EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO
Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales
DINAMARCA
1. El Comité examinó el tercer informe periódico de Dinamarca
sobre los derechos reconocidos en los artículos 1 a 15 del Pacto (E/1994/104/Add.15)
en sus sesiones 11ª, 12ª y 13ª, celebradas los días 3
y 4 de mayo de 1999 y en su 26ª sesión (20º período
de sesiones), celebrada el 12 de mayo de 1999, aprobó las observaciones
finales que figuran a continuación.
A. Introducción
2. El Comité manifiesta su reconocimiento al Estado Parte por la presentación
de su informe, que se ajusta a las directrices del Comité respecto de
la forma y el contenido de los informes y por las respuestas completas que Dinamarca
presentó por escrito a su lista de cuestiones. Toma nota de que la información
presentada en el informe y la que proporcionó la delegación en
respuesta a las preguntas formuladas, tanto por escrito como verbalmente, durante
el examen del informe, permitieron al Comité hacerse una idea cabal del
cumplimiento por Dinamarca de sus obligaciones en virtud del Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El Comité también
toma nota de la información presentada por el Gobierno de Dinamarca en
su documento básico (HRI/CORE/1/Add.58) así como la información
suplementaria presentada en respuesta a la solicitud del Comité durante
el examen del tercer informe periódico.
3. El Comité estima que el diálogo establecido entre el Gobierno
de Dinamarca y el Comité fue muy satisfactorio. También acoge
con agrado la participación en la delegación danesa de un funcionario
del Gobierno de Groenlandia.
B. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto
4. El Comité toma nota de que no existen factores o dificultades insuperables
que obstaculicen la aplicación del Pacto en Dinamarca.
C. Aspectos positivos
5. El Comité toma nota del elevado nivel de cumplimiento por parte de
Dinamarca de sus obligaciones respecto de la protección de los derechos
establecidos por el Pacto. Observa con satisfacción que el Gobierno de
Dinamarca presta gran atención en sus actividades a la promoción
y protección de los derechos económicos, sociales y culturales,
de conformidad con las obligaciones asumidas en virtud del artículo 2
del Pacto. El Comité reconoce la larga tradición de respeto de
los derechos humanos del Estado Parte.
6. El Comité toma nota del grado importante de autonomía de que
disfruta el pueblo de Groenlandia, que se evidencia en la existencia de un Parlamento
electo que ha recuperado poderes sobre una amplia gama de cuestiones entre otras
la educación, la salud, los impuestos, el comercio, las pesquerías
y la caza. Toma nota con satisfacción de que se respeta bien la cultura
de la comunidad de Groenlandia, y en especial de que el idioma indígena
es oficial y por consiguiente puede utilizarse en los contactos con los órganos
públicos y ante los tribunales.
7. El Comité expresa su satisfacción por el nivel de servicios
prestados a la población, en relación con la seguridad social,
la atención de la salud y la educación y los servicios para los
ancianos.
8. El Comité acoge con satisfacción las medidas adoptadas para
fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, en particular la aprobación
de la Ley sobre igualdad de remuneración (Ley Nº 639 de julio de
1992).
9. El Comité también celebra las políticas y programas
del Gobierno que han dado lugar a una reducción del desempleo.
10. El Comité reconoce las prestaciones de asistencia social que se conceden
a los refugiados, incluidas los que figuran en la Ley de integración
de extranjeros, que establecen la concesión de una vivienda temporal
y otras prestaciones relacionadas con el asentamiento. El Comité asimismo
toma nota de los esfuerzos desplegados por el Estado Parte para integrar a los
trabajadores extranjeros y a sus familias.
11. El Comité elogia al Estado Parte por su participación regular
en los programas multilaterales de cooperación para el desarrollo y por
el establecimiento de varios programas bilaterales (a lo que dedica el 1% del
PNB), con lo que contribuye a la realización de los derechos económicos,
sociales y culturales en otros países.
12. En lo que concierne a la promoción de los derechos humanos el Comité
elogia las actividades del Centro Danés de Derechos Humanos, tales como
la organización de cursos para funcionarios públicos, la organización
de seminarios, la enseñanza en universidades, la publicación de
libros y revistas y la labor de asesoramiento e información al público
en general.
13. El Comité toma nota con satisfacción de que Dinamarca ha creado
un comité para estudiar la posibilidad de incorporar el Pacto en el derecho
interno.
D. Principales motivos de preocupación
14. El Comité lamenta que el Pacto no se haya incorporado al derecho
interno. Toma nota de que si bien las disposiciones del Pacto pueden invocarse
directamente ante los tribunales o pueden ser citadas por ellos, todavía
no hay jurisprudencia al respecto. En relación con ello el Comité
expresa su preocupación porque los abogados y los jueces tal vez no estén
suficientemente informados de que los derechos consagrados en el Pacto pueden
ser invocados ante los tribunales.
