EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA CONVENCIÓN
Observaciones finales del Comité para la Eliminación de
la Discriminación Racial
Suriname
En su 1237ª sesión, celebrada el 19 de agosto de 1997 (véase
CERD/C/SR.1237), el Comité examinó la aplicación de la
Convención por Suriname. El Comité observó con pesar que
desde la adhesión de Suriname a la Convención en 1984 no se le
había presentado el informe inicial.
El Comité lamentó que Suriname no hubiera respondido a su invitación
para que participara en la sesión y proporcionara la información
pertinente. La composición multiétnica y la existencia de poblaciones
indígenas en Suriname hace que la aplicación de la Convención
revista especial importancia. El Comité decidió que se enviara
una comunicación al Gobierno de Suriname, recordándole sus obligaciones
derivadas de la Convención e instándole a reanudar lo antes posible
el diálogo con el Comité.
El Comité sugirió que quizás el Gobierno de Suriname deseara
recurrir a la asistencia técnica ofrecida por el programa de servicios
de asesoramiento y asistencia técnica del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos/Centro de Derechos Humanos, a fin de preparar
y presentar para el 52º período de sesiones su informe inicial,
elaborado de conformidad con las directrices para la preparación de informes.