Rumania
278. El Comité examinó los informes periódicos cuarto y quinto combinados de Rumania (CEDAW/C/ ROM/4 y 5) en sus sesiones 481ª y 482ª, celebradas el 23 de junio de 2000 (véanse CEDAW/C/SR.481 y 482).
Presentación por el Estado parte
279. Al presentar el informe, la representante de Rumania informó al
Comité de que el Gobierno había adherido a todos los instrumentos
y procedimientos de presentación de informes internacionales sobre derechos
humanos y había retirado su reserva al artículo 29 de la Convención
sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer ratificada en 1981. Luego de la aprobación de la Declaración
y la Plataforma de Acción de Beijing se habían tomado medidas
institucionales y legislativas concretas para la promoción de los derechos
humanos de la mujer y la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres. La
representante observó también que, además de los aspectos
positivos de la transformación democrática de Rumania desde 1989,
los costos económicos y sociales de la transformación habían
creado ciertas dificultades en la plena aplicación de la Convención.
280. La representante informó al Comité de que se estaban emprendiendo
esfuerzos para armonizar la legislación nacional con las normas internacionales
y que la Constitución y las leyes vigentes en Rumania contenían
disposiciones que prescribían la igualdad de derechos, independientemente
del género, incluso en las esferas del matrimonio, la vida social y el
empleo, así como estipulaciones sobre licencia de paternidad. También
se estaban preparando enmiendas al Código Penal para introducir sanciones
contra la violencia en la familia.
281. La representante informó al Comité de que se habían creado estructuras institucionales para promover políticas en favor de la mujer en esferas como el empleo, los derechos humanos, la condición social, la familia, la violencia en la familia, la igualdad entre los géneros y la incorporación de una perspectiva de género. Observó que aun era necesario mejorar la coordinación entre todas las autoridades públicas encargadas de cuestiones relativas a la mujer para garantizar igualdad de oportunidades para la mujer y el hombre, pero que se había creado una Oficina del Defensor del Pueblo, con un Ombudsman de derechos humanos.
282. La representante informó al Comité de que, aunque un elevado porcentaje de miembros de los partidos eran mujeres, éstas aún no estaban representadas por igual en los niveles superiores de la adopción de decisiones políticas. Observó que sólo un 5,3% de los miembros del Parlamento eran mujeres, que el Parlamento había rechazado un proyecto de ley relativo a la igualdad de participación de la mujer en los niveles superiores de los partidos políticos y que aún era necesario adoptar más medidas para fomentar la participación política de la mujer.
283. La representante informó al Comité que la violencia en la familia era una esfera que suscitaba especial preocupación y que, aunque no había disposiciones legales concretas relativas a la violencia en la familia, dichos delitos estaban tratados en varios artículos del Código Penal y en la Ley No. 61/1991. Entre otras medidas para combatir la violencia en la familia se habían contado la creación de centros de asesoramiento a la familia y asistencia a las víctimas y un estudio sobre la violencia en la familia. Las medidas ulteriores comprenderían estudios sobre las causas y los efectos de la violencia contra la mujer, mejoras legislativas a fin de incluir sanciones penales, civiles y administrativas contra la violencia en la familia y protección a las víctimas, programas de capacitación para la policía y abogados y apoyo a la sociedad civil en la prevención de la violencia en la familia.
284. La representante destacó los problemas de la prostitución y la trata internacional de mujeres y niñas, indicando que, aunque no había disposiciones legales concretas que se abocaran a la trata de mujeres, se habían presentado al Parlamento propuestas de enmienda del Código Penal. Rumania también estaba cooperando con otros países en la lucha contra el problema de la trata de mujeres, y se había establecido en Bucarest un Centro Regional de Prevención y Lucha contra la Delincuencia Transfronteriza.
285. La representante informó al Comité de que muchas mujeres participaban en el sistema docente, como alumnas al igual que como maestras, y observó que había aumentado la tasa de matrícula de mujeres en la enseñanza superior. Sin embargo, pocas mujeres tenían cargos superiores de gestión y administración en la educación, y la tasa de analfabetismo de mujeres seguía siendo elevada: 4,6% en 1997 (en comparación con un 5,0% en 1992). Para crear mayor conciencia sobre cuestiones de género, Rumania había introducido programas de capacitación en cuestiones de género en los programas de estudios de diversas universidades.
