Chile
105. El Comité examinó el informe inicial de Chile (CEDAW/C/CHI/1)
en sus sesiones 264ª y 271ª, celebradas los días 18 y 24 de
enero de 1995.
106. Al presentar el informe de Chile y su actualización, la representante
de Chile puso de relieve la importancia que atribuye el Gobierno del país
a sus compromisos internacionales y, en particular, a la Convención.
Señaló además que gracias al proceso persistente y sostenido
de consulta que promueve el Gobierno, los cambios políticos recientes
en Chile no han afectado al programa de ejecución de la Convención.
El Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) había desplegado esfuerzos
especiales para actualizar el informe inicial presentado en 1991. La representante
hizo una amplia introducción en la cual se refirió a informaciones
generales sobre las características socioeconómicas del país
y el marco general de disposiciones constitucionales y legislativas referidas
a los derechos de la mujer. Luego se refirió a los aspectos concretos
de la situación de las mujeres.
107. La representante señaló que en 1990 uno de cada tres embarazos
había terminado en un aborto, aunque éste era ilegal en Chile.
En todos los grupos de edades ha disminuido el índice de fecundidad.
Las políticas de planificación de la familia estaban encaminadas
a establecer un acceso no discriminatorio a los métodos de control de
la natalidad y a métodos para corregir la infecundidad. La infección
con el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) es menos frecuente entre las
mujeres que entre los hombres, aunque se había producido un aumento considerable
del número de mujeres infectadas.
108. Indicó que la tasa de pobreza era más alta entre las mujeres
que entre los hombres y que las mujeres representaban una mayor proporción
de los indigentes. En la actualidad, uno de cada cuatro hogares tiene una mujer
como jefe de familia y entre esos hogares había una tendencia a una mayor
pobreza que en los hogares encabezados por hombres. Informó además
de que en 1991 el Servicio Nacional de la Mujer había adoptado un plan
nacional contra la violencia intrafamiliar.
109. La representante destacó que se había producido un aumento
considerable en la participación de la mujer en la mano de obra en los
sectores estructurado y no estructurado en los últimos decenios y que
el empleo de la mujer aumentaba a un ritmo mucho más rápido que
el del hombre. Sin embargo, la tasa de desempleo entre las mujeres era más
alta que entre los hombres. Informó además de que el nivel de
educación de la mujer había mejorado. No obstante, las mujeres
no habían estado en condiciones de mejorar su posición en el mercado
de trabajo debido a la desigualdad del valor que se atribuía al trabajo
que cumplían. Por otra parte, los estudios realizados habían revelado
que cuanto mayor era el nivel de educación de la mujer esta sufría
una mayor discriminación en los salarios.
110. La representante subrayó que las mujeres habían tenido una
escasa participación en el Poder Ejecutivo del Gobierno; había
tres ministras en el Gobierno. La participación de la mujer en el poder
legislativo había sido baja tradicionalmente. En el período de
1990 a 1994 las senadoras representaban apenas el 6,5% y las diputadas el 5,8%
de las cámaras. Había aumentado la participación política
de la mujer en los partidos y en algunos de ellos representaban del 40% al 50%
de los afiliados. Si bien había un diálogo respecto de la discriminación
política contra la mujer en los niveles de adopción de decisiones
la presencia de la mujer seguía registrando un perfil bajo.
111. La representante subrayó que el contexto político de Chile
explicaba los motivos por los cuales los cambios legislativos introducidos por
el Gobierno habían sido limitados, particularmente en lo que guardaba
relación con la mujer. El delicado equilibrio político actual,
al que se llegó tras 17 años de dictadura, había creado
una situación en la cual era sumamente difícil aprobar legislación
sin contar con el apoyo de la oposición.
112. La representante hizo hincapié en que las políticas de los
gobiernos militares respecto de la mujer se habían orientado hacia la
asistencia, eran paternalistas y reforzaban las modalidades tradicionales en
cuanto al papel que cumple la mujer en la sociedad. En 1990, el primer Gobierno
democrático, respondiendo a las demandas de las mujeres, nombró
a mujeres para que ocuparan puestos del más alto nivel y creó
el Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM). Los logros del SERNAM entre 1991
y 1993 habían incluido el reconocimiento de la discriminación
contra la mujer, el fortalecimiento de los mecanismos institucionales del Servicio
y el reconocimiento de algunas realidades persistentes tales como la violencia
en el hogar y la precaria situación de la mujer que trabaja.
