículo 5


60. A la pregunta de si se había hecho algún esfuerzo por evitar los estereotipos sexuales en la enseñanza, la familia y los medios de comunicación y de si existía algún estudio al respecto, la representante dijo que dentro de la reforma educativa el Gobierno estaba modificando los planes de estudios y los libros de texto y capacitando simultáneamente a los profesores.


61. En cuanto al papel desempeñado por las organizaciones no gubernamentales en relación con el Plan de Prevención y Erradicación de la Violencia contra la Mujer, la representante dijo que en su elaboración se habían tenido en cuenta las aportaciones de aquéllas, así como en la elaboración del proyecto de Ley de Violencia Intrafamiliar.


62. En cuanto a las medidas adoptadas con objeto de cambiar la actitud de los funcionarios judiciales encargados de tramitar las denuncias relativas a la violencia contra las mujeres, la representante declaró que en el seno de la Secretaría Nacional existía un departamento que se ocupaba de la capacitación de diversos sectores de la judicatura.


63. En relación con la supuesta contradicción entre las afirmaciones formuladas en los párrafos 84 y 85 del informe relativas a la discriminación contra las mujeres que ocupan determinados puestos, la representante explicó que ciertos estudios habían puesto de manifiesto la discriminación jurídica, social y cultural de las mujeres en el lugar de trabajo y la ausencia de mecanismos eficaces para enfrentarse a ella, ya que las leyes no preveían sanción alguna. La práctica había mostrado que las mujeres que ejercían profesiones similares y que estaban en posesión de la misma titulación académica que los hombres ganaban entre un 30% y un 50% menos que sus colegas varones.


Artículo 6


64. Dado que la prostitución existía en prácticamente todos los países del mundo, los miembros opinaron que Bolivia no debería tener recelos en cuanto a la referencia a la "aprobación directa" que aparecía en el párrafo 86 del informe y estimaron que la práctica de realizar reconocimientos médicos periódicos a las prostitutas era una medida loable. Se solicitó más información acerca del número de prostitutas, las capas sociales de las que procedían, las condiciones en las que trabajaban y las medidas adoptadas para lograr su reintegración social.


65. En relación con la posible protección de las prostitutas contra el virus de inmunodeficiencia humana/síndrome de inmunodeficiencia adquirida (VIH/SIDA), la representante dijo que aunque el Programa Nacional sobre el SIDA establecía medidas de prevención para las prostitutas, por el momento no se habían adoptado leyes correspondientes.


66. Algunos miembros recomendaron al Gobierno que examinara los diversos aspectos de la prostitución, ya que ésta se consideraba un caso grave de violación de los derechos humanos y una de las formas más graves de esclavitud. La representante explicó que existía una contradicción en Bolivia entre el Código Penal y los reglamentos policiales, por cuanto existía legislación de carácter abolicionista contra el proxenetismo, pero mientas las prostitutas eran penalizadas, los hombres quedaban impunes.


67. En relación con una pregunta sobre el significado de "delitos contra la moral sexual", la representante afirmó que dichos delitos deberían ser eliminados del Código Penal puesto que resultaban discriminatorios contra las mujeres.


68. Dado que en el informe se indicaba que no existía trata de mujeres, algunos miembros del Comité preguntaron si había medidas concretas para prevenir que las mujeres emigraran con objeto de prostituirse. Algunos miembros estimaron que el contenido de los párrafos 88 y 99 del informe era contradictorio, por cuanto diversos estudios habían demostrado que existía una estrecha relación entre la trata de mujeres y la prostitución.


Artículo 7


69. En cuanto a las iniciativas emprendidas por el Gobierno o la Secretaría Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales con objeto de proporcionar apoyo a organizaciones no gubernamentales de mujeres, la representante declaró que el Gobierno reconocía el papel de esas organizaciones como agentes del desarrollo. Su autonomía era plenamente respetada y no recibían apoyo financiero alguno del Gobierno. Junto con otras entidades, habían participado en la elaboración del Plan de Prevención y Erradicación de la Violencia contra la Mujer; no obstante, era importante que adoptaran un enfoque distinto frente al Estado y reconocieran la función de éste y sus funciones.


70. Varios miembros del Comité preguntaron qué incentivos se estaban ofreciendo para aumentar la participación de la mujer en la vida política y su representación en los partidos políticos y si las mujeres integradas en partidos políticos obtenían apoyo financiero para sus campañas. La representante explicó que la Secretaría Nacional estaba preparando a la sazón una reforma de la Ley de Partidos Políticos, que debería incrementar la participación de la mujer. No se proporcionaba apoyo gubernamental a partidos políticos ni a las mujeres por su participación.


