University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, El Salvador, U.N. Doc. E/C.12/1/Add.4 (1996).


 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales

EL SALVADOR

1. El Comité examinó el informe inicial de El Salvador (E/1990/5/Add.25) en sus sesiones 15ª, 16ª y 18ª, celebradas los días 9 y 10 de mayo de 1996, y en su 26ª sesión, celebrada el 17 de mayo de 1996, aprobó las siguientes observaciones finales.

A. Introducción


2. El Comité agradece al Estado Parte la presentación de su informe inicial, pese a su atraso considerable. El Comité agradece también al Estado Parte las respuestas escritas a la lista de cuestiones, aun cuando lamenta que ellas no se hayan presentado al Comité con tiempo suficiente para ser traducidas y para que los miembros del Comité pudieran estudiarlas más a fondo. El Comité también lamenta que no se proporcionara información sobre el artículo 15 del Pacto ni en el informe ni en las respuestas presentadas por escrito, a pesar de haberse solicitado expresamente. El Comité observa con satisfacción que el informe de El Salvador fue elaborado en consulta con organizaciones no gubernamentales nacionales.


3. El Comité puntualiza que por la falta de información, tanto en el informe como en las respuestas escritas y orales presentadas por la delegación, no ha podido evaluar la situación real del ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales de la población salvadoreña. En particular, el Comité observa que la delegación no ha proporcionado estadísticas concretas sobre la composición de la población ni sobre los diferentes indicadores económicos, sociales y culturales. Sin embargo, el Comité toma nota del compromiso asumido por la delegación de enviar información complementaria en respuesta a las cuestiones planteadas por el Comité.

B. Aspectos positivos


4. El Comité toma nota con satisfacción de que en el ordenamiento jurídico interno los instrumentos internacionales de derechos humanos tienen primacía sobre las leyes nacionales y de que la Constitución de 1983 contiene disposiciones relativas a los derechos humanos. El Comité toma nota asimismo de que existe la posibilidad de interponer recursos "de amparo" para la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, aunque la delegación no aclaró si las disposiciones del Pacto se podían invocar directamente ante los tribunales.


5. El Comité celebra la ratificación en 1994 de 14 Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en particular los relativos al examen médico de aptitud para el empleo de menores (Nº 77), la inspección del trabajo (Nº 81), los métodos para la fijación de salarios mínimos en la agricultura (Nº 99), la discriminación en materia de empleo y ocupación (Nº 111), la inspección del trabajo en la agricultura (Nº 129), la fijación de salarios mínimos (Nº 131), el desarrollo de los recursos humanos (Nº 142) y las consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo (Nº 144).


6. El Comité acoge con satisfacción la creación en 1991 del cargo de Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, cuyas importantes funciones, en particular la posibilidad de realizar inspecciones e investigaciones, presentar denuncias o formular recomendaciones, dimanan del artículo 194 de la Constitución. El Comité celebra asimismo la creación de secciones locales de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, que permiten un conocimiento y una protección más generales de los derechos humanos y, en particular, de los derechos económicos, sociales y culturales.


7. El Comité toma nota con satisfacción de la aprobación de un plan de desarrollo económico y social para 1994-1999, cuyos objetivos principales son reducir la pobreza, mejorar la calidad de vida de la población y aumentar el número de propietarios de tierras y también toma nota del aumento del porcentaje del presupuesto nacional destinado al gasto social. El Comité acoge con agrado la creación de un Fondo de Inversión Social, encargado de canalizar los recursos de los donantes hacia proyectos destinados fundamentalmente a ayudar a los grupos de bajo ingreso, así como la ejecución de un proyecto de rehabilitación de los sectores sociales en 78 comunas.


8. El Comité encomia las medidas adoptadas por el Gobierno para reformar el sistema de enseñanza y ampliar el acceso a ella. El programa EDUCO, cuyo objeto es promover la enseñanza de niños y adultos del sector rural, los programas de alfabetización y el programa de ayuda integral a los niños son también medidas positivas para hacer efectivo el derecho a la educación para todos.


9. Asimismo el Comité celebra la creación en 1989 de la Secretaría Nacional de la Familia, la aprobación del Código de Familia, la ratificación por el Gobierno en agosto de 1995 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, así como la creación del Instituto Salvadoreño de Protección del Menor. El Comité encomia el establecimiento de un servicio telefónico permanente que presta ayuda psicológica a las víctimas de la violencia informándoles sobre la ayuda social y médica y la asistencia jurídica a que tienen derecho.

C. Factores y dificultades que obstaculizan
la aplicación del Pacto
10. El Comité es consciente de que el elevado costo de la reconstrucción de una parte importante de la infraestructura destruida en 12 años de guerra civil y de la aplicación de los dos acuerdos de paz, así como la difícil situación económica de la región, obstaculizan el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales.


