Zimbabwe
120. El Comité examinó el informe inicial de Zimbabwe (CEDAW/C/ZWE/1)
en sus sesiones 366ª, 367ª y 372ª, celebradas el 22 y el 27 de
enero de 1998 (véase CE- DAW/C/SR.366, 367 y 372).
121. La representante de Zimbabwe expresó el compromiso del Gobierno
de su país con la plena aplicación de la Convención y la
consecución de la igualdad de género. Se han logrado grandes progresos
en esta esfera, incluso el establecimiento del mecanismo nacional para el adelanto
de la mujer y un Comité Interministerial de Derechos Humanos. Se había
formulado también un Programa de Acción Nacio- nal y Visión
2020, se habían promulgado las disposiciones jurídicas pertinentes
y se habían nombrado en todos los ministerios centros de coordinación
sobre cuestiones relacio- nadas con el género. Pese a todo esto, prevalecen
actitudes negativas hacia la mujer, y además las costumbres y el derecho
consuetudinario discriminatorios sigue contribuyen- do a que la condición
jurídica y social de la mujer evolucio- ne a un ritmo lento.
122. Durante la preparación del informe se celebraron consultas con las
organizaciones no gubernamentales y los institutos de investigación especializados
en cuestiones relacionadas con el género y el desarrollo, los cuales
partici- paron también activamente en la promoción de la igualdad
de género.
123. La representante señaló que la Constitución se había
enmendado en 1997 y que ahora se prohíbe explícitamente la discriminación
basada en el género, además en otros instrumentos jurídicos,
entre ellos, la Ley sobre eliminación de la discriminación por
motivos de sexo, también se prohíbe la discriminación basada
en el sexo.
124. El Ministerio de Desarrollo de la Comunidad y Asun-tos de la Mujer se estableció
como mecanismo nacional para el adelanto de la mujer en 1981. Pese a la disolución
de este ministerio, el mecanismo nacional continúa sus funciones y en
todos los ministerios principales se han nombrado
centros de coordinación para asuntos relacionados con el género.
125. La representante se refirió al establecimiento de un Comité
Interministerial de Derechos Humanos que asesora al Gobierno en cuestiones relacionadas
con los derechos humanos, además dijo que las violaciones de los derechos
humanos, incluidas las relacionadas con el género, pueden ser investigadas
por el Ombudsman.
126. Se han introducido procedimientos judiciales para mejorar la experiencia
de las víctimas, incluso disposiciones que les permiten prestar testimonio
en una habitación separada. La violencia contra la mujer sigue siendo
un grave problema, por lo que se ha introducido la capacitación en cuestiones
relacionadas con el género para policías y funcionarios del poder
judicial.
127. Se han puesto en práctica medidas de acción afirmati-va,
en particular en las esferas de la educación, el empleo, y la participación
y la adopción de decisiones a nivel político, pero los estereotipos
sobre las funciones de cada sexo siguen influyendo en la actitud de muchos zimbabwen-
ses. A ese respecto, el Gobierno ha emprendido un programa para revisar los
libros de texto escolares y se está formulan- do un programa de estudios
sobre derechos humanos que se impartirá en los niveles primario y secundario.
128. La representante señaló que el VIH/SIDA es un serio problema
en Zimbabwe y que la pandemia ha aumentado la carga que pesaba sobre la mujer.
Las mujeres de las zonas rurales, por regla general, están en gran desventaja
en comparación con las que viven en las zonas urbanas.
129. La representante concluyó señalando que el mecanis-mo nacional
para el adelanto de la mujer ha elaborado una lista de estatutos que no se ajustan
a la Convención. Por otra parte, la Convención, traducida a los
dos idiomas locales principales, ha tenido amplia difusión en forma simplificada.
Observaciones finales del Comité
Introducción
130. El Comité felicita al Gobierno por haber ratificado la Convención
sin reservas y acoge con beneplácito el informe inicial del Estado parte
que es amplio y franco en su análisis de los obstáculos con que
tropieza la aplicación de la Convención. El Comité también
observa con satisfacción que el informe se ha preparado en consulta con
las organiza- ciones no gubernamentales. Se agradece además la informa-
ción adicional proporcionada en la exposición oral. El Comité
aplaude el hecho de que la delegación fuera de alto nivel, ya que incluía
al Ministro de Asuntos Nacionales, Creación de Empleo y Cooperativas.
Aspectos positivos
131. El Comité expresa su agradecimiento por el firme compromiso del
Gobierno de promover la condición jurídica y social de la mujer
y encomia al Gobierno por haber establecido el mecanismo nacional para el adelanto
de la mujer después de la independencia, y por haber creado centros de
coordinación sobre cuestiones relacionadas con el género en cada
ministerio.
132. El Comité toma nota con satisfacción de que la Constitución
se ha enmendado para prohibir todo acto discriminatorio por motivos de sexo.
