University of Minnesota



Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, France, U.N. Doc. A/49/18, paras. 116-159 (1994).



 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA CONVENCIÓN

Observaciones finales del Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial

Francia


116. Los informes periódicos 9º, 10º y 11º de Francia, presentados en un solo documento (CERD/C/225/Add.2), fueron examinados por el Comité en sus sesiones 1014ª y 1015ª, celebradas el 1º de marzo de 1994 (véanse CERD/C/SR.1014 y 1015).


117. El informe fue presentado por el representante del Estado Parte, quien señaló que había 3,6 millones de extranjeros que residían en Francia, lo que representaba el 6,3% de la población total, incluidos los territorios y departamentos de ultramar. La integración de la población extranjera era una de las principales prioridades del Gobierno y se habían tomado diversas iniciativas para hacer frente a los problemas con que tropezaban los extranjeros, particularmente las familias, en lo relativo al empleo, la vivienda y la educación. Con tal fin se había preparado y traducido al árabe y al turco, para su distribución entre las familias recién llegadas, una guía titulada Vivre en France (Vivir en Francia).


118. El Comité se interesó especialmente por el nuevo Código Penal, que acababa de entrar en vigor el 1º de marzo de 1994 y que contenía diversas disposiciones encaminadas a evitar y sancionar los actos racistas y discriminatorios, incluidos los crímenes de lesa humanidad. Se habían tipificado dos nuevas infracciones, es decir, aprovecharse de las personas que se encontraban en situación vulnerable o dependiente para explotar su trabajo, y someter a alguien a condiciones de trabajo o de alojamiento incompatibles con la dignidad humana. Estos y otros cambios se ponían de relieve en una guía sobre la nueva legislación antirracista publicada recientemente, y que recibiría amplia difusión.


119. Se habían tomado otras medidas para combatir el racismo, en particular la creación de dependencias contra el racismo a nivel del departamento. Esas dependencias, integradas por representantes del Estado, la profesión jurídica y otras organizaciones profesionales y miembros elegidos de la administración local, se ocupaban particularmente de educación, vivienda y de cuestiones de policía y administración de justicia y formulaban recomendaciones dirigidas a la administración. El sistema también preveía un diálogo entre las organizaciones antirracistas y los servicios oficiales, que permitía resolver más rápidamente los problemas que se planteaban.


120. Los miembros del Comité expresaron su satisfacción por el informe presentado por el Gobierno de Francia y agradecieron al representante del Estado Parte la información actualizada y detallada contenida en su introducción.


121. Los miembros del Comité expresaron su preocupación por la presencia preponderante de jóvenes entre los condenados por actos racistas y por el gran número de jóvenes que en Francia daban su apoyo a los políticos ultranacionalistas que propugnaban la intolerancia racial y étnica. En cuanto a los territorios de ultramar, pidieron información estadística sobre la composición de la población de Nueva Caledonia y las condiciones sociales y económicas en que vivían los canacos. Querían saber qué medidas se habían tomado para proteger y desarrollar el idioma y la cultura indígenas en los territorios de ultramar y si era cierto que en las islas de Polinesia una gran proporción de la tierra pertenecía hoy a hoteles o al sector turístico. Preguntaron qué medidas había tomado el Gobierno para salvaguardar la identidad de la población autóctona de la Polinesia Francesa.


122. En relación con el artículo 1 de la Convención, los miembros del Comité hicieron preguntas acerca de la protección contra la discriminación en la práctica. Pidieron más información sobre los cambios de las leyes de nacionalidad y, en particular, sobre si esos cambios eran compatibles con la Convención. Querían saber si se habían obtenido resultados prácticos en lo referente a la aplicación de la Ley No. 89-548 relativa a la mejora de las condiciones que rigen la residencia de los extranjeros en Francia. En relación con las disposiciones del nuevo Código Penal relativas a los crímenes de lesa humanidad, los miembros del Comité preguntaron quiénes podían ser los culpables de esos crímenes y cuáles eran las principales penas impuestas.


