University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Algeria, U.N. Doc. E/C.12/1/Add.71 (2001).



 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

ARGELIA


1. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales examinó el segundo informe periódico de Argelia sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1990/6/Add.26) en sus sesiones 65ª y 66ª, que se celebraron el 15 de noviembre de 2001, y aprobó las observaciones finales que figuran a continuación en su 81ª sesión, celebrada el 27 de noviembre de 2001.

A. Introducción

2. El Comité acoge con satisfacción el segundo informe periódico del Estado Parte, preparado de conformidad con las directrices del Comité. El Comité acoge con la misma satisfacción el franco diálogo con la delegación, integrada por funcionarios de varios ministerios.
3. El Comité lamenta que no se hayan transmitido a la Secretaría con la debida antelación las respuestas escritas a la lista de cuestiones planteadas por el Comité y que la delegación no haya respondido satisfactoriamente a varias preguntas del Comité.

B. Aspectos positivos

4. El Comité elogia la creación este año de una nueva Comisión Consultiva Nacional para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, cuyo mandato abarca los derechos económicos, sociales y culturales.

5. El Comité toma nota en particular de la adhesión del Estado Parte a la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en 1996.
6. El Comité toma asimismo nota de la puesta en marcha por el Gobierno de un programa trienal de recuperación económica 2001-2004.

7. El Comité acoge complacido la declaración de la delegación en el sentido de que se retirará la declaración interpretativa del artículo 8 del Pacto.

C. Factores y dificultades que impiden la aplicación del Pacto

8. El Comité toma nota del clima general de violencia que reina en Argelia desde 1992, así como de su grave crisis económica y social. Las consecuencias de los actos del terrorismo, unidas a las crisis políticas y económicas, han resultado desastrosas para la situación del país en general y para el disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales y políticos en particular.

9. El Comité toma nota asimismo de los efectos adversos de la elevada carga de la deuda externa, las exigencias de los programas de ajuste estructural y la pertinaz sequía en la capacidad del Estado Parte de cumplir sus obligaciones dimanantes del Pacto.

D. Principales motivos de preocupación

10. El Comité muestra su profunda preocupación por la continuación de la violencia y los actos de terrorismo en el país, que impide la plena realización de los derechos garantizados por el Pacto.

11. El Comité observa con inquietud que no existe jurisprudencia sobre la aplicación del Pacto y que no se ha invocado el Pacto ante los tribunales.

12. El Comité opina que las diversas medidas adoptadas por el Estado Parte en relación con la Declaración y Programa de Acción de Viena quedan lejos del amplio plan de acción nacional sobre derechos humanos que pide la Declaración y el Programa de Acción de Viena.

13. El Comité observa con preocupación que el árabe es el único idioma oficial del Estado Parte y que se continúa negando a la población amazigh el uso de su idioma a nivel oficial. El Comité toma nota del anuncio hecho por el Gobierno el 3 de octubre de 2001 de que se modificará la Constitución para convertir el amazigh en idioma nacional.

14. El Comité está hondamente preocupado por la persistente discriminación contra la mujer que se manifiesta en la sociedad argelina en las esferas política, social y económica, y por la inferior posición de la mujer según el código de la familia del Estado Parte, a que ya hizo referencia en sus observaciones finales sobre el informe inicial de Argelia. En este sentido, el Comité expresa su profunda inquietud por la considerable divergencia existente en el Estado Parte entre las disposiciones constitucionales por un lado y la legislación y la práctica por otro, en particular en cuanto al número de disposiciones discriminatorias del código de la familia, incluidas las disposiciones relativas a la poligamia, al repudio unilateral por el marido, a la necesidad del consentimiento del tutor para el matrimonio, a la obligación de la mujer de obedecer al marido, a la discriminación por razones de sexo en la herencia y al absoluto derecho del marido a conservar el hogar conyugal en caso de divorcio.

15. Preocupa profundamente al Comité la elevada tasa de desempleo en el Estado Parte, que se estima en más del 29%.

16. El Comité toma nota con preocupación de que se requiera autorización del Ministerio de Trabajo para el establecimiento de nuevos sindicatos independientes, al margen de la reconocida Union Générale des Travailleurs Algériens (UGTA).

