University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Dominican Republic, U.N. Doc. A/53/38, paras. 312-353 (1998).


 

 

 

República Dominicana

312. El Comité examinó los informes periódicos segundo, tercero, y cuarto de la República Dominicana (CEDAW/C/DOM/2–3, y CEDAW/C/DOM/4) en sus sesiones 379ª y 380ª, celebradas el 3 de febrero de 1998 (véase CEDAW/C/SR. 379 y 380).


313. Al presentar los informes, la representante de la República Dominicana señaló que desde la ratificación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, por el Gobierno en 1982, ésta había sido un instrumento útil para que la mujer domini- cana superara su subordinación y para transformar el orden patriarcal.


314. Refiriéndose en particular al cuarto informe periódico, la representante lo describió como un instrumento de autoevaluación y balance de la situación. El informe constituyó una oportunidad propicia para evaluar la situación en diversos sectores del gobierno y la sociedad y para determinar los obstáculos a que se hacía frente y las esferas que aún requerían cambios.


315. Entre los progresos alcanzados en la esfera jurídica, la representante señaló en particular la aprobación de la Ley contra la Violencia Intrafamiliar. También se refirió a los esfuerzos del Gobierno para introducir medidas prácticas encaminadas a velar por el cumplimiento de la nueva ley, como campañas de sensibilización e información, capacita- ción para las autoridades judiciales y policiales y creación de unidades especiales para atender a las denuncias de violencia.


316. Entre otras medidas jurídicas, cabía mencionar la aprobación de una ley de educación que establecía el principio de la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres, la revisión de la ley electoral que fijaba una cuota del 25% para candidatas a las elecciones municipales y congresuales, y la revisión de la ley de reforma agraria. La representante también destacó que, especialmente en el movimiento de mujeres, se observaba un apoyo general a una reforma jurídica ulterior encaminada a eliminar las disposiciones discriminatorias, en particular en el Código Civil, y a incluir el principio de igualdad en la Constitución.


317. La representante destacó la creación de varios meca-nismos para velar por la aplicación del marco jurídico y normativo para la mujer. En particular, destacó el fortaleci- miento de la Dirección General de Promoción de la Mujer merced a un aumento sustancial de los recursos humanos y financieros, junto con el compromiso, en principio, de darle la categoría de Secretaría de Estado o Ministerio de Asuntos de la Mujer. Asimismo señaló el establecimiento de un comité intersectorial para el seguimiento y la aplicación de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.


318. Si bien había habido avances en cuanto a la participa-ción política y social de la mujer, ésta era una esfera que requería mayores progresos. Cabía destacar que el 31% de los magistrados de la Suprema Corte de Justicia eran muje- res. También había aumentado la participación de la mujer en el Servicio Exterior. Aunque se habían producido igual- mente importantes cambios en las esferas de la educación para la mujer, en especial en lo tocante a su acceso a todos los niveles de educación, en la esfera profesional persistían los estereotipos sexuales.


319. La representante informó al Comité de que desde principios del decenio de 1990 la situación económica del país se había caracterizado por el control macroeconómico y los esfuerzos de estabilización. La pobreza seguía siendo el mayor problema, y su erradicación era un objetivo priori- tario para el Gobierno. Puesto que la pobreza afectaba a las mujeres de distintas maneras y limitaba su participación económica y su acceso a los servicios, como parte de las actividades de erradicación de la pobreza el Gobierno había incluido proyectos dirigidos concretamente a la mujer, en particular a las que eran jefas de hogar.


320. Para concluir, la representante manifestó que el nuevo Gobierno, cuyo mandato se había iniciado a mediados de 1996, había emprendido una política de reforma y de modernización. Aunque aún no podía evaluarse el efecto de la reforma sobre la situación de la mujer, la Dirección General de Promoción de la Mujer y el movimiento nacional de mujeres seguían estando comprometidos a velar por que en esas reformas se incluyera una perspectiva de género. La Convención proporcionará orientación permanente para el próximo milenio sobre las medidas que habrá que adoptar para mejorar la situación de la mujer.

Observaciones finales del Comité


Introducción


321. El Comité encomia al Gobierno por haber preparado a fines de 1997 un nuevo informe, el cuarto informe periódi- co, el cual se examina conjuntamente con sus informes periódicos segundo y tercero, presentados en 1993. A su juicio, se trata de un informe bien estructurado que incluye información clara y fehaciente de la situación de la mujer en la República Dominicana. Sumada a las respuestas exhaustivas que recibieran las numerosas preguntas del Comité, la exposición ofrece un amplio panorama de las actividades emprendidas por el nuevo Gobierno. Todo ello manifiesta la voluntad política del Gobierno de cumplir sus compromisos con arreglo al derecho internacional en materia de derechos humanos y, especialmente, su deseo de cumplir plenamente sus obligaciones en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.