15. Al Comité le preocupan las noticias de que en Dinamarca está
apareciendo una tendencia de intolerancia y violencia hacia miembros de grupos
minoritarios y extranjeros.
16. El Comité también está preocupado porque la nueva Ley
de integración de extranjeros pueda tener efectos discriminadores en
los refugiados.
17. El Comité manifiesta su preocupación por el hecho de que,
si bien la igualdad entre hombres y mujeres está establecida en la ley,
en la práctica no se cumple del todo, en particular en la esfera de la
igualdad de remuneración, y porque, en general, las mujeres siguen tropezando
con más obstáculos que los hombres para ascender a puestos profesionales
de categoría superior.
18. El Comité toma nota con satisfacción de la reciente disminución
del porcentaje de la población desempleada, pero sigue preocupándole
el elevado nivel de desempleo, especialmente entre los jóvenes, los extranjeros,
los inmigrantes y los refugiados.
19. El Comité expresa su preocupación por el aumento de la tasa
de deserción escolar, que afecta en particular a los niños de
grupos económicamente desfavorecidos y a los que pertenecen a minorías.
20. El Comité toma nota con preocupación de la información
recibida sobre la tasa relativamente alta de suicidios de jóvenes en
el Estado Parte.
21. El Comité toma nota con preocupación de las limitaciones del
derecho de huelga de los enseñantes del sector público, que no
pueden considerarse como un servicio esencial.
E. Sugerencias y recomendaciones
22. El Comité insta al Estado Parte a que adopte las medidas adecuadas
para dar pleno efecto jurídico al Pacto, de manera que los derechos en
él reconocidos queden plenamente integrados en el sistema jurídico.
23. Respecto de la nueva tendencia de violencia contra grupos minoritarios y
extranjeros, el Comité recomienda que el Estado Parte vigile la situación
para luchar con eficacia contra los actos de violencia.
24. El Comité también recomienda que el Estado Parte vigile cuidadosamente
los efectos de la nueva Ley de integración de extranjeros y le insta
a que adopte medidas urgentes de remedio si se demuestra que la legislación
tiene un efecto discriminador en los refugiados.
25. El Comité alienta al Estado Parte a que prosiga sus esfuerzos para
eliminar las persistentes disparidades entre hombres y mujeres en relación
con la igualdad de salarios por trabajos de igual valor.
26. El Comité insta al Estado Parte a que adopte todas las medidas correctivas
necesarias para reducir el nivel de desempleo de los jóvenes, los extranjeros,
los inmigrantes y los refugiados.
27. El Comité también señala a la atención del Estado
Parte el nuevo problema de la deserción escolar, que afecta principalmente
a los niños procedentes de grupos sociales vulnerables, como los niños
económicamente desfavorecidos o los que pertenecen a las minorías.
A este respecto, el Comité recomienda que se adopten medidas específicas
para asegurar que esos niños puedan terminar sus estudios en la medida
en que lo permita su capacidad académica.
28. El Comité alienta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para combatir
el problema del suicidio de jóvenes y recomienda que se reúnan
datos estadísticos y que se lleven a cabo estudios completos y específicos
sobre el alcance, las causas y las consecuencias de ese problema. En particular,
el Comité señala a la atención de las autoridades la importancia
que hay que dar a las medidas de detección y a las políticas preventivas,
y alienta a las autoridades a que continúen sus campañas para
prevenir ese fenómeno.
29. El Comité recomienda que el Estado Parte adopte las medidas necesarias
para garantizar el derecho de huelga a los enseñantes del sector público
puesto que no constituyen un servicio esencial.
30. El Comité hace hincapié en que deben adoptarse más
medidas para garantizar que las disposiciones del Pacto se difundan más
ampliamente, especialmente entre la profesión letrada y los miembros
de la magistratura.
31. El Comité recomienda que las inquietudes expresadas en las presentes
observaciones finales, así como las cuestiones planteadas durante el
debate del tercer informe periódico que quedan pendientes de respuesta,
entre otras cosas la cuestión de la devolución de responsabilidad
a las Islas Feroe, se examinen en el cuarto informe período del Estado
Parte.
32. El Comité desea recibir del Estado Parte las reacciones que él
u otras autoridades del Estado puedan haber tenido en relación con las
presentes observaciones finales.
33. El Comité pide al Estado Parte que dé amplia difusión
a sus observaciones finales en todos los sectores de la sociedad y que informe
al Comité de todas las medidas tomadas para ello.