EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS
PARTES EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO
Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales
REPÚBLICA DOMINICANA
1. El Comité examinó el segundo informe periódico de la
República Dominicana sobre los derechos consagrados en los artículos
1 a 15 del Pacto (E/1990/6/Add.7) en sus sesiones 29ª a 31ª, celebradas
los días 18 y 19 de noviembre de 1997, y aprobó, en su 51ª
sesión, celebrada el 3 de diciembre de 1997, las siguientes observaciones
finales.
A. Introducción
2. El Comité celebra que se haya reanudado el diálogo con la República
Dominicana mediante su segundo informe periódico. También celebra
que el Estado Parte haya presentado por escrito amplias respuestas a la lista
de cuestiones del Comité (E/C.12/1995/LQ.7), aunque lamenta que la segunda
parte de esas respuestas se presentara demasiado tarde para su traducción.
Además, el Comité celebra que hayan comparecido ante él
un experto y una delegación de alto nivel procedentes de la capital,
lo que permitió mantener un diálogo fructuoso y constructivo,
así como obtener muchas respuestas y aclaraciones a las cuestiones planteadas
y las observaciones formuladas por sus miembros.
3. El Comité desea expresar su reconocimiento a la República Dominicana
por haber aceptado, en abril de 1997, que dos miembros del Comité realizasen
una misión en el país, en respuesta a los ofrecimientos contenidos
en reiteradas peticiones del Comité aprobadas por el Consejo Económico
y Social en sus decisiones 1992/261 y 1993/295. También expresa al Estado
Parte su profunda satisfacción por la actitud de interés y cooperación
con que acogió la misión, que se realizó del 19 al 27 de
septiembre de 1997. Al respecto, el Comité toma nota con reconocimiento
de que funcionarios de las más altas esferas del Estado, numerosas organizaciones
no gubernamentales y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo proporcionaron
a su delegación asistencia técnica y logística, así
como valiosa información sobre el derecho a la vivienda y la situación
de los trabajadores haitianos en la República Dominicana, que eran los
temas que el Comité había encomendado examinar a la misión,
y, de manera más general, sobre la aplicación del Pacto en la
legislación y en la práctica.
B. Aspectos positivos
4. La independencia y el funcionamiento efectivo del poder judicial son imprescindibles
para proteger los derechos económicos, sociales y culturales. En consecuencia,
con respecto a las preocupaciones que expresó en el párrafo 16
de sus observaciones finales preliminares (E/C.12/1/Add.6), el Comité
toma nota con reconocimiento de las medidas adoptadas para combatir el problema
de la corrupción de los funcionarios públicos, incluidos los jueces,
en particular el aumento de sus sueldos. Además, el Comité observa
que el proceso de nombramiento de los jueces de la nueva Suprema Corte de Justicia
ha sido público y transparente, para garantizar la imparcialidad del
poder judicial y su independencia respecto del ejecutivo.
5. El Comité también toma nota con reconocimiento de que se ha
adoptado una serie de medidas para mejorar la situación de la mujer,
especialmente algunas que le permiten poseer bienes y beneficiarse del seguro
médico de su pareja en el caso de las parejas de hecho, así como
de la distribución de la tierra en el marco de la reforma agraria. El
Comité celebra asimismo la aprobación del Código de la
Mujer, así como los programas y actividades de la Dirección General
de Promoción de la Mujer. Además, el Comité toma nota de
la información relativa a la creación de la Secretaría
de Estado - Dirección de Promoción de la Mujer y al proyecto de
establecer tribunales especiales encargados de conocer específicamente
de los casos que guarden relación con actos de violencia contra la mujer
y el niño, con inclusión de los cometidos en el hogar.
6. El Comité celebra el establecimiento de una comisión bilateral
por los Gobiernos de la República Dominicana y de Haití, así
como el acuerdo concertado con el Gobierno de Haití relativo a la concesión
de permisos temporales de trabajo a los trabajadores estacionales haitianos
para la próxima zafra, a fin de regularizar su situación jurídica
y protegerlos de la explotación de que son víctimas por su condición
de trabajadores ilegales.
