Rwanda
451. El Comité examinó el tercer informe periódico de Rwanda
(CEDAW/C/RWA/3) en su 227ª sesión celebrada el 1º de febrero
(véase CEDAW/C/SR.227).
452. Al presentar el informe, el representante de Rwanda pidió disculpas
por no poder responder a las preguntas del grupo de trabajo previo al período
de sesiones, que habían sido enviadas al Gobierno antes del 12º
período de sesiones. Dijo que se lo habían impedido los problemas
de comunicación existentes entre la misión permanente y las oficinas
gubernamentales competentes. Se refirió al conflicto armado en curso
desde octubre de 1990, que había sido causa de desestabilización
y de un deterioro de la calidad de vida de la población, en particular
de las mujeres y los niños. También señaló que el
establecimiento de un sistema pluralista de partidos había creado incertidumbre.
Subrayó también los factores socioeconómicos que dificultaban
la aplicación efectiva de la Convención y señaló
que en el informe se había hecho hincapié en la situación
de las mujeres de zonas rurales, ya que constituían la mayoría
de las mujeres de Rwanda y realizaban las tareas más arduas.
453. En lo relativo a los aspectos políticos de la condición de
la mujer, el representante dijo que en el curso de la guerra se habían
gastado recursos que debían haberse dedicado al desarrollo del país,
en particular al bienestar de la mujer. Sin embargo, todos los partidos políticos
habían incluido en sus programas el adelanto de la mujer y se había
creado un Ministerio de la Familia y el Adelanto de la Mujer a fin de ayudarle
a tomar conciencia de sus derechos y libertades. En la actualidad había
tres mujeres ministros. Si bien no existía ningún mecanismo para
promover la contratación de mujeres en la administración pública,
había aumentado considerablemente el número de mujeres que ocupaban
cargos políticos. El representante observó, sin embargo, que todavía
podía mejorarse considerablemente la legislación relativa a la
eliminación de la discriminación contra la mujer.
454. En cuanto a los aspectos socioculturales, el representante se refirió
a la política educativa y sanitaria del Gobierno y dijo que asociaciones
de mujeres como la Urunana rw'Abanyarwandakazi mu Majyambere (URAMA) estaban
en una situación de estancamiento porque antes la URAMA había
dependido del que era entonces partido único. En la actualidad, la URAMA
y otras asociaciones femeninas no gubernamentales intentaban establecer una
identidad propia y hallar nuevos modos y métodos de realizar su labor.
La política sanitaria del Gobierno se concentraba en los grupos más
vulnerables de la sociedad, es decir, las madres y los hijos.
Observaciones generales
455. Los miembros señalaron que el Gobierno debía ser plenamente
consciente de que la marginación y el creciente empobrecimiento de la
mujer constituía un grave obstáculo para la sociedad en general.
En relación con los programas del Gobierno y sus campañas de sensibilización
para promover el adelanto de la mujer, los miembros deseaban saber en qué
consistían esos programas y cuáles habían sido los resultados
prácticos de dichas campañas.
456. A la pregunta de si se estaba haciendo algo para poner remedio a la actual
falta de datos estadísticos desglosados por sexos, el representante dijo
que el servicio estadístico no estaba suficientemente desarrollado y
que en su país no se comprendía bien la necesidad de desglosar
los datos por sexos.
457. En respuesta a algunas preguntas sobre el número y la clase de personas
que se habían visto afectadas por la guerra civil, el representante dijo
que el número de personas desplazadas ascendía a 320.828, entre
las cuales había 18.828 niños de menos de cinco años, 2.832
huérfanos, 780 viudas y 11.000 mujeres embarazadas o lactantes.
458. Con referencia a la preparación del tercer informe periódico,
los miembros preguntaron si éste reflejaba un consenso nacional y si
las organizaciones de mujeres habían intervenido también en su
preparación.
Preguntas relativas a artículos concretos
Artículo 2
459. Teniendo en cuenta que la mujer carecía de igualdad de derechos
en muchos campos, como la herencia, la propiedad, la obtención de créditos,
la incapacidad jurídica (de las mujeres casadas) y la representación
política, los miembros preguntaron si existían planes para promulgar
las leyes necesarias o modificar las existentes. El representante explicó
que era difícil convencer a los padres de que cambiaran sus tradiciones
y comprendieran que sus hijas, aunque estuvieran casadas, seguían teniendo
derecho a heredarles. Tradicionalmente, las familias se hacían cargo
de las deudas de sus miembros y eran entidades que pertenecían a los
hombres y no a las mujeres. Cambiar el punto de vista tradicional de la gente
era un proceso muy lento.
460. Los miembros preguntaron por qué el Presidente de la República
no había promulgado el Código de la Familia aunque hubiese sido
aprobado en 1988.
Artículo 3
461. Los miembros preguntaron si se estaban ejecutando en Rwanda programas específicos para mejorar la condición de la mujer y en qué consistían.
462. Al preguntársele cuál era el programa de actividades de la
URAMA para mejorar la condición de la mujer, cuál era la relación
entre esa Asociación y el mecanismo nacional para el adelanto de la mujer
u otras instituciones similares y si la URAMA era una organización legítima
y qué estructura administrativa tenía, el representante dijo que
anteriormente la Asociación había tenido estrechas relaciones
con el partido único del país. Al establecerse el sistema multipartidista,
la Asociación había perdido su identidad y estructura. Actualmente
ya no mantenía una estrecha conexión con el Gobierno y tendría
que buscar subvenciones. Tan sólo cuando la democracia hubiese arraigado
cabía esperar que la URAMA elaborara un plan de acción.