113. La representante manifestó que, con el propósito de incorporar
un aspecto que representara los intereses de la mujer en todas las políticas
gubernamentales, el Gobierno actual asumió que la discriminación
contra la mujer no se expresaba en situaciones ocasionales ni parciales, sino
más bien que era un fenómeno sistemático y que, por consiguiente,
exigía cambios estructurales y culturales. En consecuencia, el Gobierno
de Chile había concebido una política de igualdad de oportunidades
encaminada a dirigir el cambio estructural de manera de eliminar la discriminación.
En el curso del decenio siguiente, se iniciarían programas y planes de
acción en ese marco. La representante señaló el complicado
proceso de ejecución de la política, que exigía la coordinación
entre los ministerios y la determinación de esferas de prioridad máxima
y su integración en los objetivos y planes presupuestarios de cada ministerio.
114. En el período de 1994 a 1999 se había concebido el plan de
igualdad de oportunidades como instrumento de fundamental importancia para cumplir
la primera etapa de esa política. El plan trataba de mejorar la posición
de la mujer en el mercado de trabajo, así como de promover su participación
política y social, concretamente en los niveles principales de adopción
de políticas. La ejecución del plan tendría efectos colaterales
sobre el sistema jurídico, sobre la salud, las políticas de formación
y educación y las modalidades de atención de los niños,
así como la distribución de responsabilidades entre el hombre
y la mujer.
115. La principal responsabilidad del Servicio es la promoción, ejecución
y actividades complementarias del plan. El refuerzo institucional del Servicio
constituía así una de las principales prioridades, particularmente
debido a que la ejecución adecuada del plan y de otras medidas positivas
análogas contribuiría al cumplimiento de la Convención
por parte de Chile.
Observaciones generales
116. Los miembros del Comité celebraron el retorno de Chile a la democracia.
Tomaron nota con satisfacción de que Chile había ratificado la
Convención sin reservas.
117. Los miembros expresaron su inquietud porque el informe inicial de Chile
no se ajustaba a las directrices definidas por el Comité, y recomendaron
que se tuvieran en cuenta en la preparación de los informes futuros.
Los miembros del Comité prestaron su asesoramiento sobre ese tema. Se
expresó también preocupación por la ausencia de estadísticas
y de datos más concretos en cuanto al adelanto de la mujer hacia la igualdad
de facto en todas las esferas de la vida. La representante señaló
que en la versión del informe inicial actualizada en 1994 se seguía
la estructura sugerida por el Comité y que éste contenía
muchas respuestas a sus inquietudes.
118. Los miembros pusieron de relieve que tras 17 años de dictadura,
era necesario reinstaurar los derechos humanos de la mujer y preguntaron si
el Gobierno democrático había tomado medidas a ese respecto. La
representante manifestó que el papel protagónico de la mujer contra
la dictadura en el pasado había ayudado a crear el Servicio Nacional
de la Mujer y a introducir las inquietudes de la mujer en el programa de trabajo
del Gobierno. No obstante, informó al Comité que el movimiento
en pro de la mujer había disminuido su protagonismo político.
Señaló que existían buenas relaciones de trabajo entre
el Servicio y las organizaciones no gubernamentales de mujeres.
119. Respondiendo a la inquietud expresada por los miembros respecto del modelo
económico neoliberal, y sobre si se habían previsto o se habían
adoptado medidas encaminadas a la prevención y reducción de los
efectos negativos sobre la mujer, la representante informó al Comité
de que el Gobierno había optado por un modelo basado en el crecimiento
con equidad. En ese contexto, el Gobierno desempeñaba una función
dinámica en la vinculación del desarrollo económico y social
con su papel de redistribución, así como con la ejecución
de las políticas destinadas a diversos sectores sociales y a grupos bien
definidos. Informó al Comité que el Gobierno había elaborado
un programa nacional para superar la extrema pobreza. En ese marco, el Servicio
tenía en ejecución varios programas, incluido el Plan Nacional
de apoyo a las mujeres jefas de hogar de escasos recursos, en coordinación
con otros ministerios. Ese programa aplicaba un planteamiento intersectorial,
que abarcaba a las mujeres ancianas. La representante describió además
con mayor detalle las cinco medidas para la mujer que trabajaba en el agro.
