University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, Paraguay, U.N. Doc. A/51/38, paras. 105-133 (1996).


 

 

 


Paraguay


El Comité examinó el informe inicial y el segundo informe periódico del Paraguay (CEDAW/C/PAR/1-2 y Add.1 y 2) en sus sesiones 289ª y 297ª, celebradas los días 17 y 23 de enero de 1996 (véase CEDAW/C/SR.289 y 297). El Comité tomó nota de las respuestas orales dadas a la gran variedad de preguntas y preocupaciones planteadas durante el examen del informe.


Al presentar el informe combinado, la representante del Paraguay señaló que desde 1992 se habían producido en el país una serie de importantes cambios políticos. Subrayó que se había aprobado una nueva constitución y se había elegido un gobierno civil. En 1992 se creó la Secretaría de la Mujer.


La representante señaló que en la nueva Constitución se adoptó el principio de igualdad y se ratificaron los instrumentos internacionales pertinentes. Esto permitió la creación de un cuerpo de leyes relativas a la igualdad entre el hombre y la mujer. No obstante, todavía existen desigualdades en la legislación.


La oradora dio detalles sobre varios programas que estaba aplicando el Gobierno, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de mujeres. A pesar de los logros alcanzados en la esfera de la educación de la mujer, seis de cada 10 analfabetos del país eran mujeres, principalmente de las zonas rurales, y los niveles de retención escolar eran muy bajos, especialmente entre las niñas. El país tenía una de las tasas más altas de mortalidad derivada de la maternidad en la región de América Latina y el aborto era la segunda causa más común de mortalidad materna.


La proporción de mujeres que eran jefe de familia era muy elevada y esas familias se encontraban entre las más pobres. Se habían registrado mejoras en la concesión de préstamos a mujeres para establecer microempresas, así como para vivienda. Aunque disminuía la segregación en el empleo y la enseñanza y se estaban examinando los estereotipos en los materiales pedagógicos, eran muchas las desigualdades existentes entre el hombre y la mujer por lo que se refería a la actividad económica y la remuneración. Se habían introducido algunas medidas para penalizar y prevenir la violencia contra la mujer, así como para regular la prostitución e impartir educación sobre el SIDA y las enfermedades venéreas.


La representante señaló que uno de los cambios más visibles en los últimos años había sido la participación de la mujer en la política. Varios partidos políticos, así como el Parlamento y las autoridades locales, estaban introduciendo cuotas para la participación de mujeres.


La representante subrayó que su Gobierno estaba convencido de que sin la participación de la mujer no podía lograrse ni el desarrollo ni la democracia.


Observaciones finales del Comité


Introducción


El Comité expresó su satisfacción por la representación de alto nivel y por el esfuerzo realizado por el Paraguay en la pronta presentación del informe y las adiciones, lo que reflejaba la intención de cumplir con las normas de presentación, ofrecer información actualizada e iniciar un diálogo con el Comité que permitiera una más adecuada interpretación de la Convención. El Comité destacó asimismo el carácter amplio y detallado de la presentación verbal, que complementó los informes escritos y dio respuesta a las preguntas formuladas por las expertas.


Se observó con satisfacción el carácter franco del informe, en que se señalaban situaciones y problemas que contravenían los artículos de la Convención. El Comité destacó el esfuerzo que representaba la presentación de este informe para un país que iniciaba un proceso democrático después de una larga dictadura, y manifestó su beneplácito por que en su elaboración hubiera participado no sólo el Gobierno, sino también organizaciones no gubernamentales e instituciones académicas.


Factores y dificultades que afectan a la aplicación de la Convención


El Comité reconoció la existencia de varios factores que obstaculizaban la aplicación de la Convención. Entre ellos se mencionaron como de especial relevancia: las limitadas capacidades económicas del país y la dependencia de la producción agropecuaria cuya modernización apenas comenzaba; la existencia de elevadas proporciones de población en situación de pobreza y exclusión; las secuelas institucionales y culturales de la prolongada dictadura y la existencia de una sociedad muy tradicional y jerarquizada. Paraguay atravesaba un período de transición en el cual se estaban definiendo las nuevas estructuras de la democracia y el estado de derecho, lo que creaba dificultades para la aplicación de las políticas que la Convención promovía.


Aspectos positivos


El Comité observó la consagración en la nueva Constitución del principio de igualdad entre hombres y mujeres y las reformas a los Códigos Laboral y Electoral.


El Comité observó también el temprano reconocimiento que hizo el Gobierno de la importancia de la situación de las mujeres en el desarrollo del país, y la creación de una Secretaría de la Mujer a cargo de la coordinación de las políticas públicas para este sector de la población.


El Comité observó además la importancia que el Gobierno le asignaba a su compromiso con la Plataforma de Acción de Beijing y particularmente la iniciativa de adoptar el enfoque de género en las políticas y programas, así como sensibilizar en ese sentido al personal de la administración.


El Comité observó el reconocimiento que ha hecho el Gobierno de la gravedad del problema de la violencia contra las mujeres, que había sido declarado problema de salud pública.


El Comité observó también el desarrollo que habían alcanzado las organizaciones de mujeres y el compromiso que habían demostrado con la situación de las mismas.


El Comité observó además las iniciativas y esfuerzos que habían realizado tanto las organizaciones no gubernamentales como el Gobierno por ampliar la participación política de las mujeres y la iniciativa avanzada para establecer una ley de cupos y obligar a todos los partidos políticos a fijar un número mínimo de mujeres en sus listas electorales.


Principales motivos de preocupación


El Comité manifestó preocupación porque en la legislación nacional se mantuvieran disposiciones discriminatorias que contravenían el principio constitucional de igualdad. Pese a los avances logrados en algunos códigos, la legislación civil y penal requería modificaciones importantes que consagraran los derechos establecidos en la Convención y los que se derivaban de la Constitución.


El Comité mostró preocupación por el carácter limitado del mandato y de los recursos de la Secretaría de la Mujer y la aparente inferioridad de su jerarquía político administrativa respecto a la de los otros ministerios. En tal sentido, el Comité mostró su extrañeza por la exclusión de la Ministra de la Secretaría de la Mujer de las reuniones del Gabinete de Ministros, lo cual configuraba una suerte de discriminación.


El Comité expresó gran preocupación por los elevados índices de mortalidad materna, uno de los mayores de la región, y de abortos fácilmente prevenibles practicados en condiciones sumamente riesgosas, sobre todo entre las más jóvenes, así como por la alta tasa de fecundidad y por las limitadas posibilidades de acceso a servicios básicos de salud y de planificación familiar. Destacó que esta situación era especialmente grave entre las mujeres campesinas que estaban en su mayoría al margen de la protección del derecho a la salud que consagraba la Convención.


El Comité reconoció las iniciativas del Estado parte para proveer educación bilingüe, pero, manifestó su preocupación porque eran insuficientes, lo cual constituía un obstáculo importante para que las mujeres disfrutaran de oportunidades sociales y económicas, ya que una gran proporción de la población femenina sólo hablaba el lenguaje aborigen predominante, el guaraní. Los altos índices de analfabetismo y deserción escolar temprana fueron señalados como frenos importantes para el avance de las mujeres.


En relación con la violencia contra la mujer, el Comité expresó gran preocupación por los alcances del problema y la insuficiencia de las disposiciones legales y administrativas para combatirla, proteger a las víctimas y sancionar a los agresores. En este mismo orden de ideas, brindó considerable atención a la crítica situación que presentaba el país en materia de prostitución y las proporciones alarmantes que este hecho registraba entre niñas y mujeres muy jóvenes. Especial consideración hizo de la impunidad con la cual se ejercía el proxenetismo y deploró que la grave situación socioeconómica que vivían muchas mujeres las llevara a la prostitución. También se refirió con especial preocupación a las fallas legales y administrativas que prevalecían en materia de adopciones, las cuales contribuían a la permanencia de un indeseable tráfico internacional de niñas y niños.


El Comité indicó estar seriamente preocupado por la situación de las mujeres rurales, quienes eran la mayoría y presentaban condiciones de vida caracterizadas por la falta de atención primaria en salud, limitado acceso a la educación y bajas tasas de permanencia. A esto se sumaba la existencia de barreras legales y culturales para acceder a la propiedad de la tierra, su exclusión casi total de la toma de decisiones y la profunda brecha salarial entre hombres y mujeres, en detrimento de estas últimas.


Sugerencias y recomendaciones


El Comité urge al Estado parte a continuar las iniciativas dirigidas a actualizar y compatibilizar la legislación nacional con el principio constitucional de igualdad y los artículos de la Convención. En este sentido recomendó especiales esfuerzos en la revisión del Código Penal y leyes conexas, a la luz de la recomendación general 19 sobre la violencia contra la mujerDocumentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 38 (A/47/38), cap. I..


El Comité recomendó que el Estado parte fortaleciera la situación política y los aspectos administrativo y económico del mecanismo nacional (la Secretaría de la Mujer) en concordancia con el artículo 7 de la Convención.


El Comité apreció los esfuerzos realizados en el propósito de implementar el sistema de cuotas en los órganos de decisión y recomendó su adopción y aplicación en todas las esferas y niveles posibles, incluyendo los poderes públicos, los partidos políticos, sindicatos y otras organizaciones de la sociedad civil, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 7 de la Convención.


El Comité recomendó al Estado parte a fortalecer y ampliar sus iniciativas dirigidas a extender la educación bilingüe entre todos los ciudadanos y muy especialmente entre las mujeres y a combatir los factores socioeconómicos y culturales que provocaban la alta deserción escolar y el analfabetismo entre ellas, de conformidad con las disposiciones del artículo 10 de la Convención.


El Comité instó al Estado parte a cumplir con los derechos contenidos en el artículo 12 de la Convención en todas sus partes y destacó la urgencia con la cual al Estado parte que enfrentara el elevado índice de mortalidad materna y la incidencia del aborto clandestino y que examine la posibilidad de revisar las medidas punitivas de la ley sobre abortos, de conformidad con la Plataforma de Acción de Beijing. Asimismo recomendó proveer suficientes y adecuados servicios e información sobre planificación familiar.


El Comité recomendó al Estado parte profundizar sus esfuerzos para garantizar la igualdad en la distribución y propiedad de la tierra y en todo lo que su explotación productiva implica, de acuerdo con los señalamientos de los artículos 11, 14 y 16 de la Convención.


El Comité recomienda una amplia difusión de la Convención entre las mujeres, principalmente entre las mujeres, y en especial, las campesinas e indígenas.

 



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