133. El Comité encomia al Gobierno por haber traducido la Convención
a fin de alentar su difusión.
134. El Comité encomia al Gobierno de Zimbabwe por haber emprendido diversas
iniciativas, incluida la formula- ción de una política nacional
sobre la perspectiva de género para aplicar la Plataforma de Acción
de Beijing.
135. El Comité toma nota con satisfacción del estableci-miento
del Comité Interministerial de Derechos Humanos, así como del
fortalecimiento de la Oficina del Ombudsman que ahora puede investigar las actuaciones
de la policía y las fuerzas de seguridad. Ello afianza el reconocimiento
de los derechos humanos y el goce de estos derechos por parte de la mujer.
136. El Comité encomia al Gobierno por haber creado políticas
nacionales claras y pertinentes para la mujer en consonancia con los acuerdos
internacionales, en particular con la Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer.
137. El Comité celebra la introducción de capacitación
en cuestiones relacionadas con el género para oficiales de policía
y el establecimiento de tribunales en los que no se discrimina a la víctima.
138. El Comité también encomia la aplicación de las medidas
de acción afirmativa en relación con la educación, el empleo
y la participación política, en particular en los consejos rurales.
Factores y dificultades que afectan a la aplicación de la Convención
139. El Comité toma nota con suma preocupación de que, pese a
que en las leyes nacionales se garantiza la igualdad de condiciones de la mujer,
la persistencia de las prácticas del derecho consuetudinario propician
la discriminación contra la mujer, en particular en el contexto de la
familia. El Comité toma nota con descontento de las actitudes tradicionales
y socioculturales prevalecientes respecto de la mujer que contribuyen a mantener
imágenes negativas de ésta que impiden su emancipación.
140. El Comité toma nota con preocupación de la repercu-sión
negativa de los programas de ajuste estructural, espe- cialmente en las esferas
de la educación, la salud y el empleo.
Principales esferas de preocupación
141. El Comité expresa su preocupación por el hecho de que prácticas
tradicionales discriminatorias, como la lobola (el pago de dote), la poligamia
y la mutilación genital femenina sigan siendo aceptadas. Pese a que en
la Constitución se tipifica como delito todo acto de discriminación
basado en el sexo y además se declara ilegal la práctica de la
lobola, las tradiciones y el derecho consuetudinario mantienen la discriminación.
142. El Comité toma nota con preocupación de que muchos actos
de violencia contra la mujer, sobre todo en la sociedad y en el hogar, no se
tengan en cuenta en la ley. La violencia contra la mujer constituye una seria
violación de los dere- chos humanos de la mujer. Por otra parte, el Gobierno
no presta suficiente apoyo para ayudar a las víctimas de la violencia
con medidas, como los programas de rehabilitación y los albergues temporales.
143. El Comité expresa su preocupación porque el Ministe-rio de
Asuntos Nacionales, Creación de Empleo y Cooperati- vas en su calidad
de mecanismo nacional para el adelanto de la mujer no tiene en realidad poder
para iniciar y aplicar medidas normativas encaminadas a eliminar la discrimina-
ción contra la mujer ni es responsable de hacerlo.
144. Si bien el Comité cree en la eficacia de contar con centros de enlace
en materia de género en todos los ministe- rios, está preocupado
por la falta de un órgano central de coordinación funcional dotado
de un presupuesto ordinario.
145. El Comité expresa su preocupación por el nivel escaso de
participación de la mujer en la adopción de decisiones.
146. El Comité expresa su desagrado por el hecho de que la ley castiga
a las prostitutas y no a sus clientes. El Comité toma nota con inquietud
de que las mujeres pobres, la mujeres migrantes y las mujeres de otros sectores
margina- dos son particularmente vulnerables y a menudo recurren a la prostitución
como un medio de supervivencia. El Comité toma nota con preocupación
de la falta de datos sobre las mujeres que ejercen la prostitución y
de programas para ellas, lo que sugiere que el Gobierno no ha abordado en forma
adecuada el artículo 6 de la Convención.
147. El Comité está profundamente preocupado acerca del efecto
de la pandemia del VIH/SIDA y de la alta tasa de infección entre las
mujeres jóvenes, que representan el 84% de los infectados entre 15 y
19 años y el 55% entre 20 y 29 años. El Comité señala
su particular preocupación al respec- to habida cuenta de los riesgos
de transmisión a los niños en el parto y el amamantamiento.
148. El Comité también está preocupado acerca de los informes
sobre la negativa de algunos prestadores de servi- cios sanitarios a proporcionar
servicios de planificación de la familia a las adolescentes que tienen
relaciones sexuales a pesar de no existir restricciones legales al respecto.
149. El Comité expresa su preocupación acerca de que las mujeres
en las zonas rurales a menudo sufren más como resultado de las actitudes
negativas y las prácticas discrimi- natorias tradicionales prevalecientes.