286. La representante informó al Comité de que las reformas económicas en marcha habían tenido repercusiones negativas sobre la mujer debido a un alza del desempleo y la reducción de la seguridad social. Entre 1998 y 1999, la tasa de desempleo de mujeres había aumentado del 10,5% al 11,4%, y para abril de 2000 ascendía al 11,2%. Los principales sectores de empleo para mujeres, como atención de la salud, asistencia social, educación, agricultura y comercio, solían ser menos remunerados que otros sectores. Se habían producido novedades positivas en el sector privado, en que había aumentado el número de empleadas. Las mujeres participaban cada vez más en sectores como servicios financieros, bancarios y de seguros, que estaban mejor remunerados. La representante indicó que en 1999 las mujeres sólo tenían una tercera parte de los puestos administrativos y empresariales superiores y que el Ministerio de Trabajo y Protección Social había adoptado medidas para mejorar las condiciones de empleo de la mujer, inclusive el fomento de la igualdad de oportunidades para la mujer, apoyo a las mujeres desempleadas, la reinserción en el mercado de trabajo y la asistencia en la diversificación de las actividades económicas de la mujer.
287. La representante informó al Comité de que la esperanza de vida de la mujer era mayor que la del hombre, pero que las enfermedades cardíacas y el cáncer eran las causas más comunes de defunciones entre las mujeres. La tasa de mortalidad materna se había reducido desde la legalización del aborto en 1989, aunque el aumento del número de abortos constituía una preocupación. El Ministerio de Salud había establecido un programa nacional de planificación de la familia en 1992 y una Estrategia Nacional de Fomento de la Salud Reproductiva para informar a la población sobre métodos modernos de control de la natalidad y prácticas sexuales sanas. Desde 1997 el sistema de atención de la salud había experimentado reformas y se habían adoptado varias medidas de protección de la madre y el niño. Además, se había creado una Comisión Multisectorial Nacional de Lucha contra el SIDA para buscar soluciones a problemas vinculados con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), y al igual que un Plan de Acción sobre los derechos de la mujer a la salud y la salud reproductiva, que se había de ejecutar en cooperación con los sindicatos. También se estaba preparando una guía jurídica sobre la protección de empleadas embarazadas en el lugar de trabajo.
288. Para proteger a la infancia, incluida la niña, Rumania había adoptado una estrategia sobre bienestar del niño para 2000–2003, en la que se establecían principios generales, así como objetivos y actividades concretos para la protección de la infancia. La representante informó también al Comité de que se había creado un Organismo Nacional de Protección de los Derechos del Niño.
289. La representante informó al Comité de que había aumentado el número de organizaciones no guber-namentales, incluidas organizaciones femeninas, en Rumania, y subrayó la importancia de la colaboración entre el Gobierno y la sociedad civil en el fomento del adelanto de la mujer y la igualdad entre los géneros. La representante reafirmó el compromiso del Gobierno en pro de la plena aplicación de la Convención e indicó que el Gobierno se había inspirado en las nuevas iniciativas para el adelanto de la mujer aprobadas por la Asamblea General en su vigésimo tercer período extraordinario de sesiones celebrado en junio de 2000. También informó al Comité de que Rumania había iniciado los procedimientos internos para la firma y ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención.
Observaciones finales del Comité
Introducción
290. El Comité expresa su reconocimiento al Gobierno de Rumania por haber
presentado sus informes periódicos cuarto y quinto combinados. Elogia
al Gobierno por las amplias respuestas por escrito a las preguntas del Comité
que también comprendían datos desglosados por sexo, y su presentación
verbal, en ambas de las cuales se facilitó información adicional
sobre la presente situación de la aplicación de la Convención.
Aprecia la forma en que el Estado parte determinó esferas en que eran
necesarios mayores avances.
291. El Comité elogia al Gobierno de Rumania por haber enviado una delegación
de alto nivel, dirigida por la Secretaria de Estado del Ministerio de Trabajo
y Protección Social, que incluía funcionarios de varias ramas
del Gobierno y representantes de organizaciones no gubernamentales. El Comité
agradece el diálogo abierto, franco y sincero que se entabló entre
la delegación y los miembros del Comité.
292. El Comité acoge con satisfacción la afirmación del Gobierno de que ya se han iniciado los procedimientos internos para la firma y ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención y espera con interés que el Estado parte concluya estos procedimientos a la brevedad.
Aspectos positivos
293. El Comité encomia los esfuerzos realizados por el Gobierno, en
particular a partir de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer de 1995,
con el fin de aplicar la Convención y adaptar a las disposiciones de
la Convención la legislación y las políticas de Rumania
sobre igualdad entre los géneros e igualdad de oportunidades para la
mujer.