7. Con respecto al derecho a una vivienda adecuada, enunciado en el artículo
11 del Pacto, el Comité toma nota con reconocimiento de la política
adoptada y aplicada por el nuevo Gobierno, en cuyo marco se da prioridad a los
grupos de bajos ingresos y se ejecutan proyectos de vivienda en consulta con
las comunidades interesadas. El Comité observa que esta política
difiere de las anteriores políticas gubernamentales que daban preferencia
a las grandes construcciones ornamentales, como el faro Cristóbal Colón,
que provocan el desplazamiento innecesario de un número considerable
de personas, así como a la planificación autoritaria de los proyectos
en materia de vivienda. El Comité también toma nota con reconocimiento
de la celebración, en 1996, de una conferencia nacional sobre la nueva
política en el sector de la vivienda, organizada por el Instituto Nacional
de la Vivienda y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, como
actividad complementaria de la Conferencia Hábitat II, así como
la prevista creación de la Secretaría de Estado para la Vivienda
encargada de coordinar todas las actividades oficiales en esta esfera.
8. También con respecto al derecho a la vivienda, el Comité toma
nota, entre otras, de las siguientes medidas adoptadas por el Gobierno en esta
esfera: la determinación del Gobierno de suspender todos los desalojos
forzosos por organismos públicos y adoptar la política de suministrar
una vivienda alternativa adecuada a las personas desalojadas o desplazadas;
la aprobación del Decreto Nº 443/96, por el que se deroga el Decreto
Nº 358/91 y se pone término a la presencia militar en los barrios
de La Ciénaga y Los Guandules, en el centro de Santo Domingo; y la firma
de acuerdos de reubicación entre el Gobierno y unas 681 familias que
vivían en el barrio de viviendas precarias de Los Alcarrizos así
como el acuerdo similar firmado con las 209 familias desalojadas que habían
ocupado tres iglesias durante un año.
9. Con respecto a la preocupación expresada en el párrafo 20 de
sus observaciones finales preliminares (E/C.12/1/Add.6), el Comité toma
nota de que en la República Dominicana se han adoptado medidas para mejorar
las condiciones de encarcelamiento con respecto a los derechos económicos,
sociales y culturales, incluidas, entre otras, las relativas al suministro de
comidas gratuitas a los presos, también durante los fines de semana,
y la aplicación de un programa de reforma penitenciaria en que se hace
especial hincapié en el mejoramiento del régimen de visitas y
en la rehabilitación mediante programas de educación.
10. El Comité toma nota con satisfacción de la importancia que
el nuevo Gobierno otorga a la educación, cuyo presupuesto se incrementó
en un 14,5% en 1996. También toma nota de que se han adoptado medidas
para mejorar el nivel de enseñanza en las escuelas públicas aumentando
el sueldo de los maestros.
C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto
11. Recordando sus observaciones finales preliminares (E/C.12/1/Add.6, párr.
9), relativas a la lenta evolución hacia la democracia, el Comité
toma nota de que recientemente se han adoptado en la República Dominicana
medidas positivas y concretas para fortalecer las instituciones democráticas.
Sin embargo, observa que no pueden superarse fácilmente las consecuencias
de los decenios en que los distintos gobiernos anteriores hicieron caso omiso
de la promoción y protección de los derechos económicos,
sociales y culturales de la población en general y de los grupos vulnerables
en particular, o no los protegieron eficazmente. El Comité reconoce que
estos factores siguen obstaculizando la plena realización de los derechos
enunciados en el Pacto.
12. El Comité también toma nota de que desde mediados del decenio
de 1980 la situación económica en la República Dominicana
se ha deteriorado rápidamente, principalmente a causa de la deficiente
gestión de la economía y las finanzas públicas por el gobierno
anterior. Entre las consecuencias de este deterioro cabe mencionar la pesada
carga que representa la deuda externa para la economía nacional, la necesidad
de aplicar programas de ajuste estructural, el elevado índice de inflación,
la emigración en gran escala de trabajadores calificados, el aumento
de la pobreza, la desigual distribución de la riqueza entre la población
y el ensanchamiento de la brecha entre los ricos y los pobres. Esa situación
provoca dificultades que obstaculizan la plena aplicación del Pacto en
la República Dominicana.