11. El ejercicio pleno de los derechos económicos, sociales y culturales también se ve obstruido por el alto costo de la reintegración de los refugiados y las personas desplazadas a su regreso.

D. Principales motivos de preocupación


12. El Comité expresa su profunda preocupación por la persistencia del elevado nivel de pobreza que afecta a la mayoría de la población. La situación alimentaria y nutricional es un grave problema que, entre otras cosas, se refleja en una elevada tasa de mortalidad infantil, dado que una proporción importante de los niños sufren de malnutrición. Aunque el Comité reconoce que las autoridades han hecho considerables esfuerzos para mejorar la situación, subraya que el mantenimiento de ese nivel de pobreza en un país que registra un crecimiento económico constante es injustificable.

13. Al Comité le preocupa la lentitud con que se aplican ciertas cláusulas de los acuerdos de paz de 1992, en particular las relativas al respeto de los derechos económicos, sociales y culturales de la población y sobre todo al programa de redistribución de tierras.


14. El Comité observa asimismo que no está claro el alcance de las atribuciones de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, en particular en lo que respecta al curso dado por las autoridades administrativas o judiciales a las denuncias presentadas por esa Procuraduría en casos de violación de los derechos económicos, sociales y culturales que le han sido comunicados por particulares.


15. El Comité observa con preocupación que la discriminación contra la mujer tanto en la esfera del trabajo como de la familia sigue siendo un importante problema en la sociedad salvadoreña y, si bien observa los esfuerzos hechos por modificar la legislación, subraya que todavía se mantienen disposiciones legales discriminatorias, en particular en los códigos civil y penal.


16. El Comité lamenta que no se haya proporcionado ninguna información concreta relativa a los artículos 6 a 8 del Pacto ni en el informe ni en el debate. Al Comité le preocupan las consecuencias adversas que pueden tener para los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente a corto plazo, la forma en que se han ejecutado los programas de ajuste económico, austeridad y privatización. El Comité observa que las condiciones de trabajo en las zonas francas se han deteriorado y que la falta de medios ha entorpecido la labor de los servicios de inspección laboral de vigilar la aplicación de las disposiciones relativas al salario mínimo, la igualdad de remuneración de hombres y mujeres, las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo o los despidos arbitrarios.


17. El Comité lamenta que se mantenga en vigor el artículo 291 del Código Penal pese a que la Comisión de Expertos de la OIT lo ha considerado contrario a las disposiciones del Convenio Nº 105 de la Organización Internacional del Trabajo.


18. Aunque toma nota del aumento del salario mínimo, al Comité le preocupa que éste siga siendo inferior al costo de subsistencia, según lo reconoce la delegación de El Salvador; en efecto, el salario mínimo es de 1.050 colones en el sector urbano y de 900 en el sector rural, en tanto que la cesta familiar representa 4.500 colones.


19. El Comité considera que las restricciones legales a la libertad sindical y al derecho de huelga son demasiado amplias. A juicio del Comité, la prohibición de que los cargos directivos de un sindicato sean ocupados por extranjeros es contrario al Pacto. El Comité expresa su preocupación por los numerosos informes que le han llegado sobre violaciones cometidas con casi total impunidad en empresas situadas en las zonas francas contra los derechos enunciados en los artículos 7 y 8 del Pacto.


20. El Comité manifiesta su inquietud ante la magnitud del problema de la violencia contra la mujer, tanto dentro como fuera de la familia, en la sociedad salvadoreña y sus repercusiones para la salud física y mental de las mujeres y sus hijos.


21. El Comité toma nota con preocupación del déficit al parecer crónico en materia de vivienda y del hecho de que una parte importante de la población vive en condiciones precarias, en viviendas que no corresponden a la definición de vivienda adecuada reconocida en el artículo 11 del Pacto.


22. El Comité observa que, pese a una serie de iniciativas adoptadas por el Gobierno, el acceso efectivo a la educación sigue siendo insuficiente en El Salvador. En particular, le preocupa al Comité el hecho de que todavía no se haya logrado el objetivo de la enseñanza primaria universal. Los elevados niveles de deserción, de ausentismo y de fracaso escolares, y la alta tasa del analfabetismo resultante de la exclusión del sistema escolar son motivo de preocupación para el Comité. El trabajo de los niños, si bien en muchos casos es necesario para la supervivencia de la familia, es uno de los factores que obstaculizan la aplicación de los artículos 13 y 14 del Pacto y al Comité le inquieta la aparente inercia de las autoridades en la búsqueda de soluciones a esta situación.


