University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, Chad, U.N. Doc. A/48/18, paras. 162-171 (1993).



 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Observaciones finales del Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial


Chad

162. En sus sesiones 980ª y 983ª, celebradas los días 17 y 18 de marzo de 1993 (véase CERD/C/Sr. 980 y 983), el Comité examinó la aplicación de la Convención por el Chad basándose en el informe anterior del país (CERd/C/114/Add.2) y en el examen de éste por el Comité (véase CERD/C/SR.838). El Comité observó que no se había recibido ningún informe desde 1986.

163. El representante del Estado Parte explicó que durante el anterior régimen dictatorial del Presidente Hissène Habré se habían aplicado muchas medidas discriminatorias en favor de los goranes, tribu a la que pertenecía el ex Presidente. Durante los años de la dictadura, 1982 a 1990, más de 40.000 personas habían sido asesinadas, más de 80.000 niños quedaron huérfanos, más de 30.000 mujeres quedaron viudas y más de 200.000 personas fueron privadas de todo apoyo material o moral. El nuevo Gobierno democrático había ido tomando diversas medidas en un esfuerzo por establecer el estado de derecho y garantizar el respeto de los derechos humanos. Entre las medidas adoptadas figuraba la creación, mediante el decreto No. 14/P-CE/CJ/90, de una comisión para investigar los crímenes cometidos bajo la dictadura. El cargo de Ministro de Asuntos Humanitarios había sido creado recientemente a fin de establecer las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos humanos, coordinar las empresas humanitarias, vigilar el respeto de los derechos humanos y educar al público en general a este respecto, así como proporcionar un mecanismo para reparar los daños sufridos por las víctimas de violaciones de los derechos humanos. Además, la recientemente establecida Comisión Nacional de Derechos Humanos investigaba los informes sobre violaciones de los derechos humanos, incluidos la tortura, las desapariciones y la detención arbitraria, y promovía la enseñanza en materia de derechos humanos. Los derechos humanos fundamentales estaban ahora garantizados en la Nueva Carta de la República, aprobada en marzo de 1991 en virtud del Decreto No. 001/PR/91. Por último, el Gobierno había tomado las medidas necesarias para ratificar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

164. El representante del Estado Parte aseguró al Comité que no había presos políticos en el Chad y que ningún periodista estaba detenido. No se había promulgado un estado de excepción desde el 1º de diciembre de 1992. El Gobierno actual hacía todo lo posible por restablecer la paz en el país tras 30 años de guerra civil. Si bien el Chad no había estado representado en las deliberaciones del Comité desde 1986, lo estaría en el futuro.

165. Los miembros del Comité acogieron con beneplácito la presencia del representante del Chad y expresaron su satisfacción por el restablecimiento del diálogo con ese Estado Parte. El representante había proporcionado al Comité abundante información útil. Sin embargo, quedaban todavía algunas esferas que requerían más aclaración. En particular, los miembros del Comité manifestaron el deseo de contar con más información relativa al tamaño de los diversos grupos étnicos del Chad y la medida en que se respetaban sus derechos económicos, sociales y culturales. A ese respecto, el Gobierno debía comunicar al Comité los resultados del censo de 1993. Los miembros del Comité declararon que se debían tomar medidas para ayudar a los diversos grupos étnicos en materia de cultura, enseñanza y bienestar social. Expresaron asimismo su preocupación por la presunta persecución del grupo étnico hajerai, que había estado estrechamente asociado al régimen anterior. Se necesitaba también información acerca de si los grupos étnicos vulnerables estaban adecuadamente representados en la nueva Comisión Nacional de Derechos Humanos.

166. Los miembros del Comité invitaron al Estado Parte a que prosiguiese el diálogo presentando un nuevo informe que se conformase con las directrices generales revisadas del Comité para la presentación de informes.

167. En su respuesta, el representante del Estado Parte declaró que el Chad contaba en su población con no menos de 110 tribus. Aseguró a los miembros del Comité que la discriminación racial no era una tradición en el Chad. Durante el régimen anterior se había tratado de crear divisiones en el país entre el norte y el sur, entre los cristianos y los musulmanes y entre los que hablaban francés y los que hablaban árabe. Desde entonces se había puesto fin a todas estas prácticas discriminatorias. En estos momentos había 33 partidos políticos en el Chad. A fin de impedir el surgimiento del tribalismo, la ley exigía a cada partido que tuviese miembros en por lo menos 10 de las 14 regiones del país. El grupo étnico hajerai había sido reintegrado; las personas detenidas en los enfrentamientos de 1991 habían sido puestas en libertad.

168. Más respuestas a las preguntas formuladas por los miembros del Comité figurarán en el próximo informe que presente el Chad.

Observaciones finales provisionales

169. El Comité acogió con beneplácito la presencia del Ministro de Asuntos Humanitarios del Chad, quien había venido para presentar el punto de vista de su Gobierno, demostrando así la voluntad del Chad de reanudar el diálogo con el Comité después de muchos años de silencio.

170. El Comité tomó nota con satisfacción del compromiso asumido por el representante del Chad de presentar el informe periódico de la manera prescrita en el próximo período de sesiones y reiteró su ofrecimiento de los servicios de asesoramiento del Centro de Derechos Humanos para ayudar al Chad en la preparación del informe, si así lo deseaba.

171. El Comité destacó la especial importancia que asignaba, durante el actual período de transición del país, a las medidas adoptadas por el Gobierno del Chad para consolidar el estado de derecho e impedir el retorno de un régimen dictatorial o de cualesquiera políticas de discriminación o presión contra determinados grupos étnicos.




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