EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA CONVENCIÓN
Observaciones finales del Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial
Islas Salomón
446. En su 1166ª sesión, celebrada el 12 de agosto de 1996 (véase CERD/C/SR.1166), el Comité examinó la aplicación de la Convención por las Islas Salomón basándose en el informe anterior (CERD/C/101/Add.1) y su examen por el Comité (véanse CERD/C/SR.635, 636, 949 y 952). El Comité observó con pesar que desde 1983 no se le había presentado informe alguno.
447. El Comité lamentó que las Islas Salomón no hubieran
respondido a su invitación para que participara en la sesión y
proporcionara la información pertinente. El Comité decidió
que se enviara una comunicación al Gobierno de las Islas Salomón
recordándole sus obligaciones en materia de presentación de informes
derivadas de la Convención e instándole a reanudar lo antes posible
el diálogo con el Comité.
448. El Comité sugirió que el Gobierno de las Islas Salomón
recurriera a la asistencia técnica ofrecida por el programa de servicios
de asesoramiento y asistencia técnica del Centro de Derechos Humanos,
a fin de preparar y presentar lo antes posible un informe actualizado elaborado
de conformidad con las directrices para la preparación de informes.