322. El Comité expresa su reconocimiento al Gobierno de la República Dominicana por la amplitud y el alto nivel de la delegación presidida por la Ministra de Asuntos de la Mujer, que le ha permitido obtener una imagen precisa de los adelantos alcanzados y de los problemas pendientes para la realización de la igualdad entre la mujer y el hombre en materia de derechos.

Aspectos positivos


323. El Comité acoge con beneplácito el hecho de que el Gobierno, aunque atraviesa un período de cambios, reformas y modernización tras las últimas elecciones de 1996, ha desplegado ingentes esfuerzos para garantizar la incorpora- ción sistemática de la perspectiva de género en sus nuevas políticas y programas. El Comité toma nota en particular de la función catalizadora de la Dirección General de Promo- ción de la Mujer y del movimiento de mujeres en ese sentido.


324. El Comité acoge con beneplácito las diversas iniciati-vas y medidas importantes que la Dirección General, en un breve lapso, ha puesto en práctica en distintos ámbitos y encomia la labor que está realizando para preparar varios proyectos legislativos encaminados a derogar o modificar leyes y disposiciones discriminatorias


325. El Comité toma nota con reconocimiento de la aproba-ción de varias nuevas leyes y enmiendas para adaptar mejor la situación interna del país a los dictados de la Convención. En particular, el Comité celebra que se haya aprobado en 1997 la Ley contra la Violencia Intrafamiliar tras la ratifica- ción por la República Dominicana en 1995 de la Convención Interamericana para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará). Asimismo, el Comité felicita al Gobierno por el enfoque integral con que ha abordado la cuestión de la violencia contra la mujer, que incluye medidas legislativas, campañas de sensibilización del público, actividades de capacitación y sensibilización del personal encargado de hacer cumplir la ley y del poder judicial y el establecimiento de dependencias especiales encargadas de tramitar las denuncias de violencia doméstica.


326. El Comité observa con satisfacción la enmienda de la Ley de reforma agraria por la que se reconoce el derecho de la mujer a heredar tierras, reforma de particular importancia para las mujeres de las zonas rurales. También se encomian las reformas normativas en materia de educación, así como el establecimiento en la ley electoral de un cupo de un 25% de candidatas para las elecciones municipales y legislativas. El Comité también toma nota de que es superior a la media la representación de la mujer en los niveles de enseñanza secundario y superior. Aunque el analfabetismo sigue siendo motivo de preocupación, el porcentaje de mujeres analfabe- tas es inferior al de hombres, lo cual es excepcional en comparación con la situación de otros países en materia de analfabetismo.


327. El Comité felicita al Gobierno por dedicar una sección especial del cuarto informe periódico a las mujeres que son cabezas de familia, demostrando así su sensibilidad frente a las limitaciones y a la vulnerabilidad de ese grupo de mujeres, que encabezan la cuarta parte de las familias dominicanas.


328. El Comité encomia la función de las organizaciones no gubernamentales y del movimiento de mujeres, que sensibilizan al público e influyen sobre los legisladores y el Gobierno para que se ocupen de las cuestiones de la mujer, y su dinamismo en la prestación de servicios a las mujeres.


329. El Comité toma nota con satisfacción del estableci-miento de un mecanismo gubernamental para promover el cumplimiento de los compromisos de la Plataforma de Acción aprobada en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.

Factores y dificultades que afectan a la aplicación de la Convención


330. El Comité observa que persisten las altas tasas de pobreza y las situaciones de pobreza extrema; el 57% de la población dominicana vive por debajo del umbral de la pobreza. El hecho de que la pobreza, agravada por la discriminación y la desigualdad, afecte más profundamente a las mujeres constituye un grave obstáculo para la plena aplicación de la Convención en la República Dominicana.


331. Aunque la República Dominicana es un Estado laico, el Comité observa que, en la práctica, no hay una separación clara entre la iglesia y el Estado. El Comité considera que esa mezcla de las esferas secular y religiosa constituye un grave obstáculo para la plena aplicación de la Convención.

Aspectos más preocupantes


332. El Comité expresa su preocupación porque, a pesar de los adelantos alcanzados en el plano legislativo, sigue habiendo disposiciones discriminatorias en instrumentos como el Código Civil, la Ley de nacionalidad y las Leyes de matrimonio y de familia, sobre todo en esferas como la administración de los bienes gananciales. Sigue habiendo disposiciones discriminatorias respecto de las mujeres solteras y de las madres solteras en las normas relativas a la seguridad social y a los derechos de herencia de las tierras con arreglo a la Ley de reforma agraria. El Comité toma nota con preocupación de que el principio de igualdad sigue estando ausente de la Constitución del país.