123. En relación con el artículo 2 de la Convención, los miembros del Comité preguntaron si, conforme a la legislación que acababa de adoptarse, era posible adoptar medidas para favorecer a ciertos grupos raciales vulnerables, según se preveía en el párrafo 2 del artículo 2 de la Convención. También querían saber si era posible que los niños de origen extranjero aprendieran su idioma materno y conservaran su identidad cultural o si la política vigente era la de integrarlos en la sociedad como ciudadanos franceses. Se manifestaron preocupados por la posibilidad de que la Ley sobre el almacenamiento informatizado de datos personales limitara las investigaciones sobre la incidencia de las desigualdades étnicas. Algunos miembros del Comité pidieron más información sobre el derecho de las personas que vivían en los departamentos y territorios de ultramar a poseer bienes y a tener acceso a los servicios educativos y sanitarios. En cuanto al artículo 3, se señalaron las tendencias sociales a la segregación en materia de residencia y de educación.


124. En relación con el artículo 4 de la Convención, los miembros del Comité querían saber si el número de condenas por un cargo principal de racismo había seguido aumentando en 1992 y 1993 y si habían sido declaradas ilegales y disueltas, de conformidad con la Convención, las organizaciones culpables de apoyar los actos racistas o de publicar propaganda racista. También deseaban saber qué medidas se habían tomado para evitar actos y violencia racistas como los que ocurrían en otros países de Europa. A ese respecto pidieron más información sobre las actividades de la Dependencia para la lucha contra el racismo y el antisemitismo, tomando nota de las diversas manifestaciones de racismo y de xenofobia. Querían saber qué medidas se habían tomado para dar aplicación a la disposición de la Ley de 31 de diciembre de 1987 por la que se prohibía ofrecer, dar o vender a menores publicaciones de carácter racista o xenófobo. Los miembros del Comité querían tener información sobre el número de personas de origen vietnamita o camboyano y sobre si esas personas habían sido objeto de propaganda o ataques racistas en Francia.


125. En cuanto al artículo 5 de la Convención, el Comité quería saber qué medidas se habían tomado para garantizar que la policía no realizaba de manera discriminatoria los controles de identidad preventivos. Los miembros preguntaron qué limitaciones se imponían a la utilización de los idiomas y dialectos regionales, por ejemplo los que se hablaban en Bretaña y Alsacia, y si ciertas informaciones relativas a la familia, por ejemplo los avisos de nacimiento y las esquelas mortuorias, sólo podían publicarse en los periódicos en francés.


126. Refiriéndose al artículo 6 de la Convención, algunos miembros del Comité querían saber cuál era el efecto práctico de la decisión de ampliar la lista de asociaciones autorizadas a iniciar actuaciones judiciales en casos de incitación a la discriminación racial, el odio, la violencia, la difamación o el insulto.

127. En relación con el artículo 7 de la Convención, los miembros del Comité querían saber qué medidas se habían tomado para asegurar una formación adecuada de la policía en cuestiones relativas a la discriminación racial, a la luz de la recomendación general No. XIII (42) del Comité, y si la policía de fronteras y los funcionarios de inmigración no hacían ninguna discriminación en el caso de los extranjeros no europeos que querían entrar en el país.


128. Contestando a las preguntas y observaciones de los miembros del Comité, el representante del Estado Parte dijo, en relación con el nuevo Código de Nacionalidad francés, que la elección voluntaria de la nacionalidad favorecía la integración; así pues, los jóvenes nacidos en Francia de padres no franceses y residentes en Francia podían hacer esa elección en cualquier momento entre los 16 y los 21 años. En la nueva ley no se ponía en entredicho el concepto de jus soli, dado que la nacionalidad francesa se concedía automáticamente desde el nacimiento a los hijos de padres franceses, a los nacidos en Francia de padres no franceses también nacidos en Francia y a los nacidos en Francia de padres nacidos en el extranjero cuando los padres no transmitieran su nacionalidad. Sobre los 21 años, los jóvenes que no hubieran optado por la nacionalidad francesa podían adquirirla por el procedimiento ordinario de naturalización. En lo relativo al matrimonio, el nuevo Código establecía un período de dos años, en lugar de los seis meses que antes se exigían, para que el cónyuge no francés pudiera adquirir la nacionalidad francesa. Cada año unos 100.000 extranjeros adquirían la nacionalidad francesa. En relación con la pregunta sobre los camboyanos y los vietnamitas, dijo que el número de personas de origen camboyano, vietnamita, lao y chino que residían en Francia en 1990 era de 38.231, 29.855, 23.703 y 12.672, respectivamente; las cifras relativas a los oriundos de esos países nacidos en Francia y residentes en Francia ese mismo año eran de 9.138, 3.888, 8.100 y 1.065.