D. Principales motivos de preocupación
13. El Comité lamenta que en el informe y durante el diálogo mantenido
con la delegación no se haya proporcionado información estadística
sobre la situación económica, social y cultural en la República
Dominicana. Al respecto, el Comité señala que ese tipo de información
le resulta no sólo útil sino también necesaria para evaluar
la situación real de la aplicación de los derechos económicos,
sociales y culturales enunciados en el Pacto en relación con todos los
sectores de la sociedad.
14. El Comité observa que en la República Dominicana se registran
actos de discriminación racial, pese a que las autoridades niegan, al
parecer, su existencia, y hace hincapié en que, para prevenir y combatir
la discriminación racial en el disfrute de los derechos económicos,
sociales y culturales, las autoridades deben reconocer la existencia de ese
tipo de actos. El Comité insiste en que, sin ese reconocimiento, no pueden
aplicarse políticas eficientes de lucha contra la discriminación.
A este respecto, el Comité opina que la existencia de actos de discriminación
racial no implica necesariamente que la discriminación esté institucionalizada
o sea legal.
15. El Comité toma nota de que las autoridades han adoptado una serie
de medidas positivas para promover la igualdad entre los sexos y proteger a
la mujer de la discriminación, pero sigue preocupándole el hecho
de que la mujer no disfrute plenamente de los derechos económicos, sociales
y culturales mencionados en el Pacto. Al respecto, el Comité reitera
las preocupaciones que expresó en el párrafo 22 de sus observaciones
finales preliminares (E/C.12/1/Add.6), haciendo especial referencia a la persistencia
de una sociedad tradicional dominada por el hombre en detrimento de la igualdad
entre los sexos, a la falta de protección de las trabajadoras víctimas
de discriminación en el empleo o de despido arbitrario por embarazo,
a la falta de servicios de planificación de la familia, a la elevada
tasa de mortalidad materna, a la desigualdad de remuneración entre la
mujer y el hombre, y a la falta de reconocimiento legal de las parejas de hecho.
16. El Comité recuerda las preocupaciones que expresó en 1996
(E/C.12/1/Add.6, párr. 18) respecto a la emigración en gran escala
de dominicanos, muchos de los cuales son trabajadores calificados, y señala
que mejorando la situación de los derechos económicos, sociales
y culturales se puede contribuir a reducir los incentivos que favorecen su emigración.
17. Además, sigue preocupando al Comité la situación de
los trabajadores ilegales haitianos y de sus hijos. Observa que en la República
Dominicana residen entre 500.000 y 600.000 trabajadores ilegales haitianos,
en algunos casos desde hace una o dos generaciones; esos trabajadores se encuentran
en situación de total ilegalidad y no se protegen sus derechos económicos,
sociales y culturales. El Comité se preocupa especialmente en este sentido
por la situación de los hijos de esas personas, quienes no pueden obtener
la nacionalidad dominicana porque, conforme a la interpretación restrictiva
que hacen las autoridades del artículo 11 de la Constitución,
son hijos de extranjeros en tránsito. En consecuencia, se niega a esos
niños el disfrute de sus derechos sociales más fundamentales,
tales como el derecho a la educación y la atención sanitaria.
Además, el Comité observa con preocupación que hasta el
momento no se han adoptado medidas para mejorar la situación general
de los trabajadores ilegales haitianos mediante la regularización de
su situación y la de sus hijos.
18. El Comité reitera asimismo sus preocupaciones por las condiciones
de vida inadecuadas en los bateyes (véase E/C.12/1/Add.6, párr.
13) y por el hecho de que las autoridades aún no hayan adoptado medidas
adecuadas para remediar la situación.
19. El Comité observa que pese a las medidas adoptadas recientemente
en el último acuerdo celebrado entre empleados y empleadores para aumentar
el salario mínimo, éste aún no es suficiente para asegurar
condiciones de vida dignas para los trabajadores y para sus familias, conforme
a lo previsto en el inciso ii) del apartado a) del artículo 7 del Pacto.