333. El Comité expresa su profunda preocupación por las consecuencias económicas de la pobreza de la mujer. Su migración a zonas urbanas y al extranjero la hace vulnerable a la explotación sexual, incluida la trata y el turismo sexual, y a la prostitución. El hecho de que no se creen puestos de trabajo para la mujer en los sectores de crecimiento, como la industria del turismo, contribuye a que un gran porcentaje de mujeres abandone el país en busca de trabajo. Preocupa al Comité que, a pesar de los altos índices de pobreza que se registran entre las mujeres, y en particular entre las familias a su cargo, no se han emprendido medidas de acción afirmativa para apoyar los esfuerzos de la mujer por romper el círculo vicioso de la pobreza.


334. El Comité expresa su preocupación por la rigidez de los códigos sociales observados en el país y por la persisten- cia del machismo, que quedan de manifiesto en la escasa participación de la mujer en los asuntos públicos y la adopción de decisiones, los estereotipos sobre la función de la mujer en la familia y en la vida social y la separación por sexos del mercado laboral. El Comité recalca que las medidas legislativas no bastan para subsanar ese proble- ma y observa que el Gobierno no ha llevado a cabo campa- ñas amplias y sistemáticas de información y concienciación del público para modificar las actitudes estereotipadas perjudiciales para el logro de la igualdad entre la mujer y el hombre.


335. El Comité observa preocupado que, a pesar de los vínculos estrechos entre la Dirección General de Promoción de la Mujer y los grupos de mujeres, no hay suficiente cooperación y contacto entre la Dirección General y las mujeres que ocupan posiciones de poder y autoridad en todos los ámbitos de la vida política, económica y social.


336. Preocupa profundamente al Comité la situación de las trabajadoras. Si bien el alto porcentaje de mujeres empleadas en las zonas francas es motivo de encomio porque constituye un respaldo económico para ellas, la discriminación contra las trabajadoras en cuanto a los ingresos y las prestaciones es considerable. El Comité observa con inquietud que el Gobierno no se ocupa de velar por la aplicación de las leyes en materia de salarios, prestaciones y seguridad de los trabajadores, incluido el cumplimiento de los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Las altas tasas de desempleo de la mujer, la situación particularmente insegura de las trabajadoras domésticas y de las madres solteras también inquietan al Comité. También preocupa al Comité el hecho de que las mujeres, que a menudo han alcanzado niveles superiores de enseñanza que los hombres, reciban una remuneración inferior por un trabajo de igual valor.


337. El Comité expresa profunda preocupación por la alta tasa de mortalidad derivada de la maternidad causada, según se indica en el informe, por toxemia, hemorragias durante el alumbramiento y abortos clandestinos; el Comité observa también que la toxemia puede ser causada por abortos inducidos. La alta tasa de mortalidad derivada de la materni- dad, en conjunción con el hecho de que el aborto en la República Dominicana es absolutamente ilegal en todas las circunstancias, es motivo de gran preocupación para el Comité y de reflexión sobre las consecuencias de esa situación para el disfrute por la mujer del derecho a la vida.

Sugerencias y recomendaciones


338. El Comité alienta al Gobierno a que vele por que no se interpongan obstáculos a la aplicación de ninguna de las disposiciones de la Convención y le solicita que en su próximo informe proporcione información detallada sobre la aplicación de la Convención en la práctica, destacando los efectos de los programas y políticas encaminados a lograr la igualdad de la mujer.


339. El Comité exhorta al Gobierno a que dote a la Direc-ción General de Promoción de la Mujer de la autoridad y los recursos humanos y financieros necesarios para ejecutar programas especiales destinados a la mujer, ejercer influen- cia en todo el proceso de adopción de decisiones del gobier- no y garantizar que se aplique coherentemente una perspecti- va de género en todas las políticas y programas oficiales.


340. El Comité alienta a la Dirección General de Promoción de la Mujer a que, utilizando el modelo de la Comisión Honorífica de Mujeres Asesoras del Senado, intensifique la cooperación con otros sectores y entidades de la vida civil, política y económica a efectos de garantizar que se preste atención más sistemáticamente a las cuestiones relacionadas con el género en esos sectores.


341. El Comité insta al Gobierno a que asigne prioridad a la mujer en su estrategia de erradicación de la pobreza. Se debería hacer hincapié especial en la incorporación de una perspectiva de género en todos los esfuerzos que se empren- dan para la erradicación de la pobreza, y en ese contexto, se deberían adoptar medidas para garantizar que la mujer disfrute de sus derechos.


342. El Comité recomienda al Gobierno que siga empren-diendo esfuerzos para incorporar una perspectiva de género en todas sus reformas. También le sugiere que determine sectores prioritarios para iniciar acciones orientadas a la mujer. Entre esos sectores, se sugieren la reducción y eliminación del analfabetismo, la creación de puestos de trabajo y la aplicación de la legislación laboral y de las reformas correspondientes.