129. Contestando a las preguntas sobre la inmigración, el representante del Estado Parte dijo que el objetivo de las autoridades francesas era controlar la corriente de extranjeros y luchar contra la entrada clandestina en el país, y que Francia respetaba sin reservas el principio de la libre circulación de las personas y mercancías. La legislación por la que se establecían medidas para controlar la legalidad de los desplazamientos a través de las fronteras del país y para persuadir a los no ciudadanos culpables de entrar ilegalmente en Francia de regresar a sus países se había sometido al dictamen del Consejo Constitucional, que verificaba su conformidad con los instrumentos internacionales pertinentes en los que era parte Francia. El representante puso de relieve las recientes enmiendas a la legislación sobre los controles de identidad, la detención administrativa, las condiciones en las zonas internacionales de tránsito en los aeropuertos y puertos de mar, la reunificación de las familias, la asistencia médica y la concesión del asilo, que habían reforzado apreciablemente la protección de que disfrutaban los extranjeros. En cuanto a las preguntas y críticas relativas a las condiciones de la detención administrativa, dijo que oficialmente se había reconocido que había deficiencias que se estaban corrigiendo. Añadió que también se estaban tomando medidas para garantizar que las personas sometidas a detención administrativa pudieran ejercer plenamente sus derechos.


130. Refiriéndose al asilo político, el Representante del Estado Parte señaló que en el preámbulo de la Constitución de la República Francesa sólo se enunciaba una serie particular de circunstancias que hacían obligatoria la concesión del asilo en el caso de los demandantes que llegaran directamente a territorio francés desde sus propios países o desde países que no fueran miembros de la Unión Europea; Francia era parte en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y había firmado la Convención de Dublín y el Acuerdo de Schengen.


131. Respecto de la cuestión de los matrimonios mixtos, los cónyuges extranjeros de ciudadanos franceses que reunían las condiciones exigibles para entrar en Francia podían entrar en el país, pero tenían que esperar un año para que su permiso provisional se transformara en permiso de residencia, que también servía como permiso de trabajo. Podían tener derecho a trabajar antes de recibir un permiso de residencia si presentaban un contrato que demostrara que ocupaban un empleo. La legislación reciente trataba de reducir la concentración de determinados grupos en las zonas urbanas.


132. El acceso a los servicios sanitarios franceses dependía de la regularidad de la situación del interesado. Los inmigrantes ilegales podían recibir la asistencia médica que se prestaba a todas las personas, de conformidad con las disposiciones de las convenciones europeas pertinentes.


133. Contestando a las preguntas sobre la formación de los funcionarios de policía, dijo que incluso si los candidatos habían aprobado el examen de ingreso sus antecedentes tenían que ser impecables; los funcionarios de policía podían ser objeto de severas sanciones por las faltas de conducta relacionadas con el servicio o las infracciones personales y tenían que llevar encima un ejemplar del código de ética.


134. Contestando a una pregunta sobre la autorización de los partidos políticos que representaban a una religión o un grupo étnico concretos, el representante del Estado Parte dijo que como los partidos políticos eran asociaciones tenían derecho a que sus objetivos fueran de carácter étnico o religioso. En Francia no había ningún partido político de ese tipo.


135. En cuanto a las preguntas relativas a las sanciones que se imponían por delitos de carácter racista, el representante dijo que los insultos racistas se habían castigado en 1991 con 9 sentencias de prisión y 18 sentencias con suspensión condicional del cumplimiento de la pena, y en 1992 se habían impuesto 8 sentencias de prisión y 13 sentencias con suspensión condicional del cumplimiento; por el delito de incitación al odio racial en 1991 se habían impuesto 3 condenas de prisión y 7 condenas con suspensión condicional del cumplimiento y en 1992 2 condenas de prisión y 3 condenas con suspensión condicional del cumplimiento de la pena. En diciembre de 1992 el Tribunal de París había condenado a dos personas a seis meses de prisión por publicar un libreto que propugnaba un "Estado ario" de estilo nazi. Podía imponerse durante un período máximo de cinco años una pena de privación de los derechos civiles, que incluía la imposibilidad de formar parte de un jurado, ocupar un cargo en la administración pública o presentarse a una elección; esa pena se imponía con frecuencia en casos que entrañaban delitos racistas.