Además, las mujeres en las zonas rurales a menudo trabajan más
horas que cualquier otro grupo.
150. El Comité también está preocupado por la carencia
de sistemas de apoyo para que las adolescentes embarazadas prosigan sus estudios.
Observa con desagrado que no haya estadísticas detalladas sobre el embarazo
en la adolescencia.
Sugerencias y recomendaciones
151. El Comité exhorta al Gobierno a que asuma un papel más dinámico
introduciendo medidas concretas para abolir todas las costumbres y prácticas
discriminatorias.
152. El Comité exhorta al Gobierno a que revise las funcio-nes del mecanismo
nacional con miras a dotarlo de autoridad y recursos financieros para iniciar
y aplicar programas normativos encaminados a eliminar la discriminación
contra la mujer. El mecanismo nacional también debería actuar
como órgano coordinador de todos los centros de enlace de los ministerios.
Además debería organizar una campaña de sensibilización
del público sobre igualdad en materia de género dirigida tanto
a las mujeres como a los hombres. Por otra parte, habría que organizar
una campaña encaminada a promover, con la participación de los
medios de informa- ción, una imagen positiva de la mujer.
153. El Comité sugiere que la capacitación en cuestiones de género
se amplíe a todos los sectores, incluso el de los trabajadores de la
salud.
154. El Comité recomienda también que se proporcionara periódicamente
al Presidente y a los Ministros del Gobier- no información sobre los
progresos realizados en la aplicación de la Convención y la Plataforma
de Acción de Beijing. Recomienda la adopción de medidas para velar
por que el Presidente y los Ministros rindan cuentas de la incorporación
de la perspectiva de género en sus respectivos departamentos.
155. El Comité recomienda la adopción de medidas provi-sionales
especiales de acción afirmativa para promover la condición de
la mujer en todas las esferas de la sociedad.
156. El Comité sugiere que el Gobierno amplíe las funcio-nes de
la Oficina del Ombudsmana fin de que pueda tratar las denuncias de discriminación
por género en los sectores público y privado.
157. El Comité recomienda que se codifiquen el derecho de la familia
y el derecho consuetudinario incorporando únicamente las prácticas
que promueven la igualdad de género y la habilitación de la mujer.
158. El Comité recomienda enérgicamente que el Gobierno aborde
en forma pertinente el artículo 6 de la Convención aplicando programas
socioeconómicos que asistan a las mujeres que viven de la prostitución.
El Comité insta al Gobierno que documente en forma sistemática
la prevalencia de la prostitución de forma tal de permitirle elaborar
progra- mas de asistencia al respecto.
159. Tomando nota de que el aborto ilegal, según el Gobier-no, es la
causa principal de muerte de las mujeres en Zim- babwe, el Comité recomienda
que el Gobierno evalúe nuevamente la ley que prohíbe el aborto
con miras a liberali- zarlo y despenalizarlo.
160. El Comité insta al Gobierno a que intensifique sus es-fuerzos para
luchar contra la pandemia del VIH/SIDA y para garantizar que se suministre a
todas las mujeres, y en parti- cular a las adolescente, información,
educación y servicios apropiados en materia de salud sexual y reproductiva.
161. El Comité sugiere que el Gobierno imparta educación sexual
y sobre planificación de la familia a jóvenes y adultos.
162. El Comité solicita información más detallada y adecua-da
sobre todas las formas de violencia contra la mujer, la prostitución,
y sobre la trata de mujeres en el próximo informe.
163. El Comité pide que se incluyan en el próximo informe datos
detallados e información pertinente sobre el embarazo en la adolescencia
y la posibilidad de las madres jóvenes de proseguir su educación.
164. El Comité alienta al Gobierno de Zimbabwe a seguir desplegando esfuerzos
para aplicar la Plataforma de Acción de Beijing. También recomienda
el establecimiento de un órgano central de coordinación que funcione
efectivamente y disponga de un presupuesto ordinario para acelerar la aplicación
de los programas y políticas del Gobierno relacio- nados con el género.
165. El Comité pide al Gobierno que utilice sus recomenda-ciones generales
para planificar las medidas encaminadas a lograr adelantos en la condición
de la mujer y que aplique esas medidas con mayor eficacia.
166. El Comité pide que se difundan ampliamente en Zimbabwe estas observaciones
finales a fin de que el pueblo de Zimbabwe y, en particular, los altos funcionarios
públicos y los políticos tomen conciencia de las medidas que se
han venido adoptando para garantizar la igualdad de facto de la mujer y las
medidas que aún es preciso adoptar al respecto. También pide al
Gobierno que continúe difundiendo amplia- mente y, en particular, a las
organizaciones de mujeres y de derechos humanos, la Convención, las recomendaciones
generales del Comité y la Declaración y la Plataforma de Acción
de Beijing.