20. El Comité expresa además preocupación por las pésimas
condiciones de trabajo en las zonas francas. El Comité está preocupado
porque, según parece, a los trabajadores de las zonas francas se les
disuade de formar sindicatos y afiliarse a ellos, y porque los empleadores no
respetan las normas del Código de Trabajo relativas al derecho de huelga.
21. El Comité toma nota con preocupación de que en la actualidad
el plan nacional de seguridad social sólo abarca a las personas que trabajan
en el sector estructurado. Aunque toma nota de que se está estudiando
una nueva legislación con miras a la aplicación general de la
seguridad social, el Comité expresa su preocupación por el hecho
que el artículo 9 del Pacto no se aplique a los trabajadores autónomos,
incluidos los pequeños agricultores, ni a sus familias.
22. Con respecto al artículo 10 del Pacto, el Comité expresa su
preocupación por la situación de los niños en la República
Dominicana y, en particular, por los informes recibidos sobre los casos de trabajo
infantil y explotación de menores, incluida la explotación sexual,
por el número cada vez mayor de niños de la calle, por la baja
tasa de matrícula escolar, por la elevada tasa de mortalidad infantil
y por el gran número de embarazos de niñas en edad escolar. Además,
el Comité expresa su preocupación por los informes acerca de la
frecuencia con que se cometen actos de violencia contra mujeres y niños
en el hogar.
23. Si bien el Comité celebra que el Consejo Nacional para Asuntos Urbanos
haya elaborado un plan para garantizar el acceso al agua potable, señala
que el plan sólo abarca las zonas urbanas y que aún queda mucho
por hacer para garantizar ese servicio a la población de la zonas rurales
y a todos los que residen en zonas urbanas pobres. A este respecto, el Comité
recuerda las preocupaciones expresadas anteriormente (E/C.12/1/Add.6, párr.
24).
24. En relación con el derecho a la vivienda, el Comité señala
que las medidas y los programas positivos adoptados por el Gobierno podrían
verse dificultados por la insuficiencia de los recursos asignados por las autoridades
en los planos nacional y local para mitigar los múltiples problemas asociados
con la falta de vivienda; por la extrema diversidad de los numerosos órganos
e instituciones establecidos para ocuparse de la vivienda y la falta de coordinación
entre ellos; por el hecho de que las autoridades centrales no deleguen más
competencias a las comunidades locales; y por el trato prioritario y preferencial
dado a la mitigación de los problemas de las zonas urbanas, en detrimento
de las zonas rurales.
25. Con respecto a la reforma agraria y a la distribución de las tierras
urbanas y rurales, el Comité deplora que no se haya facilitado información
sobre levantamientos topográficos, entrega de títulos de propiedad
y asignación de tierras. Aunque toma nota de que, según se ha
informado, la Secretaría de Estado de Agricultura y el Banco Agrícola
apoyan la reforma agraria, le preocupa que hasta la fecha no se haya progresado
a este respecto debido a las demoras en los levantamientos topográficos.
26. Además, el Comité toma nota de que aún ocurren casos
de desalojos forzosos de terrenos privados y de que las autoridades aún
no han adoptado las medidas necesarias para abordar este problema.
27. Con respecto al derecho a la salud, previsto en el artículo 12 del
Pacto, el Comité está preocupado por la falta de información
sobre la situación de los ancianos y las personas discapacitadas, así
como de las personas infectadas por el VIH y los enfermos de SIDA. Con respecto
a estos últimos, el Comité toma nota de que, según la Organización
Mundial de la Salud, desde 1993 a 1996 el número de casos de SIDA ha
aumentado de 133 a 574 entre las mujeres, y de 256 a 1.050 entre los hombres.
El Comité también observa que en las campañas de prevención
realizadas en la República Dominicana no se hace suficiente hincapié
en los medios adecuados y disponibles luchar contra la transmisión del
virus. Toma nota además de la persistencia del turismo sexual en las
zonas de esparcimiento; esta práctica, que algunas veces entraña
la participación de menores, es una de las causas de la propagación
del SIDA, aunque cabe reconocer que las autoridades han adoptado medidas coercitivas
contra las personas que actúan como agentes locales para promover esa
forma de explotación.