Especial importancia concedieron las expertas del Comité a la situación
de las trabajadoras llamadas "temporeras" sobre las cuales el informe
no proporciona ninguna información. Algunos miembros sugirieron la necesidad
de reforzar las actividades relacionadas con la disminución de la mortalidad
infantil, corregir el desnivel de remuneraciones entre hombres y mujeres y atender
el desempleo de la mujer.
120. Los miembros encomiaron la creación del SERNAM y pidieron más
información sobre sus programas, objetivos, relaciones institucionales
y facultades.
121. Los miembros preguntaron si en la preparación del informe de Chile
habían participado organizaciones no gubernamentales y pidieron que se
diera publicidad al informe y se lo difundiera, juntamente con las observaciones
que habían formulado. En ese contexto, los miembros deseaban saber si
los factores culturales y religiosos no formaban también parte de los
obstáculos que impedían los cambios jurídicos, y pidieron
información acerca de la participación de los hombres en las actividades
encaminadas a lograr el adelanto de la mujer de Chile.
Preguntas relacionadas con determinados artículos
Artículo 1
122. En respuesta a la preocupación expresada por los miembros sobre
la falta de definición del término jurídico de discriminación
en la Constitución de Chile, la representante respondió que Chile
no lo consideraba necesario, puesto que la Convención, con arreglo al
artículo 5 de la Constitución de Chile relativo a la ratificación
de tratados internacionales, se considera ley.
Artículo 2
123. Los miembros pidieron más información sobre la política
y el plan de igualdad de oportunidades, inclusive sus objetivos, su efecto en
la política pública en general y su base legislativa. La representante
informó al Comité que el plan abordaba ocho esferas: legislativa,
la familia, educación, cultura, trabajo, salud, participación
y apoyo institucional. El plan demostraba que el compromiso del Gobierno en
su totalidad se había presentado al Poder Ejecutivo, y se había
previsto para el 8 de marzo de 1995 un acto oficial de adopción de dicho
Plan. Señaló a la atención del Comité la actualización
del informe, y concretamente su análisis del artículo 2, en el
cual se toma nota de las medidas, inclusive reformas legislativas, adoptadas
en el marco del plan a la fecha.
Artículo 3
124. Respondiendo a las preguntas sobre el Status del Servicio Nacional de la
Mujer y su capacidad de ejecución, la representante señaló
que el Servicio fue creado por ley y que su directora tenía rango ministerial.
Observó que su presupuesto y proyectos en el plano jurídico son
objeto de negociaciones directas del Servicio en el Parlamento y que el Servicio
sostenía relaciones directas con todos los ministerios. Tenía
una función de coordinación más bien que de ejecución,
por elección propia. Agregó que las inquietudes y necesidades
de la mujer deberían considerarse en la corriente principal de las decisiones
públicas y que los distintos ministerios deben llevar a cabo la ejecución.
No obstante, cuando existía un desajuste institucional, el Servicio ejecutaba
programas, por ejemplo, los centros de información sobre los derechos
de la mujer, programas para mujeres jefas de familia, para la prevención
de la violencia intrafamiliar, para trabajadoras temporeras y la prevención
del embarazo precoz. El Servicio también tenía oficinas regionales
y sus directores eran miembros de los gabinetes regionales.
Artículo 4
125. Los miembros pidieron más información sobre la interpretación
y aplicación del artículo 4, puesto que habían observado
que determinadas medidas adoptadas por Chile eliminaban la protección
de la mujer. La representante hizo referencia al Convenio No. 156 de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) ratificado por Chile en octubre de 1994. El
objetivo de ese Convenio y de otras medidas adoptadas por el Gobierno era alentar
a los hombres a que asumieran sus responsabilidades familiares y las compartieran.