463. Como se había afirmado en el tercer informe periódico que
la supervisión de la aplicación de la Convención era responsabilidad
del Ministerio del Interior, los miembros preguntaron qué tipo de mecanismo
existía para ejercer dicha supervisión y si la URAMA participaba
en el proceso.
Artículo 5
464. El representante explicó que actualmente no había ningún
programa que previera cambios en las prácticas y costumbres tradicionales.
Artículo 9
465. En vista de la contradicción existente entre la ley de 28 de septiembre
de 1963 relativa a las condiciones para la transmisión, conservación,
adquisición o cambio de la nacionalidad y la Convención, y del
hecho de que dicha ley era discriminatoria para la mujer, el representante estuvo
de acuerdo con la recomendación del Comité de que el Gobierno
hiciese todo lo posible para revisar la ley y armonizarla con las disposiciones
de la Convención.
Artículo 10
466. Habida cuenta del bajo nivel de alfabetización de Rwanda, los miembros
preguntaron si existía un mecanismo específico que persiguiera
el objetivo de la URAMA de eliminar el analfabetismo entre las mujeres. El representante
respondió que no existía ningún mecanismo especial para
garantizar la escolaridad de los muchachos o muchachas, pero se intentaba sensibilizar
a la población mediante reuniones de las comunidades locales, en particular
ya que la enseñanza primaria era obligatoria y gratuita.
Artículo 11
467. A las preguntas sobre la existencia de programas de ajuste estructural,
los análisis de sus efectos negativos y las posibles medidas para fomentar
el empleo de mujeres, el representante respondió diciendo que los efectos
en Rwanda habían sido devastadores. Estaba previsto celebrar una reunión
con la URAMA y las partes donantes a fin de superar esos efectos negativos.
Artículo 12
468. En cuanto a la cuestión relativa a los servicios de planificación
familiar, el representante dijo que de esa planificación se encargaba
la Oficina Nacional para la Población. Su tarea más importante
consistía en advertir a mujeres y hombres del peligro que representaban
los embarazos muy seguidos para las vidas de las mujeres y los niños.
469. Los miembros preguntaron si la afirmación, contenida en el tercer
informe periódico, de que la política sanitaria de Rwanda continuaba
"centrada en la medicina de masas" y tenía como objetivo "atender
con prioridad a los grupos más vulnerables" significaba que podían
conseguirse fácilmente anticonceptivos en Rwanda. Preguntaron además
en qué consistían los programas de planificación familiar
y qué resultados daban, teniendo en cuenta el hecho de que la fecundidad
de la mujer tenía un significado social muy importante en los países
africanos. En vista de los datos estadísticos que indicaban que los abortos
ilegales eran los delitos por los que con mayor frecuencia se encarcelaba a
las mujeres, los miembros preguntaron si las mujeres tenían posibilidades
de aborto legal en condiciones de seguridad.
470. El representante mencionó el Laboratorio Nacional para la Lucha
contra el SIDA, creado recientemente con objeto de sensibilizar a la población
de la importancia de utilizar preservativos. Se difundía información
por la radio y a través de los dispensarios locales y de seminarios dedicados
a estos temas. Los miembros preguntaron si había programas educativos
dirigidos a las muchachas.
Artículo 14
471. Teniendo en cuenta el elevado porcentaje de mujeres que vivían en
zonas rurales, los miembros preguntaron si se habían ejecutado programas
específicamente destinados a ellas y si se tenía la intención
y los medios de evaluar, en términos monetarios, el valor económico
de las tareas domésticas de las mujeres rurales. El representante dijo
que, aparte de las campañas de sensibilización, no había
programas específicamente destinados a las mujeres rurales. Los planes
quinquenales se referían al desarrollo en general y no estaban dirigidos
concretamente a la mujer.
472. Los miembros preguntaron en qué condiciones excepcionales podían
las mujeres rurales poseer tierras y obtener créditos.
Observaciones finales
473. Si bien los miembros del Comité expresaron su reconocimiento por
la presentación puntual del tercer informe periódico, a pesar
de la grave situación económica y política que atravesaba
el país, y también por su franqueza, dijeron que dicho informe
no evidenciaba la voluntad del Gobierno de mejorar la condición jurídica
y social de la mujer, ya que a menudo hacía referencia a instituciones
jurídicas ya vigentes en el momento de presentar el informe precedente.
No estaba claro si la situación efectiva de la mujer había cambiado
ni qué medidas se habían tomado para mejorar esa situación.
Como el representante no había contestado a la mayor parte de las preguntas
enviadas al Gobierno antes del 12º período de sesiones, los miembros
pidieron que las respuestas se facilitaran a la Secretaría por escrito
en el plazo de un mes y les fuesen distribuidas en los distintos idiomas de
trabajo. Asimismo, pidieron que se diera la mayor difusión posible a
la Convención y expresaron la esperanza de que constituyera un instrumento
útil para que las mujeres de Rwanda pudieran conseguir que el Gobierno
asumiera su compromiso internacional de mejorar la condición jurídica
y social de la mujer.