EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN
Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la
Discriminación Racial
TONGA
1. El Comité examinó los informes periódicos 11º,
12º y 13º de Tonga (CERD/C/319/Add.3) en su 1298ª sesión,
celebrada el 18 de agosto de 1998, y en su 1302ª sesión, celebrada
el 20 de agosto de 1998, aprobó las siguientes observaciones finales.
A. Introducción
2. El Comité acoge con agrado la presentación del informe del
Estado Parte, pero lamenta que la ausencia de una delegación en su período
de sesiones le impidiera iniciar un diálogo con el Estado Parte. El Comité
observa que el informe no se ajusta a las directrices para la presentación
de los informes.
B. Aspectos positivos
3. Se celebra como hecho muy positivo la regularidad con que se presentan los
informes periódicos, considerando que Tonga es un país pequeño
con recursos limitados.
4. Se observa con satisfacción que la Constitución contiene disposiciones
que prohíben la práctica de la discriminación racial y
garantizan la igualdad de derechos a todas las personas que se encuentran en
el territorio del Estado Parte. Se toma nota con interés de que en el
informe se declara que se han adoptado medidas para fomentar la integración
y las organizaciones multirraciales al permitir a los no tonganos que participen
en escuelas, empresas, la vida religiosa y otros aspectos de la vida pública.
5. La Constitución también contiene disposiciones que permiten
a toda persona presentar ante los tribunales una denuncia de discriminación
por motivos raciales. Asimismo se toma nota de que en el informe se declara
que los tribunales no han fallado en ningún caso relativo a discriminación
racial.
C. Principales motivos de preocupación
6. El informe no contiene suficiente información para que el Comité
pueda evaluar el grado de aplicación de la Convención en Tonga.
7. Se expresa preocupación, en particular, por la falta de leyes encaminadas
a hacer cumplir las disposiciones del artículo 4 de la Convención
y por la declaración que figura en el informe acerca de que Tonga no
tiene una política expresa de eliminación de la discriminación
racial.
8. Dada las características étnicas de la población, la
estructura de poder en el país y la configuración de la Asamblea
Legislativa, se deplora que el Estado Parte no haya proporcionado información
detallada sobre la aplicación de las disposiciones del artículo
5 de la Convención en relación con los diferentes grupos étnicos.
9. Es motivo de preocupación el hecho de que, al no haberse incorporado
en la legislación interna, la Convención no pueda invocarse ante
los tribunales.
D. Sugerencias y recomendaciones
10. El Comité recomienda que el próximo informe periódico contenga información actualizada sobre la población, de conformidad con el párrafo 8 de las directrices generales del Comité. El informe también debería contener información pormenorizada sobre la aplicación práctica de la Convención, especialmente los artículos 4 y 5.
11. El Comité recomienda que el Estado Parte presente un informe básico
lo antes posible.
12. El Comité recomienda que se incluyan en los programas de estudios
temas destinados a promover la tolerancia entre los diferentes grupos étnicos.
13. El Comité sugiere que, en la preparación del próximo
informe periódico, el Gobierno de Tonga recurra a la asistencia técnica
proporcionada en el marco del programa de servicios de asesoramiento y asistencia
técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos.
14. El Comité recomienda que el Estado Parte ratifique las enmiendas
al párrafo 6 del artículo 8 de la Convención aprobadas
en la 14ª Reunión de los Estados Partes en la Convención
el 15 de enero de 1992.
15. Se observa que el Estado Parte no ha hecho la declaración prevista
en el artículo 14 de la Convención y algunos miembros del Comité
pidieron que se estudiara la posibilidad de hacer esa declaración.
16. El Comité recomienda que en el próximo informe periódico
del Estado Parte, cuya fecha de presentación es el 17 de marzo de 1999,
se aborden todos los aspectos planteados en las presentes observaciones. También
expresa la esperanza de contar con la presencia de una delegación cuando
examine el informe.