23. El Comité se extraña de no haber recibido información sobre los programas que podría haber aplicado el Gobierno para garantizar los derechos económicos, sociales y culturales de las minorías étnicas de El Salvador.


24. El Comité observa con preocupación la falta total de información relativa a los derechos culturales enunciados en el artículo 15 del Pacto, tanto en lo que respecta a la legislación como a la práctica.


25. El Comité observa que las autoridades no han aprobado todavía el proyecto de asistencia técnica presentado por el Centro de Derechos Humanos al Gobierno de El Salvador, que le permitiría a éste recibir la asistencia necesaria para la aplicación de los convenios internacionales de derechos humanos en los que El Salvador es Parte y para la formación de los funcionarios de la administración en materia de derechos humanos y sus garantías.

E. Sugerencias y recomendaciones


26. El Comité recomienda al Gobierno que en sus programas de desarrollo económico y social aborde el problema de la repartición no equitativa de la riqueza entre la población, a fin de luchar contra la pobreza existente en el país.


27. El Comité recomienda que se hagan todos los esfuerzos posibles por asegurar una pronta y completa aplicación de los acuerdos de paz de 1992, sin dejar de lado las cláusulas relativas a la redistribución de las tierras y a los derechos económicos, sociales y culturales, cuyo respeto, a juicio del Comité, es una garantía de la paz social en El Salvador.


28. El Comité espera que el informe siguiente de El Salvador contenga informaciones concretas sobre las actividades de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, y en particular sobre el peso real que tienen las recomendaciones hechas por esa Procuraduría y el destino de las denuncias que presenta por violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales.


29. El Comité insta a que se adopten todas las medidas necesarias para erradicar de la ley salvadoreña la discriminación contra la mujer y a que se establezcan programas para eliminar las desigualdades entre hombres y mujeres.


30. El Comité recomienda que se preste especial atención al problema del desempleo. Recomienda que se adopten medidas para asegurar que el número de empleos sacrificados y programas de reinserción profesional sea el menor posible y para que se aseguren prestaciones sociales a las personas que pierdan su empleo.


31. El Comité recomienda al Estado Parte que haga los esfuerzos necesarios para asegurar el cumplimiento de la legislación salvadoreña en materia de salario mínimo, seguridad e higiene en el trabajo, remuneración igual para hombres y mujeres por trabajo igual o despidos arbitrarios. Con este fin, el Comité subraya que se deben asignar medios suficientes a los servicios de inspección laboral, a fin de que puedan cumplir debidamente su labor.


32. El Comité recomienda a El Salvador que adopte las medidas necesarias para que su legislación en materia de libertad sindical, convenios colectivos y derecho de huelga se armonice con las obligaciones internacionales contraídas por el país en estas esferas.


33. El Comité recomienda que se intensifique la construcción de viviendas sociales para los estratos más pobres de la sociedad salvadoreña, tanto en el medio urbano como en el rural, y que se asignen recursos para asegurar servicios de saneamiento y abastecimiento de agua potable a toda la población.


34. El Comité alienta al Gobierno de El Salvador a que continúe las reformas iniciadas en el sistema de enseñanza, especialmente para lograr la educación primaria universal y reducir la tasa de analfabetismo. En opinión del Comité, las autoridades deberían adoptar medidas para garantizar una educación adecuada a los niños que deben trabajar.


35. El Comité espera que el informe siguiente del Estado Parte contenga elementos que le permitan evaluar en qué medida los miembros de las comunidades indígenas disfrutan de todos los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el Pacto.


36. Habida cuenta de las numerosas omisiones observadas por el Comité en el informe y en la información complementaria suministrada por el Gobierno y la delegación de El Salvador, el Comité reitera su petición al Gobierno de que presente más información sobre la aplicación de los artículos 6 a 8 y 15 del Pacto, así como sobre los problemas con que se ha tropezado al respecto. Dicha información debería estar en poder del Comité a más tardar el 31 de octubre de 1996.


37. Aunque celebra que se entablen lazos de colaboración entre las autoridades y las organizaciones no gubernamentales, el Comité observa que esa colaboración es esporádica y confía en que se generalizará particularmente para la preparación de los informes destinados a los diversos órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos, comprendido el Comité, y para la divulgación de información sobre las actividades del Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.


38. El Comité expresa su deseo de que el Estado Parte considere la posibilidad de ratificar el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales (Protocolo de San Salvador).


39. El Comité recomienda a las autoridades de El Salvador que examinen con ánimo favorable la propuesta del Centro de Derechos Humanos en materia de asistencia técnica y que hagan uso de esa asistencia para garantizar el disfrute de todos los derechos económicos, sociales y culturales.

 

 



Inicio || Tratados || Busca || Enlaces