17. El Comité observa con inquietud la magnitud de la violencia doméstica, de la que las mujeres son las principales víctimas, y la insuficiente atención que las autoridades prestan a este problema tanto en términos de prevención como de sanción.

18. El Comité muestra su profunda preocupación ante el grave problema de la pobreza, la disminución del nivel de vida y el aumento de enfermedades relacionadas con la pobreza. El Comité expresa su honda preocupación por la insuficiencia de las medidas que se adoptan para combatir este problema.

19. El Comité expresa su profunda inquietud ante la aguda escasez de vivienda con se enfrenta la población argelina.

20. El Comité toma nota con preocupación de la progresiva disminución del gasto público en el sistema de atención de salud, así como del plan confirmado de la delegación de eliminar subsidios a las medicinas. El Comité lamenta no haber recibido información suficiente sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para asegurar el acceso a los servicios de salud.
21. El Comité expresa su preocupación por la ineficacia de los programas para reducir la tasa de mortalidad materna e infantil en el Estado Parte.

22. En cuento a la educación, preocupa profundamente al Comité la elevada tasa de deserción escolar, reconocida por la delegación durante su diálogo con el Comité.

23. El Comité toma nota con inquietud de los datos del Informe sobre el Desarrollo Humano de 2001 que indican una considerable disminución del gasto público en salud y educación en el decenio de 1990, como porcentaje del PNB y del PIB, respectivamente, y en relación con el gasto militar, que se ha duplicado con creces como porcentaje del PIB.

24. Preocupa al Comité que el Estado Parte no haya facilitado información suficiente sobre las medidas que ha adoptado en respuesta a las sugerencias y recomendaciones formuladas sobre su informe inicial (E/C.12/1995/17, de 28 de diciembre de 1995). Muchas de las cuestiones a que se hace referencia en las observaciones finales de 1995 siguen siendo objeto de preocupación en las actuales observaciones finales.

E. Sugerencias y recomendaciones

25. El Comité insta al Estado Parte a que adopte con carácter prioritario todas las medidas necesarias para garantizar la total seguridad de las personas que habitan dentro de su jurisdicción, a fin de cumplir sus obligaciones dimanantes del Pacto y asegurar el disfrute de los derechos garantizados en el mismo.

26. El Comité acogería complacido recibir en el próximo informe periódico información sobre la Comisión Consultiva Nacional para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, incluidas su estructura, mandato, facultades y funcionamiento.

27. Teniendo en cuenta el párrafo 71 de la Declaración y Programa de Acción de Viena, el Comité recomienda al Estado Parte que prepare, mediante un proceso abierto y consultivo, un amplio plan de acción nacional para cumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, incluido el Pacto. Se alienta al Estado Parte a que recabe la asistencia de la Oficina del Alto Comisionado para los derechos humanos a este respecto. El Comité pide al Estado Parte que en su tercer informe periódico incluya información sobre los progresos realizados en la elaboración de un plan de acción nacional sobre derechos humanos y su aplicación.

28. El Comité alienta al Estado Parte a que preserve el idioma y la cultura de la población amazigh y a que adopte las medidas oportunas para aplicar los planes destinados a conceder un estatuto constitucional al idioma amazigh como idioma nacional, como anunció el Gobierno el 3 de octubre de 2001. El Comité recomienda asimismo al Estado Parte que adopte medidas para el reconocimiento del idioma amazigh como idioma oficial.

29. El Comité insta al Estado Parte a que proceda a una reforma radical del código de la familia en base al pleno reconocimiento de la igualdad de derechos de la mujer, organice una campaña de información sobre la igualdad entre los sexos e introduzca una perspectiva de género en toda su legislación de acuerdo con las disposiciones del Pacto.

30. El Comité recomienda al Estado Parte que retire las declaraciones interpretativas sobre los artículos 8 y 13.

31. El Comité urge al Estado Parte a que formule una estrategia eficaz para hacer frente al grave problema del desempleo y adopte y aplique programas de orientación y capacitación a fin de proporcionar empleo a los jóvenes y a los desempleados.

32. El Comité insta al Estado Parte a que elimine los diversos obstáculos que se oponen al establecimiento de sindicatos nuevos e independientes.

33. El Comité recomienda al Estado Parte que adopte una estrategia nacional para combatir la violencia doméstica, incluida la organización de campañas de sensibilización dirigidas al público en general, la reunión de datos, la promulgación de la legislación pertinente y la organización de cursos de capacitación para las fuerzas de policía y el poder judicial.