Artículo 5
126. Los miembros expresaron su reconocimiento por la gran prioridad que daba
el mecanismo nacional a la prevención y eliminación de la violencia
contra la mujer en la familia. Con referencia a las sanciones que se imponen
a los infractores propuestas en la Ley No. 19.325, la representante informó
al Comité que se presentaban tres tipos: asistencia obligatoria al asesoramiento
terapéutico, multas y, en los casos más graves, penas de cárcel.
Además existían medidas de protección tales como el derecho
de la mujer a abandonar el hogar y a lograr la protección de los ingresos
de la familia. Respondiendo a preguntas de los miembros sobre si, en casos de
violencia, se podía invocar la Convención en los tribunales, la
representante recordó que el artículo 5 de la Constitución
de Chile concede a la Convención el estatuto de ley. Informó al
Comité que se habían organizado programas de capacitación
y toma de conciencia para el personal policial.
127. Los miembros expresaron su preocupación por el elevado número
de violaciones mencionado en el documento y pidieron información sobre
las medidas jurídicas y prácticas adoptadas para combatir esa
situación.
Artículo 6
128. Los miembros expresaron su preocupación respecto de la situación
de las prostitutas y su vulnerabilidad ante la violencia. En su respuesta, la
representante reconoció que la Ley No. 19.325 se refería únicamente
a la violencia en el hogar y excluía a las prostitutas, cuyos casos se
consideran con arreglo al derecho penal. Puso de relieve que en Chile la práctica
de la prostitución no estaba condenada y agregó que se garantizaba
el control sanitario de las prostitutas. Convino en la sugerencia de los miembros
de que se elaboraran estudios y estadísticas sobre este grupo a fin de
concentrar en ellas las políticas y programas, habida cuenta además
del peligro de la infección de las prostitutas con el VIH.
Artículo 7
129. Para responder a los pedidos de más información sobre el
cumplimiento del artículo 7. La representante manifestó que Chile
había ratificado la Convención sobre los Derechos Políticos
de la Mujer y había participado en la Conferencia Interparlamentaria
en París. Acogió con agrado las sugerencias de los miembros de
crear redes entre las mujeres que participaron en la recuperación de
la democracia en Chile y de estudiar mecanismos tales como los cupos, que se
consideran la forma más expedita de incrementar la presencia de la mujer
en posiciones de forma de decisiones.
130. Los miembros hicieron preguntas sobre la situación de las detenidas
políticas. Se preguntó si el Gobierno había formulado alguna
política para ayudar a las mujeres que, directa o indirectamente, habían
sufrido los efectos de la detención. La representante respondió
que se había aprobado una ley en la cual se determinaban las prestaciones
que establece el Gobierno para ayudar a las familias afectadas.
Artículo 8
131. Respondiendo a preguntas respecto de la representación de la mujer
chilena en el plano internacional, la representante puso de relieve que un aumento
del número de mujeres en el servicio diplomático exigiría
tiempo, aunque se hacían esfuerzos para tener una representación
femenina visible en las conferencias internacionales de alto nivel.
Artículo 10
132. Los miembros observaron que en Chile los libros de texto contenían
estereotipos tradicionales y discriminatorios de los papeles masculino y femenino
y sugirieron algunas modificaciones. La representante respondió que se
había promulgado una ley de educación neutral y que se había
organizado un seminario de capacitación para maestros sobre sensibilización
con respecto a la problemática de la mujer. Se prevé que en 1995
se formularán directrices para preparar modelos de libros de texto.
133. Los miembros acogieron con beneplácito la iniciativa del programa
sobre educación para la paz y solicitaron más información
al respecto. La representante dijo de que ese programa estaba vinculado con
la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño
y era ejecutado por el Ministerio de Educación. El programa proporcionaba
a los estudiantes una introducción al tema de los derechos humanos y
a los métodos de solución de controversias por medios pacíficos
y se llevaba a cabo en los establecimientos de enseñanza pública
y privada.