71. Algunos miembros preguntaron si la Ley sobre Participación Popular estaba siendo aplicada y si respetaba las diversas formas de organizaciones jurídicas entre las mujeres indígenas y si las mujeres y los hombres indígenas recibían capacitación jurídica. La representante aclaró que con arreglo a dicha Ley los municipios estaban obligados a incorporar en sus planes las solicitudes de las organizaciones de mujeres y que estaba previsto proporcionar capacitación jurídica y establecer redes locales de información y comunicación en los planos municipal y local. Destacó el objetivo de que en los próximos tres años al menos el 10% de las estructuras municipales estuviera integrado por mujeres.


72. Considerando la ausencia de un sistema de cuotas, preguntaron si había en marcha un programa tendiente a utilizar las organizaciones populares a fin de preparar programas de educación cívica para elevar la conciencia cívica de las mujeres, informarles de la necesidad de votar y tomar parte en la vida política y, por consiguiente, contar con tarjetas de identificación con objeto de inscribirse para participar en las votaciones. La representante dijo que a la sazón el 46% de la población mayor de 10 años no tenía tarjetas de identificación. El Gobierno estaba trabajando, con ayuda extranjera, en un programa nacional de inscripción, y se esperaba que para 1997 todos los ciudadanos tendrían tarjetas de identificación. La edad mínima para votar era de 18 años.


73. Algunos miembros del Comité preguntaron acerca del número actual de ministras y acerca de la situación de las mujeres en la policía. Preguntaron si las mujeres tenían las mismas posibilidades que los hombres de ser ascendidas.


74. Los miembros preguntaron si se había reanudado la formación de las mujeres para carreras militares y qué posibilidades tenían las mujeres de seguir dichas carreras. La representante contestó que actualmente ésta no era una cuestión que precisara un debate nacional. En la actualidad revestía mayor urgencia invertir en actividades tales como educación y salud.


Artículo 8


75. Varios miembros preguntaron cuáles eran los requisitos para ingresar en el servicio diplomático y si esos requisitos eran distintos para las mujeres y los hombres. Asimismo, quisieron saber si los maridos se oponían a que sus mujeres trabajaran en el extranjero o si no se les permitía acompañar a sus mujeres que trabajaban en el servicio diplomático.


Artículo 9


76. En relación con las preguntas sobre la transmisión de la nacionalidad, la representante dijo que las bolivianas casadas con extranjeros podían transmitir su nacionalidad a su marido y sus hijos.


Artículo 10


77. Algunos miembros preguntaron por las razones de la considerable diferencia en la tasa de analfabetismo entre mujeres y hombres y si el Gobierno estaba adoptando medidas para promover la educación de adultos para las mujeres. Asimismo, se formularon preguntas relativas al porcentaje de alumnos matriculados en instituciones de enseñanza privada y pública y si existían planes para privatizar el sistema educacional.


78. Puesto que la educación bilingüe cesaba en el quinto grado, se preguntó de qué manera podían participar plenamente en todo el sistema de educación los grupos no hispanos. Algunos miembros opinaron que podía existir una contradicción entre las políticas educacionales, cuyo objetivo era respetar las diversas culturas, y aquéllas tendientes a evitar la creación de estereotipos en cuanto a sexo. Los miembros preguntaron si había estudios sobre las diferencias por razón de sexo o la condición de la mujer en el nivel terciario de la enseñanza. Se pidió a la representante del Gobierno que aclarara dicha cuestión. Algunos miembros preguntaron asimismo si la educación sobre salud incluía información sobre planificación de la familia y prevención del VIH y el SIDA.


Artículo 11


79. Los miembros del Comité dieron por hecho que el plan de empleo contenía medidas para eliminar las diferencias por razón de sexo. No obstante, en cuanto a los sueldos, las mujeres indígenas constituían el grupo más desfavorecido. Algunos representantes preguntaron si existían iniciativas concretas para introducir un planteamiento de la formación profesional que tuviera en cuenta la situación de la mujer y si existía un sueldo mínimo garantizado por la ley, y en tal caso, si era diferente para las mujeres y los hombres.


80. En cuanto a la alta tasa de crecimiento de la venta ambulante que llevan a cabo principalmente mujeres, se preguntó si ese sector terciario de la actividad económica urbana estaba incluido en las estadísticas oficiales del país. Los miembros del Comité preguntaron si existía una ley sobre el acoso sexual en el lugar de trabajo, si había medidas para el bienestar y la protección de las mujeres trabajadoras del hogar y qué programas respondían a las necesidades económicas de las mujeres migrantes. La representante contestó que el Parlamento estaba examinando una ley para reglamentar las condiciones para las trabajadoras del hogar.