E. Sugerencias y recomendaciones
28. El Comité recomienda que las autoridades adopten medidas, en particular
a nivel fiscal y social, para abordar el problema de la distribución
desigual de la riqueza entre la población a fin de luchar contra la pobreza.
29. Con respecto a la preocupación expresada en el párrafo 16
de sus observaciones finales preliminares (E/C.12/1/Add.6), el Comité
recomienda que se sigan aplicando medidas para luchar contra la arbitrariedad
y la corrupción de algunos jueces y funcionarios públicos. El
Comité recomienda en especial que en el próximo informe periódico
del Estado Parte se proporcione información sobre los medios disponibles,
de haberlos, para impugnar la aplicación discriminatoria, arbitraria
o injusta de una ley, un decreto del ejecutivo o una decisión judicial.
30. El Comité recomienda que se adopten medidas para reunir sistemáticamente
datos cuantitativos y cualitativos, desglosados sobre la base de los criterios
aplicados por las Naciones Unidas y sus organismos especializados, acerca de
todos los derechos abarcados por el Pacto. A este respecto, sugiere que se solicite
la cooperación de diversos organismos, como el PNUD, la OMS, la OIT y
el UNICEF para determinar y evaluar los progresos logrados, determinar las dificultades
actuales y fijar prioridades para la adopción de medidas ulteriores.
31. El Comité recomienda que las autoridades adopten medidas concretas
y apropiadas, tales como la realización de campañas de información
y de educación, y la reforma del derecho penal tanto para sancionar los
actos de discriminación racial cometidos por funcionarios públicos
y particulares como para prevenir esos actos y luchar contra ellos.
32. El Comité también recomienda que el Gobierno siga aplicando
sus políticas destinadas a conseguir la plena igualdad entre hombres
y mujeres, en todas las esferas de la vida económica, social y cultural.
En particular debería realizarse un estudio a fondo de la legislación
nacional para eliminar toda disposición jurídica discriminatoria
que pudieran subsistir, en especial con respecto al derecho penal y civil y
la legislación relativa al trabajo, a la familia, y a la seguridad social;
deberían establecerse recursos específicos para las mujeres víctimas
de discriminación por motivos de sexo y deberían llevarse a cabo
campañas de información y educación. También deberían
adoptarse medidas positivas para promover la participación de la mujer,
en pie de igualdad con el hombre, en la vida pública, en el mercado de
trabajo y en las actividades sociales y culturales.
33. El Comité también recomienda al Estado Parte que adopte medidas
eficaces en los planos educativo y socioeconómico para cumplir sus obligaciones
dimanantes del Pacto, con miras a poner freno al éxodo de trabajadores
especializados de la República Dominicana.
34. El Comité insta al Estado Parte a que adopte todas las medidas necesarias
para garantizar que los inmigrantes haitianos en la República Dominicana
gocen plenamente de sus derechos económicos, sociales y culturales, sin
discriminación alguna. A este respecto, el Comité expresa la opinión
de que es necesario regularizar la situación de esos residentes ilegales
mediante la entrega de permisos de residencia o la naturalización. Además,
el Comité recomienda que se aplique sin demora el principio del ius soli,
conforme al artículo 11 de la Constitución, a los hijos de residentes
haitianos.
35. El Comité también insta al Gobierno a que adopte medidas positivas
para mejorar las condiciones de vida en los bateyes. Para ello, el Comité
recomienda que se redefina la condición jurídica de los bateyes
y se mejoren sus relaciones con las municipalidades, y que se exija a las compañías
azucareras que faciliten a los habitantes de los bateyes suministros básicos,
como los de agua y de electricidad, así como servicios sanitarios y sociales.
36. Con respecto a las obligaciones del Estado Parte en virtud del inciso ii)
del apartado a) del artículo 7 del Pacto, el Comité recomienda
que se revise de inmediato y que se ajuste periódicamente el salario
mínimo para proporcionar a los trabajadores "condiciones de existencia
dignas para ellos y para sus familias conforme a las disposiciones del presente
Pacto". También recomienda que las normas relativas al salario mínimo
se apliquen a todos los sectores de actividad, incluida la industria azucarera,
que se establezcan mecanismos de inspección y que se les dote de los
medios necesarios para realizar estudios en esta esfera.