134. Los miembros observaron que la relación que existía entre
el nivel de educación de la mujer y su remuneración no era la
misma que en el caso del hombre. Se interesaron por conocer las causas de esa
disparidad, si ello afectaba el acceso de las niñas a la enseñanza
superior y qué medidas adoptaba el Gobierno para rectificar esa situación.
También expresaron su preocupación por la incidencia del analfabetismo
entre las mujeres y desearon saber sus causas y si existían programas
encaminados a ayudar a la mujer adulta a continuar su educación.
Artículo 11
135. Respondiendo a una solicitud de información sobre las trabajadoras
temporeras, la representante dijo que la política general que se aplicaba
a todos los trabajadores agrícolas garantizaba la limitación de
la jornada de trabajo y condiciones laborales mínimas. En ese contexto,
el Gobierno había ratificado diversos convenios de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT) sobre las condiciones de trabajo de mujeres
y hombres. Señaló concretamente, que se llevaba a cabo un programa
de jefas de hogar que comprendía servicios de guardería, formación,
educación, promoción de la participación de la mujer en
el quehacer público y prestación de asistencia médica.
136. La representante estuvo de acuerdo con la observación de que el
empleo de la mujer en régimen de dedicación parcial podía
dar lugar a que quedara marginada del mercado de trabajo. Informó al
Comité de que el SERNAM intentaba determinar cuáles eran los verdaderos
intereses de la mujer y estudiaba la experiencia de otros países en la
materia. En respuesta a la observación sobre la importancia asignada
por el SERNAM a determinar el papel de la mujer y del hombre en la procreación,
dijo que las modificaciones introducidas en la legislación laboral estaban
encaminadas a lograr que el hombre y la mujer compartieran las responsabilidades
familiares. Se ponían en práctica nuevas iniciativas, como la
de servicios de guardería en los lugares de trabajo de padres y madres.
También recalcó que en 1994 Chile había ratificado el Convenio
de la OIT sobre ese tema.
137. Respondiendo a una solicitud de información sobre las medidas adoptadas
por el SERNAM para mejorar las condiciones de trabajo de la mujer, respondió
que había una ley del Ministerio de Trabajo que disponía la capacitación
de su personal en determinadas cuestiones, como la licencia de maternidad y
la no discriminación. Esa ley recibía el apoyo del Banco Mundial
y se consideraba un instrumento especial para mejorar la situación de
las trabajadoras. Los miembros quisieron saber si la legislación laboral
reconocía la garantía de igual remuneración establecida
en el Convenio No. 101 de la OIT y si Chile había ratificado ese Convenio.
Preguntaron si en el mercado de trabajo se discriminaba contra la mujer embarazada
y si existía disparidad de salarios en el sector público.
Artículo 12
138. Los miembros observaron la incidencia alarmante del embarazo en la adolescencia
y preguntaron si se iban a adoptar medidas orientadas a ese sector de la población
femenina, concretamente con respecto al acceso a la educación. La representante
respondió que se proyectaba un programa especial, en cooperación
con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (FNUAP), para prevenir
el embarazo precoz y prestar apoyo a las adolescentes embarazadas. El proyecto
abarcaría información en las escuelas, un estudio de la sexualidad
entre la juventud chilena y la difusión de sus resultados. Una circular
administrativa publicada por el Ministerio de Educación prohibía
la discriminación contra las estudiantes embarazadas, si bien no se había
aplicado en la mayoría de los centros educativos porque no tenía
fuerza de ley. El Gobierno realizaba gestiones en el Parlamento y por conducto
de la opinión pública para que se promulgara la ley correspondiente.