34. El Comité insta al Estado Parte a que destine una proporción mayor del excedente del presupuesto nacional a la lucha contra la pobreza. El Comité insta asimismo al Estado Parte a que integre plenamente los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales, en la formulación de una estrategia nacional para la reducción de la pobreza. A este respecto el Comité remite al Estado Parte a la declaración adoptada por el Comité el 4 de mayo de 2001 sobre la pobreza y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/2001/10).

35. El Comité insta al Estado Parte a que haga frente a la aguda escasez de vivienda adoptando una estrategia y un plan de acción y construyendo o proporcionando un mayor número de viviendas de bajo costo. A este respecto, el Comité recuerda al Estado sus obligaciones dimanantes del artículo 11 del Pacto y le remite a su Observación general Nº 4 (1991) sobre el derecho a una vivienda adecuada (párrafo 1 del artículo 11 del Pacto).

36. El Comité invita al Estado Parte a que en su próximo informe periódico facilite información sobre la privatización del sistema de salud, el costo de los medicamentos después de aplicar el plan para eliminar los subsidios a las medicinas y las medidas que está tomando para combatir los efectos negativos de estos cambios en la salud de los grupos desfavorecidos y marginados.

37. El Comité insta al Estado Parte a que adopte todas las medidas necesarias para reducir las tasas de mortalidad materna e infantil y asegurar que las mujeres embarazadas, particularmente en las zonas rurales, dispongan de todo tipo de servicios de salud reproductiva.

38. El Comité insta al Estado Parte a que preste la mayor atención a los derechos de los enfermos mentales. El Comité pide además al Estado Parte que en su tercer informe periódico facilite información completa sobre las leyes y medidas que haya adoptado con respecto a los enfermos mentales, en especial sobre el número de hospitalizados, los servicios disponibles y las salvaguardias jurídicas para la protección de los pacientes.

39. El Comité insta al Estado Parte a que garantice que sus leyes, disposiciones y prácticas en relación con el VIH/SIDA no son discriminatorias y se ajustan a las directrices internacionales adoptadas en la Segunda Consulta Internacional sobre el VIH/SIDA y los Derechos Humanos, en septiembre de 1996 (publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta: E.98.XIV.1).

40. El Comité recomienda al Estado Parte que aumente su gasto en salud y educación y le pide que en su tercer informe periódico proporciones al Comité datos estadísticos comparativos sobre estos indicadores a lo largo de un cierto período de tiempo.

41. El Comité encarece al Estado Parte a que adopte todas las medidas adecuadas para hacer frente a los problemas relacionados con la elevada tasa de deserción escolar y con la tasa relativamente baja de matriculación en la enseñanza secundaria.

42. El Comité encarece al Estado Parte que siga desarrollando y adoptando un amplio plan nacional de educación para todos, según se prevé en el párrafo 16 del Marco de Acción de Dakar. Al formular y aplicar su plan, el Estado Parte debería tener en cuenta las Observaciones generales Nos. 11 y 13 del Comité y establecer un sistema eficaz de verificación del plan. Se alienta igualmente al Estado Parte a que recabe asesoramiento y asistencia técnica de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en relación con la formulación y aplicación de su plan.

43. El Comité insta encarecidamente al Estado Parte a que tenga en cuenta las obligaciones que le impone el Pacto en todas sus negociaciones con las instituciones financieras internacionales, como el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y la Organización Mundial del Comercio, a fin de que no se debiliten los derechos económicos, sociales y culturales.

44. El Comité pide al Estado Parte que proceda a la capacitación de jueces y abogados y difunda el Pacto entre el público en general.

45. El Comité pide al Estado Parte que difunda profusamente sus observaciones finales en todos los ámbitos de la sociedad y, en particular, entre los funcionarios del Estado y el poder judicial, y que en su próximo informe periódico informe al Comité de todas las medidas adoptadas para aplicarlas. Alienta igualmente al Estado Parte a que fomente la participación de organizaciones no gubernamentales en la preparación de su tercer informe periódico.

46. Por último, el Comité pide al Estado Parte que presente su tercer informe periódico el 30 de junio de 2006 a más tardar y que incluya en él información detallada sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones contenidas en estas observaciones finales.




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