PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL, EN PARTICULAR
PROCEDIMIENTOS DE URGENCIA Y DE ALERTA TEMPRANA
República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)
21. En su decisión 1 (42) el Comité había expresado su
grave preocupación sobre el conflicto étnico en curso en el territorio
de la antigua Yugoslavia y había pedido al Gobierno de la República
Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) y a otros gobiernos sucesores
que presentaran antes del 31 de julio de 1993 más información
sobre la aplicación de la Convención en su territorio. La información
recibida (véase CERD/C/248) del Gobierno de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)
fue examinada por el Comité en sus sesiones 1003ª a 1006ª (43º
período de sesiones), celebradas los días 13 y 16 de agosto de
1993 (véase CERD/C/SR.1003 a 1006). Durante ese examen, el representante
del Estado Parte manifestó la voluntad de su Gobierno de cumplir con
sus obligaciones en virtud de la Convención y de cooperar con el Comité
y con otros órganos internacionales en la búsqueda de soluciones
constructivas.
22. Teniendo en cuenta la voluntad expresada por el Gobierno durante el examen
del tema y la necesidad de promover un diálogo entre los albaneses de
Kosovo y el Gobierno, en sus observaciones finales el Comité ofreció
sus buenos oficios en la forma de una misión de sus miembros. El objetivo
de la misión era ayudar a promover un diálogo para encontrar la
solución pacífica de las cuestiones relativas al respeto de los
derechos humanos en Kosovo, en particular la eliminación de todas las
formas de discriminación racial y, siempre que fuera posible, ayudar
a las partes interesadas a lograr esa solución GOTOBUTTON N_6_ (6). El
Comité pidió al Estado Parte que respondiera el 1º de octubre
de 1993, a más tardar, si deseaba aceptar esa oferta. Posteriormente
se recibió la respuesta y una misión integrada por tres miembros
del Comité (el Sr. Hamzat Ahmadu, el Sr. Yuri Rechetov y el Sr. Rüdiger
Wolfrum) visitó la República Federativa de Yugoslavia (Serbia
y Montenegro) del 30 de noviembre al 3 de diciembre de 1993.
23. Durante su visita, la misión de buenos oficios se reunió con
autoridades de la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)
y de la República de Serbia, las autoridades serbias de Kosovo y representantes
de los albaneses étnicos de Kosovo. La misión no tuvo dificultades
para establecer contactos y expresó su reconocimiento por la estrecha
cooperación recibida de todas las autoridades y particulares con los
que estableció contacto y por el carácter muy franco y abierto
del intercambio de opiniones. Los miembros de la misión estimaron que
era necesario continuarla ya que durante la visita habían recibido indicios
positivos de que la misión podría cumplir la tarea que le había
sido encomendada.
24. En su 44º período de sesiones el Comité examinó
en sesiones privadas el informe provisional de la misión de buenos oficios.
Como resultado de ese examen, el Comité pidió a su Presidente
que dirigiera al Ministro de Relaciones Exteriores de la República Federativa
de Yugoslavia una carta en la que expresara el reconocimiento del Comité
al Gobierno por la cooperación y asistencia prestadas a la misión
de buenos oficios y en la que se propusiera, entre otras cosas, que se adoptaran
algunas medidas concretas, en particular en las esferas de la educación
y la atención de salud, con miras a normalizar la situación en
Kosovo. El Comité también esbozó posibles condiciones para
reunir en el futuro en Serbia a un grupo de representantes de las autoridades
provinciales, republicanas y federales y representantes de los albaneses étnicos
de Kosovo con miembros de la misión de buenos oficios.
25. En su 45º período de sesiones el Comité examinó
en sesiones privadas la respuesta recibida del Ministro de Relaciones Exteriores,
quien se refirió a la decisión aprobada en la 15ª reunión
de Estados Partes en la Convención el 17 de enero de 1994, por la que
se excluía a la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)
de participar en esa reunión. Como consecuencia de las deliberaciones,
el Comité pidió a su Presidente que comunicara al Ministro de
Relaciones Exteriores su deseo de que la cooperación del Estado Parte
con la misión de buenos oficios prosiguiera tal como lo había
acordado el Comité en su 44º período de sesiones. El Comité
también reiteró su petición, contenida en las observaciones
finales aprobadas por el Comité en su 43º período de sesiones
, de que el Estado Parte presentara más información sobre las
medidas adoptadas para aplicar la Convención.