139. Los miembros expresaron su preocupación de que el aborto, aunque
era ilegal, estuviese tan generalizado. Preguntaron si el Ministerio de Salud
había propuesto conceptos de planificación de la familia, de qué
manera se registraban los abortos ilegales y cómo podían costearlos
las mujeres del sector rural. La representante respondió que Chile había
suscrito sin reservas el documento final de la Conferencia Internacional sobre
la Población y el Desarrollo, celebrada en El Cairo. Si bien la política
de planificación de la familia se había descuidado durante muchos
años, el Ministerio de Salud llevaba a cabo un programa de procreación
responsable en el que se informaba a hombres y mujeres de los diversos medios
de control de la natalidad. Recordó que el Gobierno consideraba la práctica
del aborto un grave problema de salud pública, que el aborto no podía
considerarse un medio de control de la natalidad y que su prevención
era uno de los propósitos de la política de planificación
de la familia. Esa política procuraba mejorar las condiciones de salud
de madres e hijos y reconocía, al mismo tiempo, el derecho de cada pareja
a tener la cantidad de hijos que deseara.
140. La representante, en respuesta a las preguntas sobre actividades encaminadas
a tomar conciencia del problema del VIH y el SIDA, indicó que se había
establecido una comisión especial dependiente de diversos ministerios
y se habían organizado campañas en los medios de información.
Añadió que la acción era muy lenta porque los sectores
sociales y las organizaciones religiosas no habían llegado a un consenso
sobre el tema.
Artículo 14
141. Los miembros solicitaron más información sobre la mujer pobre
del sector rural. La representante informó al Comité de las gestiones
realizadas por el Gobierno para reunir información exacta que ayudara
a cuantificar los problemas a que hace frente la mujer pobre en ese sector.
Se refirió a medidas orientadas a la mujer rural, por ejemplo, servicios
de guardería, reforma de la legislación y, en algunos casos, la
posibilidad de que las mujeres que son jefas de familia tuvieran acceso a la
propiedad. Los miembros sugirieron medidas educativas y actividades generadoras
de ingresos. También se sugirió la aplicación de tecnología
apropiada con el objeto de aliviar la carga que imponían a la mujer sus
múltiples actividades.
Artículo 15
142. En respuesta a la inquietud expresada por los miembros con respecto al
divorcio, la representante convino en que era otra de las preocupaciones del
Gobierno, especialmente por la gran cantidad de separaciones conyugales que
se registraban. Hizo hincapié en que no existía consenso en Chile
sobre el tema. El Gobierno estaba sometiendo la cuestión a un debate
público y algunos legisladores preparaban un proyecto de ley para presentarlo
al Parlamento.
143. En respuesta a preguntas relativas a la capacidad jurídica de la
mujer casada para administrar sus bienes y a la clase de régimen que
existía, la representante dijo que la mujer tenía plena capacidad
jurídica en la materia y que recientemente se habían introducido
modificaciones en la legislación con respecto a los bienes de los cónyuges
que disponían la protección económica de la mujer casada.
Artículo 16
144. Los miembros solicitaron aclaraciones con respecto a la condición
jurídica de los hijos, la patria potestad y la tutela. La representante
informó de una reciente ley, todavía no aprobada por el Senado,
que establecería los mismos derechos para los hijos legítimos
e ilegítimos, concedería también a la madre la patria potestad
y la tutela y admitiría la comprobación de la paternidad mediante
exámenes de sangre.
145. Los miembros también quisieron saber cuál era la edad mínima
para contraer matrimonio en Chile y si era la misma para ambos sexos. Se les
informó de que existía una recomendación del Comité
que sugería que fuese 18 años, lo que sería compatible
con la edad fijada para ejercer el derecho de voto y adquirir responsabilidad
desde el punto de vista civil y penal.
146. En lo que concierne a la existencia de disposiciones que otorguen la misma
protección y los mismos derechos de apoyo financiero a la mujer casada
y a la soltera, la representante respondió que las madres casadas tenían
el mismo derecho que las solteras a recibir apoyo financiero para sus hijos,
pero no para ellas mismas.
Observaciones finales del Comité
Introducción
147. El Comité felicitó a la representante de Chile por la presentación
del informe y por el esfuerzo realizado por el Gobierno para actualizar la información,
que reflejaba diversos adelantos alcanzados desde 1991. El Comité agradeció
asimismo la presencia de la Ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer.
148. El Comité hizo referencia al hecho de que los que habían
preparado el informe ni habían seguido el formato estándar para
los informes ni las recomendaciones del Comité sobre la interpretación
de ciertos artículos y la presentación de información al
respecto.
