EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN
Observaciones finales del Comité para la Eliminación
de la Discriminación Racial
Santa Sede
1. El Comité examinó los informes periódicos 13º, 14º y 15º de la Santa Sede, que debían presentarse el 31 de mayo de 1994, 1996 y 1998, respectivamente, y fueron presentados en un solo documento (CERD/C/338/Add.11) en su 1425ª sesión (CERD/C/SR.1425) el 17 de agosto de 2000. Aprobó las observaciones finales que figuran a continuación en su 1433ª sesión (CERD/C/SR.1433) el 23 de agosto.
A. Introducción
2. El Comité toma nota de la presentación del informe de la Santa
Sede siguiendo las directrices generales al respecto. Le anima el diálogo
constructivo que sostuvo con la delegación y la reacción positiva
a las sugerencias y recomendaciones hechas durante el debate.
3. El Comité observa que la estructura y el carácter únicos
del Estado Parte tal vez limiten la posibilidad de tomar medias directas para
cumplir plenamente lo dispuesto en la Convención.
B. Aspectos positivos
4. El Comité toma nota con satisfacción que las leyes y enseñanzas
de la Iglesia católica promueven la tolerancia, la coexistencia amigable
y la integración multirracial y que en varios discursos el Papa Juan
Pablo II ha condenado abiertamente todas las formas de racismo, discriminación
racial y xenofobia manifestadas por medio de tensión y conflictos raciales
en todo el mundo. El Comité celebra la solemne petición de perdón
de Su Santidad por las acciones u omisiones de la Iglesia que hayan fomentado
o perpetuado la discriminación de distintos grupos en todo el mundo.
5. Se celebra la difusión de los principios de la Convención a
través de Radio Vaticano y l'Osservatore Romano (cotidiano del Vaticano).
6. El Comité celebra los esfuerzos del Estado Parte y lo anima a seguir cumpliendo su papel activo en la promoción de la prevención y solución de conflictos, así como de diálogo entre credos y en el seno de las religiones. En particular, señala las iniciativas positivas del Estado Parte para promover la paz y terminar los conflictos étnicos. También se le anima a continuar sus iniciativas a este respecto.
7. Se expresa reconocimiento por las contribuciones del Consejo Pontificio para la Pastoral de los Migrantes e Itinerantes, entre otras cosas, por medio de declaraciones y programas para promover la no discriminación de refugiados e inmigrantes en diversas partes del mundo. En este ámbito, el Comité señala los esfuerzos del Estado Parte para promover los derechos de los romaníes.
8. El Comité expresa su reconocimiento por el papel de la Iglesia católica en la promoción de la educación, en particular en los países en desarrollo. También celebra que se hayan abierto las escuelas católicas a niños de otras creencias, así como la promoción de la tolerancia, la paz y la integración por medio de la enseñanza. El Comité toma nota con satisfacción de que en muchos países en que la mayoría de la población no es cristiana, las escuelas católicas son un lugar para que los niños y jóvenes de distintos credos, culturas, clase social o procedencia étnica entren en contacto.
C. Motivos de preocupación y recomendaciones
9. El Comité recomienda que el Estado Parte ponga en ejecución
la Convención como corresponde y le pide que en su próximo informe
periódico suministre información sobre la relación del
artículo 4 con el derecho canónico y el derecho penal del Vaticano.
10. El Comité señala la explicación hecha en el párrafo
106 del informe de la participación de clérigos en el genocidio
en Rwanda en contra de los preceptos de la Iglesia católica. El Estado
Parte debería cooperar plenamente con las autoridades judiciales nacionales
y extranjeras en las actuaciones relativas a ese genocidio.
11. Si bien es cierto que celebra los amplios datos estadísticos suministrados en el informe del Estado Parte sobre los miembros y la estructura administrativa de la Iglesia Católica Romana y sobre los centros de enseñanza católicos en todo el mundo, el Comité pide que el Estado Parte suministre información sobre los habitantes y la estructura administrativa del Vaticano.
12. Se señala que no ha hecho la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención y algunos miembros de Comité piden que se considere la posibilidad de hacerla.
13. El Comité recomienda que el Estado Parte tome todas las medidas apropiadas para asegurar que se difundan ampliamente el informe y las presentes observaciones finales. El Comité también recomienda que el próximo informe periódico del Estado Parte ponga al día la situación y trate los puntos planteados durante el examen del informe.