343. El Comité alienta al Gobierno a que siga atendiendo a las necesidades de las jefas de familia e investigando su situación con miras a elaborar políticas acertadas y eficaces para el fortalecimiento de su situación socioeconómica y la prevención de la pobreza y que garantice la prestación de los servicios y el apoyo necesarios a sus hogares.


344. El Comité exhorta al Gobierno a mejorar la recopila-ción y utilización de datos desglosados por sexo de modo que se pueda desarrollar una base de datos sólida para determinar la situación de hecho de la mujer en todos los sectores comprendidos en la Convención y se puedan orientar las medidas más cuidadosamente a grupos específi- cos. Se debería hacer hincapié especialmente en los aspectos relativos a la salud, el trabajo, el empleo y los sueldos y beneficios de la mujer, los tipos de actos de violencia contra la mujer y su incidencia, y los efectos de las medidas encaminadas a poner coto a la violencia contra la mujer. Los datos también se deberían desglosar por edad y con respecto a otros criterios como el medio urbano o rural.


345. El Comité exhorta al Gobierno a que siga aplicando un criterio integrado para la eliminación y prevención de la violencia contra la mujer. En particular, se debería mejorar la recopilación de datos e información sobre los tipos actos de violencia contra la mujer y su incidencia y se deberían tener en cuenta los "crímenes pasionales", su frecuencia y la respuesta de las autoridades competentes.


346. El Comité exhorta enérgicamente al Gobierno a concertar acuerdos bilaterales y cooperar en los esfuerzos multilaterales para reducir y erradicar la trata de mujeres y proteger a las trabajadoras migrantes, entre ellas las trabaja- doras domésticas, de la explotación, incluso de la explota- ción sexual. Esos acuerdos se deberían concertar en particu- lar con los países elegidos como destino primario por las trabajadoras dominicanas. También se deberían emprender campañas de información pública orientadas a grupos de mujeres especialmente vulnerables a fin de alertarlas de los riesgos que pueden correr al buscar trabajo en otros países.


347. El Comité invita al Gobierno a realizar evaluaciones periódicas de las consecuencias de la disposición de la legislación electoral relativa a la cuota del 25% a fin de garantizar la aplicación cabal de la ley y el aumento de los porcentajes de mujeres en el proceso de adopción de decisiones.


348. El Comité exhorta al Gobierno a que fortalezca la capacitación profesional y técnica y el asesoramiento sobre perspectivas de carrera para las jóvenes y amplíe sus activi- dades de información acerca de labores no tradicionales para la mujer con objeto de debilitar las pautas de segregación en las ocupaciones y reducir las diferencias de sueldos entre mujeres y hombres.


349. El Comité invita al Gobierno a fortalecer los progra-mas educativos para todos, tanto niñas como niños, sobre salud sexual y reproductiva, lucha contra la propagación del virus de inmunodeficiencia humana/síndrome de inmunode- ficiencia adquirida (VIH/SIDA) y planificación de la familia. Invita también al Gobierno a que revise la legislación en materia de salud reproductiva y sexual de la mujer, particu- larmente en relación con el aborto, con objeto de dar pleno cumplimiento a los artículos 10 y 12 de la Convención.


350. El Comité alienta al Gobierno a que preste atención especial a las necesidades de las campesinas y vele por que éstas participen activamente en la formulación, aplicación y vigilancia de todos los programas y políticas encaminados a beneficiarlas, incluso en aspectos como el acceso a los servicios sociales y de atención de la salud, la generación de ingresos y la vivienda. El Gobierno también debería considerar la posibilidad de establecer bancos especiales y de fortalecer el acceso de las campesinas al crédito.


351. El Comité exhorta al Gobierno a que adopte medidas para garantizar de hecho la separación de las esferas secular y religiosa con miras a garantizar la plena aplicación de la Convención.


352. El Comité exhorta al Gobierno a que siga adelante con la reforma de la legislación a efectos de eliminar las restan- tes leyes y disposiciones discriminatorias. Se debería dar prioridad a la reforma del Código Civil, de la ley que regula la nacionalidad y de la legislación laboral para que estén en plena consonancia con la Convención.


353. El Comité solicita que se dé amplia difusión en la República Dominicana a las presentes observaciones finales a fin de que la población de la República Dominicana, y especialmente sus políticos y funcionarios públicos, sean conscientes de las medidas que se han adoptado para garanti- zar la igualdad de facto de la mujer y las medidas que aún hace falta adoptar al respecto. El Comité pide también al Gobierno que siga difundiendo ampliamente, en particular a las organizaciones de mujeres y de derechos humanos, la Convención, las recomendaciones generales del Comité y la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

 



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