149. El Comité observó que el informe era de carácter descriptivo
y general y contenía pocas referencias analíticas que estuvieran
respaldadas por datos y estadísticas concretos. Observó además
que en el debate sobre la aplicación de los artículos, se prestaba
más atención a las respuestas relativas a las disposiciones jurídicas
y normativas, y no se proporcionaba suficiente información sobre medidas
concretas. El Comité observó que, en consecuencia, era imposible
determinar la medida en que existía una laguna entre la igualdad de hecho
y de derecho.
Aspectos positivos
150. El Comité reconoció la voluntad política demostrada
por los gobiernos correspondientes al período democrático en el
mejoramiento de la condición de las mujeres chilenas y destacó
como hechos francamente positivos los siguientes:
a) La ratificación de la Convención para la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer, con carácter
de ley nacional;
b) La introducción progresiva de reformas jurídicas, concretamente
destinadas a eliminar la discriminación y a proteger los derechos de
la mujer;
c) La creación del Servicio Nacional de la Mujer, como órgano
encargado de coordinar las iniciativas del Poder Ejecutivo para aplicar las
disposiciones de la Convención;
d) La iniciación de un programa de enseñanza para la paz en las
escuelas, que se refería especialmente a todas las formas de violencia
contra la mujer a fin de aplicar la Declaración y Programa de Acción
de Viena aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos;
e) La iniciación de un programa local de jefes de familia para mejorar
la situación de la mujer;
f) El mejoramiento de las condiciones de trabajo de las trabajadoras agrícolas.
Motivos principales de preocupación
151. El Comité expresó preocupación por la existencia de
leyes que mantenían disposiciones discriminatorias y situaciones de desventaja
de las mujeres en relación con los hombres, que contradecían los
avances evidentes logrados en la democracia y en el desarrollo económico
del Estado parte.
152. El Comité también expresó preocupación por
la situación de las mujeres de las zonas rurales, que no tenían
acceso a las mismas oportunidades de recibir servicios que las mujeres de las
ciudades, así como por el bajo porcentaje de mujeres que ocupaban puestos
de responsabilidad política y por la mortalidad materna resultante de
abortos clandestinos.
Sugerencias y recomendaciones
153. El Comité sugirió que el Gobierno de Chile preparara su segundo
informe de conformidad con las directrices y que porporcionara información
suficiente y fundamentada en datos, que permitiera conocer no sólo la
situación jurídica de las mujeres sino también la situación
real, incluidos los obstáculos que se plantean, en lugar de basarse en
referencias jurídicas.
154. El Comité instó al Estado parte a que promoviera la eliminación
de las disposiciones jurídicas discriminatorias que todavía existían,
en particular en relación con la familia, y a que se lograra la compatibilización
de la legislación chilena con la Convención.
155. El Comité instó al Estado parte a que introdujera leyes que
facilitaran el derecho a un divorcio legal.
156. El Comité pide al Estado parte que en su próximo informe
proporcionara información más completa, incluidas las estadísticas
pertinentes, sobre la aplicación de cada uno de los artículos,
especialmente en temas como la violencia contra la mujer, la prostitución,
la participación política, la salud reproductiva, las condiciones
laborales y salariales, la situación de las trabajadoras "temporeras",
las mujeres en situación de pobreza, la situación de facto de
la mujer en la familia, el embarazo precoz y la situación de las organizaciones
no gubernamentales.
157. El Comité expresó interés en recibir información
sobre el posible fortalecimiento del SERNAM. También se solicitó
más información sobre el plan de igualdad de oportunidades.
158. El Comité recomendó que se revisaran las leyes extremadamente
restrictivas sobre el aborto, habida cuenta de la relación que existía
entre el aborto clandestino y la mortalidad materna.
159. El Comité sugirió la conveniencia de que el SERNAM difundiera
el informe presentado al Comité, así como las observaciones de
éste como un medio para sensibilizar a los sectores que pudieran contribuir
a mejorar las condiciones de las mujeres chilenas.