136. En respuesta a una pregunta relativa a la disolución de los grupos racistas, dijo que cualquier partido o asociación que propugnara el odio o la violencia racial podía ser disuelto; hasta ahora se había utilizado el procedimiento administrativo, mediante un decreto de la Presidencia, pero en el artículo 131 (39) del nuevo Código Penal se castigaba ese delito cuando el culpable era una persona jurídica.


137. Había habido cambios en la ley que rige los controles de identidad: los funcionarios de policía sólo podían controlar los documentos de identidad en casos en que existiera una amenaza al orden público o un peligro para las personas o los bienes. Todo control de identidad de un extranjero que estuviera basado únicamente en su aspecto físico no sería considerado válido por los tribunales.


138. En lo relativo a las peticiones de información más detallada sobre los crímenes de lesa humanidad, el representante del Estado Parte dijo que la legislación francesa hacía una distinción entre los crímenes cometidos durante la segunda guerra mundial y los crímenes sancionables desde el 1º de marzo de 1994 conforme al nuevo Código Penal, siempre que fueran cometidos por ciudadanos franceses o que sus víctimas fueran ciudadanos franceses.


139. En cuanto a las preguntas hechas acerca de los territorios y departamentos de ultramar, el representante dijo que los territorios de ultramar no se regían por las leyes aplicables en Francia metropolitana y sus departamentos de ultramar. Los principios de la Constitución se aplicaban de la misma manera en todos los territorios franceses. En el caso de Nueva Caledonia el Gobierno francés, el propio territorio y las provincias tenían jurisdicciones distintas. En cuanto a la propiedad de la tierra, en Nueva Caledonia existía desde 1988 un sistema de redistribución de la propiedad y en cuatro años se habían redistribuido unas 70.000 hectáreas. En la Polinesia Francesa la propiedad de la tierra estaba en manos de los polinesios.


Observaciones finales


140. En su 1040ª sesión, celebrada el 18 de marzo de 1994, el Comité aprobó las siguientes observaciones finales.


a) Introducción


141. Se celebra la oportunidad de continuar el diálogo con el Gobierno de Francia, y se expresa reconocimiento por la presencia, durante el examen del informe, de una delegación formada por funcionarios de diversos servicios relacionados con la protección de los derechos humanos. Aunque en el informe no se consigne información sobre varias cuestiones, la información facilitada por la delegación al presentar el informe y las amplias respuestas dadas a las preguntas formuladas por los miembros del Comité aclararon varios puntos no desarrollados en el informe. Desgraciadamente, muchas preguntas quedaron sin responder.


b) Aspectos positivos


142. El Comité toma nota con satisfacción de las medidas que han tomado recientemente las autoridades francesas para prevenir la discriminación racial y la xenofobia e intensificar la lucha contra estos fenómenos. A este respecto el Comité acoge con satisfacción medidas como el establecimiento de dependencias departamentales para coordinar la acción encaminada a combatir el racismo, el papel otorgado a las organizaciones no gubernamentales en la lucha contra el racismo, establecido en la ley, la tipificación de un nuevo delito relativo a los crímenes de lesa humanidad en virtud de la Ley No. 90-615 de 30 de julio de 1990 y la entrada en vigor, el 1º de marzo de 1994, de la nueva disposición del Código Penal relativa a la responsabilidad penal de las personas jurídicas por el delito de discriminación. Se expresa también reconocimiento por la reciente publicación del informe de 1992 de la Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos, titulado "La lucha contra el racismo y la xenofobia". Esas medidas, así como otras enumeradas en el informe, indican la seriedad con que el Gobierno francés enfoca las obligaciones que le impone la Convención.


c) Principales motivos de inquietud


143. Se expresa grave preocupación ante las manifestaciones de racismo y xenofobia que parecen ir en aumento en Francia, así como en muchos otros países de Europa y en otros continentes. Preocupa especialmente la alta proporción de jóvenes que, según las estadísticas oficiales, participaron en acciones de violencia racial. Parece que una minoría extremista activa que propaga ideologías nacionalistas y racistas ha venido recibiendo apoyo creciente, especialmente en los sectores de la sociedad más afectados por el desempleo.


144. En el informe no se ha facilitado suficiente información acerca de las nuevas leyes de inmigración y asilo. Se expresa preocupación por el hecho de que la aplicación de estas leyes podría tener consecuencias racialmente discriminatorias, en especial en relación con la imposición de limitaciones al derecho de apelación a las órdenes de expulsión y la disposición relativa a la detención preventiva de extranjeros en puntos de entrada por períodos excesivamente largos. Se expresa asimismo preocupación por el hecho de que estas leyes pudieran generar o reforzar un ambiente xenofóbico en la sociedad francesa.