37. El Comité recomienda asimismo que a los trabajadores de las zonas
francas se les permita formar sindicatos y afiliarse a ellos y que se les reconozca
el derecho de huelga, que se respeten las normas mínimas en materia de
condiciones de trabajo y que se establezcan mecanismos de inspección
que puedan llevar a cabo sin impedimentos su labor en esas zonas.
38. El Comité insta al Gobierno a que siga examinando la Ley del Seguro
Social, y, a este respecto, hace hincapié en la obligación de
que éste se aplique a todos, tal como dispone el artículo 9 del
Pacto.
39. El Comité recomienda que las autoridades vigilen estrechamente la
situación de los niños en la República Dominicana, y se
desplieguen todos los medios necesarios para garantizar que todos los niños
gocen plenamente de los derechos enunciados en el Pacto, con hincapié
especial en los niños abandonados, los niños de la calle, los
niños explotados, los niños que trabajan y las madres adolescentes.
El Comité también recomienda que se adopten las medidas necesarias
para luchar contra la violencia de que son víctimas las mujeres y los
niños en el hogar.
40. El Comité exhorta al Gobierno a que prosiga e intensifique sus esfuerzos
para lograr que se abastezca de agua salubre a la población rural y a
todos los residentes de zonas urbanas pobres.
41. El Comité también recomienda que el Gobierno continúe
e intensifique sus esfuerzos para abordar de manera integral y eficaz los problemas
relacionados con la vivienda en la República Dominicana. A este respecto,
el Comité subraya la necesidad de que se asignen más recursos,
tanto para la construcción y la rehabilitación como para la reubicación
de las comunidades desalojadas y desplazadas; para descentralizar las actividades
y conceder mayor autonomía a las autoridades locales en esta esfera;
y para coordinar de manera eficaz las actividades emprendidas por todos los
órganos competentes. El Comité también señala a
la atención del Gobierno la necesidad de completar el proceso de levantamiento
topográfico para expedir títulos de propiedad y regularizar la
propiedad de la tierra entre gran parte de la población, tanto en las
zonas rurales como en las urbanas. A este respecto el Comité alienta
a que se adopten medidas para establecer la Secretaría de Estado para
la Vivienda, a fin de garantizar la coordinación efectiva entre los organismos
competentes, así como la aplicación de las políticas de
vivienda.
42. El Comité recomienda asimismo que se adopten medidas de inmediato
para proteger a la población de los desalojos forzosos por propietarios
particulares y que, a este respecto, se tenga debidamente en cuenta su Observación
general Nº 7.
43. El Comité señala a la atención del Estado Parte el
informe de la misión realizada en la República Dominicana, aprobado
por el Comité el 3 de diciembre de 1997. El informe se concentra en particular
en el derecho a la vivienda y también aborda otras cuestiones. El Comité
insta al Estado Parte a que tome plenamente en cuenta las recomendaciones que
figuran en el informe.
44. Con respecto al derecho a la salud, el Comité recomienda que en el
próximo informe periódico del Estado Parte se proporcione información
amplia y concreta sobre la situación de los ancianos y los discapacitados,
así como de las personas infectadas por el VIH y los enfermos de SIDA.
Con respecto al SIDA, el Comité destaca la necesidad de que el Estado
Parte adopte nuevas medidas legislativas y sociales adecuadas. El Comité
recomienda, en particular, que se ponga en marcha una campaña de información
específica y explícita sobre el VIH-SIDA, así como sobre
sus causas y las correspondientes medidas de prevención. El Comité
sugiere que se establezca una coordinación con la OMS y con el Programa
Conjunto de las Naciones Unidas sobre el SIDA (ONUSIDA).
45. Por último, el Comité recomienda que en el tercer informe
periódico del Estado Parte, que deberá presentarse a más
tardar el 30 de junio de 1999, se aborden las preocupaciones expresadas en las
presentes observaciones finales, así como las cuestiones planteadas durante
el examen del segundo informe periódico que quedaron pendientes, e insta
al Estado Parte a que difunda ampliamente las presentes observaciones finales
aprobadas por el Comité tras el examen del segundo informe periódico
del Estado Parte.