294. El Comité acoge con beneplácito la entrada en vigor, en diciembre
de 1999, de la ley sobre la licencia de paternidad, que está destinada
a fortalecer el principio de la responsabilidad compartida en la familia y la
sociedad.
295. El Comité expresa su reconocimiento al Gobierno de Rumania por los esfuerzos que viene realizando para reformar el marco legislativo rumano con miras a subsanar las deficiencias subsistentes en la legislación, eliminar las disposiciones discriminatorias y lograr la igualdad entre la mujer y el hombre. En particular, acoge con satisfacción los esfuerzos del Gobierno destinados a elaborar una ley sobre la igualdad de oportunidades para la mujer y el hombre y reformar el Código Penal respecto de la violencia en el hogar y la trata de mujeres.
296. El Comité celebra el establecimiento en 1998 de la Oficina del Defensor del Pueblo, que cumple funciones de ombudsman de derechos humanos y tiene competencia para proteger los derechos humanos de las mujeres, los niños, incluso dentro de la familia.
297. El Comité celebra la actitud abierta y de cooperación del Gobierno hacia el número cada vez mayor de organizaciones no gubernamentales y los esfuerzos que están realizando en forma conjunta el Gobierno y otros sectores de la sociedad civil a fin de promover la aplicación de la Convención.
Factores y dificultades que afectan a la aplicación de la Convención
298. El Comité observa que las transformaciones políticas y económicas que se han registrado en Rumania desde 1989 siguen representando importantes obstáculos para la plena aplicación de la Convención, sobre todo en los sectores del empleo y la salud.
Esferas de especial preocupación y recomendaciones
299. Aunque toma nota de las reformas y los planes que ya están en marcha
el Comité considera preocupante la lentitud con que, en general, se han
venido modificando la legislación y las políticas a partir del
examen del tercer informe periódico en 1993.
300. El Comité exhorta al Gobierno a que reconozca la urgencia de introducir
las modificaciones necesarias en la legislación y las políticas
y asigne la más alta prioridad a la aprobación de la legislación
propuesta sobre la igualdad de oportunidades, la violencia en el hogar y la
trata de mujeres. También exhorta al Gobierno a que asigne prioridad
a la igualdad entre los géneros y elabore una política amplia
e integral para aplicar la Convención y lograr la igualdad entre la mujer
y el hombre, incluido un calendario para vigilar y evaluar los progresos en
este ámbito. Asimismo exhorta al Gobierno a que examine la idoneidad
y la financiación del mecanismo nacional para el adelanto de la mujer
y determine si es el adecuado para dirigir este esfuerzo, lo que incluye la
coordinación entre entidades del Gobierno y con organizaciones de la
sociedad civil, la sensibilización y la movilización de la opinión
pública en favor de la adopción de medidas destinadas a lograr
la igualdad y eliminar los estereotipos.
301. Al Comité le preocupa que las actitudes estereotipadas acerca del papel de las mujeres y los hombres en la familia y la sociedad se pongan de manifiesto en el bajo nivel de representación de la mujer a todos los niveles y en todos los ámbitos.
302. El Comité exhorta al Gobierno a intensificar sus esfuerzos a fin de eliminar las actitudes estereotipadas. Insta al Gobierno a aplicar medidas especiales de carácter provisional, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 4 de la Convención, con el fin de aumentar el número de mujeres en todos los puestos decisorios, con inclusión de la administración pública y el Parlamento. Invita al Gobierno a dar prioridad al examen y la revisión del material docente, los libros de texto y los programas de estudios, en especial de la enseñanza primaria y secundaria.
303. Al Comité le preocupa que se siga presentando una imagen estereotipada y sexista de la mujer en los medios de comunicación, especialmente en los anuncios publicitarios. El Comité exhorta al Gobierno a que aliente a los medios de comunicación a contribuir a los esfuerzos de la sociedad encaminados a superar esas actitudes, crear oportunidades para presentar una imagen positiva y no tradicional de la mujer y alentar y facilitar la utilización de mecanismos de autorregulación por los medios de comunicación a fin de que disminuya la presentación de imágenes discriminatorias y estereotipadas de la mujer.
304. Si bien celebra el hecho de que, de conformidad con el artículo 20 de la Constitución, la Convención se haya integrado en la legislación interna y tenga precedencia sobre tal legislación, el Comité considera preocupante que los órganos judiciales no conocen bien las oportunidades que brinda el artículo 20 de la Constitución para aplicar la Convención en los procesos de adopción de decisiones a nivel nacional.