145. Se expresa preocupación por los procedimientos relativos a los controles de identidad que confieren a la policía, por razones preventivas, amplia discrecionalidad para comprobar la identidad de los extranjeros en público, medida que podría fomentar la discriminación en la práctica. Se expresa asimismo interés en que el personal de los servicios encargados de hacer cumplir la ley refleje la diversidad étnica de la población y que se organice una capacitación adecuada con respecto a la discriminación racial.


146. Se solicita información más completa en relación con la aplicación de los Acuerdos de Matignon, teniendo en cuenta los intereses de la población autóctona de Nueva Caledonia. Se expresa preocupación por las posibles graves limitaciones al desarrollo económico, social y cultural. Se solicita asimismo información más detallada sobre la población de la Polinesia Francesa.


147. En vista de la declaración hecha al Comité en 1989 en el sentido de que el Gobierno tenía la intención de averiguar las opiniones de las víctimas de la discriminación racial y reflejarlas en el informe siguiente, se expresa preocupación por la falta de esta información en el presente informe.


148. Se expresa preocupación por el hecho de que la ley sobre la tecnología de computadoras, archivos y libertades pudiera perjudicar la buena disposición del Gobierno para cerciorarse de si las víctimas de discriminación racial carecen efectivamente de protección y de recursos.


149. Se expresa preocupación por las tendencias sociales que dan lugar a la segregación en zonas de residencia y en el sistema escolar.


150. En 1983 se expresó preocupación por la adecuación de las sentencias impuestas por delitos motivados racialmente; se añade una nueva preocupación acerca de si las sentencias por homicidio por motivos raciales siguen una pauta coherente, independientemente del origen étnico de las víctimas.


d) Sugerencias y recomendaciones


151. El Comité recomienda que Francia refuerce sus leyes que prohíben las acciones que son discriminatorias en sus efectos, por motivos de raza, origen nacional o étnico, de conformidad con su recomendación general XIV (42), y a fin de conceder reparación a las víctimas de dicha discriminación.


152. El Comité recomienda que Francia, cuando revise sus normas que limitan determinadas ocupaciones a los nacionales franceses, se asegure de que ninguna sea discriminatoria en sus efectos.


153. El Comité recomienda que el Gobierno tome nuevas medidas preventivas para combatir la violencia racial y para aplicar plenamente el artículo 4 de la Convención, que obliga a los Estados partes a declarar ilegales y a prohibir las organizaciones que promuevan la discriminación racial e inciten a ella.


154. El Comité recomienda que, de conformidad con la recomendación general XIII (42), se fortalezca la capacitación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en normas de derechos humanos y que su contratación se amplíe a fin de que incluya más miembros con diferente origen étnico.


155. El Comité recomienda que Francia promulgue leyes que proporcionen una protección eficaz del ejercicio, sin discriminación, de los derechos al trabajo y a la vivienda, en los sectores público y privado, y que conceda reparación a las víctimas de discriminación.


156. Con respecto al apartado vi) del párrafo e) del artículo 5, el Comité pide al Estado Parte que comunique si idiomas distintos del francés (incluso el bretón, el vasco y el alemán) pueden utilizarse en gestiones oficiales y en las publicaciones de los medios de información.


157. El Comité pide más información sobre las decisiones judiciales relativas a la discriminación racial, las penas aplicadas y el pago de indemnización.


158. El Comité, tomando nota de que el 12º informe periódico de Francia deberá presentarse el 27 de agosto de 1994, invita al Gobierno a que presente un breve informe que actualice el 11º informe periódico y responda a las preguntas que no obtuvieron respuesta en el 44º período de sesiones. El Comité espera que el 13º informe sea amplio y que se presente a más tardar el 27 de agosto de 1996.


159. El Comité señala a la atención del Estado Parte la enmienda al párrafo 6 del artículo 8 de la Convención que fue aprobada en la 14ª Reunión de los Estados Partes y por la Asamblea General en su resolución 47/111, de 16 de diciembre de 1992, y alienta al Estado Parte a que acelere la adopción de medidas para aceptar oficialmente esa enmienda.

 

 



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