EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA CONVENCIÓN
Observaciones finales del Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial
Seychelles
En su 1213ª sesión, celebrada el 21 de marzo de 1997 (véase
CERD/C/SR.1213), el Comité examinó la aplicación de la
Convención por Seychelles basándose en los informes anteriores
(CERD/C/128/Add.3) y en su examen por el Comité (véase CERD/C/SR.816).
El Comité observó con pesar que desde 1986 no se le había
presentado informe alguno.
El Comité lamentó que Seychelles no hubiera respondido a su invitación
de participar en la sesión y proporcionar información pertinente.
El Comité decidió que se enviara una comunicación al Gobierno
de Seychelles indicando sus obligaciones de presentación de informes
con arreglo a la Convención e instándole a que reanudara lo más
pronto posible el diálogo con el Comité.
El Comité sugiere que el Gobierno de Seychelles recurra a la asistencia
técnica ofrecida por el programa de servicios de asesoramiento y asistencia
técnica del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos/Centro de Derechos Humanos, a fin de preparar y presentar lo antes posible
un informe actualizado, elaborado de conformidad con las directrices para la
preparación de informes.