305. El Comité alienta al Gobierno a velar por que los programas de estudios de las facultades de derecho y los programas de formación permanente de la carrera judicial abarquen la Convención y su aplicabilidad a nivel nacional. Asimismo invita al Gobierno a que en su próximo informe proporcione datos sobre las demandas entabladas ante los tribunales sobre la base de la Convención, así como sobre los fallos judiciales relacionados con la Convención.
306. Si bien observa que el Gobierno reconoce el problema, el Comité expresa preocupación respecto del aumento de la violencia contra la mujer. Al Comité le preocupa el hecho de que no exista una legislación que sancione la violencia en el hogar, incluida la violación en el matrimonio, así como el reconocimiento de la defensa del denominado "matrimonio de reparación" en el Código Penal, que exime de responsabilidad penal al violador si la víctima de la violación acepta casarse con él. Asimismo, al Comité le preocupa que no exista una legislación sobre el hostigamiento sexual.
307. El Comité pide al Gobierno que tenga en cuenta su recomendación general 19 sobre la violencia contra la mujer, y tome las medidas necesarias para que la ley sancione adecuadamente todas las formas de violencia contra la mujer. En particular, el Comité insta al Gobierno a que reúna datos estadísticos desglosados por edad sobre los casos y tipos de violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar. Recomienda que se promulguen leyes y se adopten medidas para que las mujeres víctimas de la violencia en el hogar puedan obtener reparación y protección de inmediato. También pide al Gobierno que amplíe su campaña de tolerancia cero respecto de la violencia contra la mujer para que se considere social y moralmente inaceptable. Asimismo, recomienda que se adopten medidas para asegurar que los encargados de hacer cumplir la ley, el sistema judicial y el personal de los servicios de salud tengan conciencia de que, conforme a lo dispuesto en la Convención, la violencia contra la mujer, incluida la violencia en el hogar, constituye una violación de los derechos humanos de la mujer que debe sancionarse con el rigor y la rapidez necesarios.
308. El Comité reconoce los esfuerzos desplegados por el Gobierno para combatir la trata de mujeres, pero observa con preocupación que ese fenómeno se ha intensificado en Rumania como de país de origen y de tránsito.
309. El Comité recomienda que el Estado parte tome nuevas medidas urgentes para impedir y eliminar la trata de mujeres, sobre todo incorporando enérgicamente este delito en las leyes del país. Para ello también debería aumentar la cooperación con los países vecinos y la comunidad internacional, especialmente con los países receptores, a fin de eliminar la trata y enjuiciar a sus autores. Asimismo, el Comité recomienda que el Estado parte se concentre en las causas de este fenómeno adoptando medidas encaminadas a mitigar la pobreza y potenciar el papel económico de la mujer. Alienta al Gobierno a que ayude a las víctimas dándoles asesoramiento y facilitando su reintegración. Además, recomienda al Gobierno que preste la debida atención al artículo 6 de la Convención en el debate que está teniendo lugar sobre el enfoque legislativo de la prostitución.
310. El Comité expresa preocupación por la elevada tasa de analfabetismo entre las mujeres mayores de 50 años y las marcadas diferencias entre la alfabetización de la población urbana y rural, así como las altas tasas de abandono escolar de las niñas a nivel secundario. También preocupa al Comité que, aunque son muchas las mujeres que trabajan en el sector de la enseñanza, son muy pocas las que ocupan puestos administrativos y directivos en ese sector.
311. El Comité recomienda que se adopten medidas para aumentar las tasas de alfabetización de las mujeres mayores y reducir las diferencias de alfabetización de las zonas urbanas y las zonas rurales. También deberían realizarse esfuerzos para que los programas de enseñanza, incluidos los de educación permanente y los programas de alfabetización de adultos, estén orientados hacia las mujeres y ofrezcan capacitación en nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones para que las mujeres y las jóvenes puedan desarrollar aptitudes útiles en una economía basada en la información.
312. Al Comité le preocupa la situación de la mujer en el mercado de trabajo, especialmente las elevadas tasas de desempleo de mujeres, así como el menor número de mujeres que forma parte de la población activa y la concentración de mujeres, particularmente en ocupaciones y sectores con salarios bajos. También le preocupa el elevado porcentaje de trabajadoras familiares no remuneradas, especialmente en las zonas rurales.