81. Debido a la falta de centros para el cuidado del niño, se preguntó si las muchachas tenían que soportar la carga de atender a sus hermanos además de ayudar en el trabajo doméstico, lo cual, por consiguiente, les impedía asistir a la escuela.


Artículo 12


82. Respondiendo a una pregunta sobre el aborto, la representante explicó que era legal únicamente en caso de violación y peligro para la vida de la madre. No especificó la tasa actual de abortos, pero dijo que la práctica del aborto estaba muy difundida y éstos se realizaban en condiciones nada seguras, correspondiendo a esta causa el 30% de la mortalidad derivada de la maternidad. El Gobierno no tenía la intención de legalizar el aborto. En cuanto a los programas para aumentar los conocimientos acerca de la planificación familiar, dijo que el Gobierno apoyaba plenamente la Declaración aprobada en la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, celebrada en El Cairo en 1994, relativa a los derechos reproductivos y a la educación sexual para los menores de 20 años teniendo en cuenta la salud de la familia.


83. Se preguntó si había una base constitucional o jurídica para la alta tasa de fecundidad de las mujeres, o si las razones eran de carácter social o cultural. Se hicieron observaciones sobre la malnutrición crónica que afectaba a las mujeres y se preguntó qué porcentaje de las mujeres en general tenía acceso a la maternidad en condiciones de seguridad, cuál era la situación en las zonas rurales y qué medidas había tomado el Gobierno para reducir los embarazos en la adolescencia y el alto nivel de mortalidad derivada de la maternidad.


84. Los miembros del Comité preguntaron si las víctimas de la violación podían denunciar los incidentes a los fiscales públicos y, en tal caso, si se estaban tomando medidas para eliminar cualesquiera prejuicios jurídicos contra estas víctimas. Asimismo, se preguntó si existían centros de crisis que atendían a las víctimas de la violación o abusos sexuales de otro tipo y cómo la policía y los tribunales abordaban los casos de violencia contra las mujeres y si recibían formación sobre este problema.


Artículo 14


85. Dado que las mujeres rurales parecían ser las más desfavorecidas, los miembros del Comité estimaron que tenían que ser objeto de atención especial y pidieron que en el próximo informe se hiciera más hincapié en su situación.


86. Se hizo una pregunta acerca de la parte de la población a que pertenecía la población indígena, si la población indígena se podía equiparar a la de las zonas rurales y si las poblaciones no indígenas tenían unas condiciones de vida mejores. Se preguntó además qué proporción de los recursos de los municipios se dedicaba a las mujeres indígenas, cómo participaban éstas en los programas generales y si había programas especiales dedicados a ellas. Los miembros del Comité preguntaron además qué tipo de inversiones nacionales e internacionales se hacían en desarrollo rural y cómo éste había beneficiado a las mujeres de esas zonas. Se preguntó si las inversiones habían aumentado su productividad, si las mujeres podían utilizar la tecnología y hasta qué punto ésta era favorable al medio ambiente. Se pidió información acerca de las iniciativas que se emprendían para crear servicios preescolares en las zonas rurales y se preguntó si las organizaciones no gubernamentales de mujeres o las mujeres que trabajaban a nivel de la comunidad habían creado programas para mejorar las condiciones de las niñas en las zonas rurales.


Artículo 16


87. Los miembros del Comité encomiaron al Gobierno por la aprobación de un nuevo Código de Familia, aunque todavía quedaban por aprobar varias disposiciones relativas al matrimonio, el divorcio y la asistencia a las familias. En cuanto a la pregunta de si existían disposiciones jurídicas que dieran el derecho al marido a prohibir a su mujer el ejercicio de determinadas ocupaciones si éstas chocaban con sus tareas domésticas, la representante contestó que se había revisado la restricción. Se pidió información sobre la existencia de un proyecto de ley acerca del cambio de la disposición jurídica que impedía a las mujeres acusar a un cónyuge violento y se preguntó si se habían adoptado medidas para sensibilizar a los jueces con respecto a las mujeres y a los menores.


88. Los miembros del Comité observaron que las normas relativas a la tutela estaban en contradicción flagrante con las disposiciones de la Convención. En cuanto a la situación de las madres solteras en relación con la adopción, se dijo que una madre soltera podía adoptar a un niño y transmitirle su nacionalidad.


89. Los miembros del Comité preguntaron sobre el porcentaje de niños abandonados y recabaron información sobre las medidas previstas para prevenir el abandono de los niños. Se interesaron también por las "madres de alquiler" y la adopción de niños bolivianos por mujeres que viven fuera de Bolivia. Se solicitó información sobre las medidas para proteger a las extranjeras en su condición de esposas de bolivianos y se preguntó si un marido boliviano podía impedir que su mujer de origen extranjero y sus hijos salieran del país.


90. Algunos miembros del Comité preguntaron si la igualdad jurídica y las responsabilidades comunes según se describen en el párrafo 376 del informe originaban desigualdades sociales.


91. Los miembros del Comité instaron al Gobierno a que reconsiderara la disposición descrita en el párrafo 326 del informe, según la cual tenía que pasar un plazo de 300 días para que una mujer pudiera volver a contraer matrimonio. Pidieron aclaraciones sobre las disposiciones relativas al nombre de una persona descrita en los párrafos 309 y 310 del informe y preguntaron si era cierto que pese al derecho de la madre a transmitir su nombre a sus hijos, todavía eran los maridos quienes tomaban las decisiones en las familias.


Observaciones finales del Comité


Introducción


92. El Comité encomió al Gobierno de Bolivia por haber presentado el informe en el plazo exigido y de acuerdo con las directrices. El Comité observó que la presentación oral complementó el informe inicial presentado en 1991 y que se centró en el período comprendido entre 1992 y 1995, durante el cual el país aplicó importantes medidas para promover políticas que tuvieran en cuenta la situación de la mujer y que favorecieran el adelanto de la mujer, con lo cual se superó una política neutra, que no distinguía entre hombres y mujeres y que mantenía los modelos tradicionales. El Gobierno encomió los esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales así como del Gobierno actual.


Aspectos positivos


93. El Comité observó que Bolivia había logrado grandes adelantos en la tarea de introducir e institucionalizar políticas públicas que tuvieran en cuenta las diferencias de trato por razón de sexo. Esto se reflejó en la creación de un organismo gubernamental para cuestiones de la mujer, la Secretaría Nacional de Asuntos Étnicos, de Género y Generacionales. El Comité tomó nota también de que la Secretaría se encargaba de políticas y programas basados en un planteamiento intersectorial y regional.


94. El Comité consideró que la recientemente promulgada Ley sobre Participación Popular tenía gran importancia, puesto que descentralizaba el poder y los recursos a nivel municipal y daba a las organizaciones populares, incluidas las organizaciones de mujeres, reconocimiento jurídico y acceso a los recursos. Así pues, la ley tenía por objeto dar igualdad de oportunidades a las organizaciones populares, para lo cual se disponía que las municipalidades aplicaran en sus políticas una perspectiva imparcial en el trato del hombre y la mujer.


95. El Comité encomió las reformas en la enseñanza, que tenían por objeto proporcionar educación bilingüe, lo que favorecía la enseñanza de las niñas, y el desarrollo de una sociedad multicultural que superara las diferencias por razones de sexo.


Motivos principales de preocupación


96. El Comité observó con preocupación que el presupuesto del mecanismo nacional de Bolivia para la mujer se financiaba sólo parcialmente con cargo al presupuesto nacional y que dependía en gran medida de subsidios internacionales.


97. El Comité expresó preocupación por la repercusión de los programas de ajuste estructural en la mujer y por la feminización de la pobreza.


98. El Comité observó con preocupación las desventajas concretas de la mujer de las zonas rurales.


Sugerencias y recomendaciones


99. El Comité recomendó al Gobierno de Bolivia que prestara particular atención a la enmienda del artículo 276 del Código Penal para abolir la disposición que impedía una solución justa a los problemas de la violencia doméstica.


100. El Comité recomendó que a fin de lograr la participación política efectiva de la mujer, el Gobierno estableciera cuotas para la representación de la mujer en los altos niveles de la administración pública y señaló esta recomendación a la atención de los partidos políticos.


101. El Comité pidió que en futuros informes figuraran estadísticas sobre los resultados de programas como el Plan de Participación Popular, el Plan Nacional de Prevención y Erradicación de la Violencia contra la Mujer y la reforma educativa.


102. El Comité sugirió al Gobierno que estudiara los diversos aspectos de la prostitución, que se consideraba un caso grave de violaciones de los derechos humanos y una de las formas más abominables de la esclavitud.


103. El Comité pidió que en el próximo informe se diera más visibilidad al problema de la mujer de las zonas rurales, incluidas las medidas para mitigar dicho problema.


104. El Comité recomendó que se hiciera un inventario de las leyes que discriminan a la mujer, a fin de enmendarlas.

 



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