313. El Comité recomienda que el mercado de trabajo y las políticas de empleo del Gobierno aborden expresamente la situación de las trabajadoras para asegurarse de que no tengan que afrontar una parte desproporcionada de las cargas que entraña la transición a una economía de mercado. Recomienda que se tomen medidas especiales urgentes para facilitar la entrada de la mujer en nuevos sectores de crecimiento de la economía, incluido el sector empresarial, y velar por que las mujeres tengan seguro médico y pensión. También alienta al Gobierno a que procure que las mujeres aprovechen en la mayor medida posible los empleos creados por las inversiones extranjeras, garantizando así, de manera no discriminatoria sus derechos. Recomienda que, como cuestión prioritaria, el Gobierno promulgue una ley innovadora para promover la igualdad de oportunidades que abarque también al sector privado e incluya la creación de una oficina especial del ombudsman encargada de velar por la igualdad de oportunidades para la mujer y con facultades para recibir denuncias de violaciones de la ley sobre la igualdad de oportunidades e investigar experiencias de situaciones de discriminación contra la mujer.
314. El Comité expresa preocupación por la salud de las mujeres, especialmente por su salud reproductiva. Aunque observa con agrado que se han reducido las tasas de mortalidad materna e infantil, esos indicadores todavía son altos por comparación con los de otros países de la región. En particular, le preocupan las tasas de aborto y el recurso al aborto para regular la fecundidad. Además, le inquieta el aumento de las tasas de infección por el VIH/SIDA y de las enfermedades de transmisión sexual. El Comité expresa preocupación por los problemas relacionados con el medio ambiente, como, por ejemplo, los accidentes industriales, y sus efectos sobre la salud de la mujer.
315. El Comité encomia al Gobierno por mantener un sistema de salud universal y gratuito, pero recomienda que intensifique sus esfuerzos para mejorar la salud reproductiva de la mujer. En particular, pide al Gobierno que facilite el acceso a los anticonceptivos modernos y promueva su aceptación y utilización a fin de evitar el recurso al aborto como método de planificación de la familia. Alienta al Gobierno a que incorpore sistemáticamente la educación sexual en las escuelas, incluso en las escuelas de formación profesional. También insta al Gobierno a que aplique estrategias de prevención del VIH/SIDA para ayudar a los grupos de alto riesgo y estrategias para prevenir la propagación de enfermedades de transmisión sexual. Alienta al Gobierno a aumentar su cooperación con las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones internacionales a fin de mejorar la situación general sanitaria de las mujeres y las jóvenes rumanas. También pide al Gobierno que, en su próximo informe, facilite datos sobre el consumo de tabaco entre las mujeres y estadísticas sobre el consumo de bebidas alcohólicas y el uso indebido de drogas y otras sustancias.
316. Al Comité le preocupa el aumento del número de mujeres ancianas que viven en la pobreza.
317. Aunque el Comité observa con agrado que Rumania ha promulgado una ley de pensiones y una ley de ayuda a los ancianos, pide al Gobierno que apruebe sin demora el proyecto de código de seguridad social, que prevé la prestación de asistencia social a quienes no tengan ninguna pensión, principalmente ancianas sin recursos económicos.
318. Al Comité le preocupa que la edad mínima estipulada en el Código de Familia para contraer matrimonio sea distinta para los niños y las niñas y que puedan legalizarse los matrimonios de niñas, en violación del artículo 16 de la Convención. Al Comité le preocupa también que, a pesar de la disminución de los matrimonios y la mayor incidencia de la cohabitación, el sistema jurídico no proteja los derechos de las mujeres en situación de cohabitación.
319. El Comité recomienda que el Gobierno tome medidas para que sus leyes sobre la edad de los hombres y las mujeres para contraer matrimonio se ajusten plenamente a la Convención y tenga en cuenta su recomendación general 21. El Comité invita al Gobierno a que considere formas de proteger los derechos de la mujer, incluidos los relativos a las pensiones alimenticias y la custodia de los hijos, cuando se disuelven las uniones consensuales.
320. El Comité alienta al Gobierno a que acepte la enmienda del párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre período de reuniones del Comité.
321. El Comité pide al Gobierno que en su próximo informe periódico responda a las cuestiones concretas planteadas en estas observaciones finales. También pide al Gobierno que en su próximo informe haga una evaluación de las repercusiones de las medidas adoptadas para aplicar la Convención.
322. El Comité pide que Rumania dé amplia difusión a las presentes observaciones finales con objeto de que la población del país y en particular los funcionarios públicos y los políticos tengan conocimiento de las medidas que se han adoptado para asegurar la igualdad de hecho de la mujer y las medidas que deben adoptarse con ese fin. También pide al Gobierno que continúe difundiendo ampliamente, en particular entre las organizaciones de mujeres y de derechos humanos, la Convención, las recomendaciones generales del Comité, la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing y los resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General titulado "La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI".