EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO
Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales
IRLANDA
1. El Comité examinó el informe inicial de Irlanda sobre la aplicación
del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(E/1990/6/Add.15) en sus 14ª a 16ª sesiones, celebradas los días
4 y 5 de mayo de 1999 (20º período de sesiones) y aprobó
en sus 25ª y 26ª sesiones, celebradas el 12 de mayo de 1999, las siguientes
observaciones finales.
A. Introducción
2. El Comité acoge con agrado la presentación del informe inicial
por el Estado Parte, que en general está conforme con las directrices
establecidas por el Comité. El Comité agradece las respuestas
a la lista de cuestiones presentadas por escrito por el Estado Parte. También
toma nota con satisfacción de la presencia de una nutrida delegación
integrada por expertos de diversos ministerios que contestaron a la mayor parte
de las preguntas que se les formularon durante un diálogo abierto y constructivo.
B. Aspectos positivos
3. El Comité acoge con beneplácito la determinación de
Irlanda de aplicar el Acuerdo de Viernes Santo de 1998 para solucionar pacíficamente
el estatuto futuro de Irlanda del Norte.
4. El Comité toma nota con satisfacción de que el Estado Parte
tiene la intención de aumentar su contribución a la cooperación
internacional para el desarrollo pasando de 0,29% de su PNB al 0,5% antes del
año 2002.
5. El Comité también acoge con beneplácito la adopción
de la Ley de igualdad en el empleo de 1998 y del proyecto de ley sobre la igualdad
de condición de 1998 que tiene por objeto suprimir algunos aspectos de
la discriminación por motivos de género, estado civil, situación
de familia, orientación sexual, religión, edad, discapacidad,
raza, color, nacionalidad, origen nacional o étnico y pertenencia a la
comunidad nómada.
6. El Comité toma nota con satisfacción de la aprobación
de la Ley sobre refugiados de 1996, la Ley de educación de 1998 y el
Plan Estratégico Nacional de Lucha contra la Pobreza para el período
1997-2007 así como mecanismos conexos como las propuestas políticas
de lucha contra la pobreza. Además, acoge con agrado el establecimiento
del Grupo de Trabajo sobre la violencia contra la mujer en 1996 y del Grupo
de Trabajo sobre el alcoholismo, la evaluación por el Departamento de
Salud e Infancia de las necesidades de los discapacitados mentales en el período
1997-2001, el establecimiento de la Dependencia de investigación de las
agresiones sexuales y la violencia en el hogar en 1993. También acoge
con agrado la creación de la Junta Nacional para los Discapacitados y
del Servicio de Apoyo a la Discapacidad, y toma nota de que el Parlamento está
estudiando un proyecto de ley sobre los derechos de los discapacitados.
7. El Comité acoge con satisfacción el enfoque activo adoptado
por el Estado Parte para reducir el problema del desempleo, gracias al cual
se ha producido el considerable descenso del 11 al 6% en la tasa de desempleo.
C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto
8. El Comité toma nota de que después de la firma del Acuerdo
de Viernes Santo no hay ya factores ni dificultades importantes que impidan
la aplicación del Pacto.
D. Principales motivos de preocupación
9. El Comité lamenta que el Pacto no se haya incorporado ni reflejado
plenamente en la legislación nacional y que nunca o sólo en raras
ocasiones se invoque ante los tribunales.
10. El Comité toma nota con pesar de que el Estado Parte no ha ratificado
aún la Convención Internacional sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación Racial, porque el proceso legislativo
tendiente a este fin todavía no ha finalizado.
11. El Comité toma nota con pesar de que en el párrafo 1 del artículo
40 de la Constitución figuran disposiciones que al parecer no se corresponden
con el principio de la no discriminación establecido en los artículos
2 y 3 del Pacto.
12. El Comité lamenta que si bien la Estrategia Nacional de Lucha contra
la Pobreza tiene por objeto resolver diversos problemas relacionados con la
desventaja educativa y la pobreza rural, la Estrategia no adopta un marco de
derechos humanos coherente con las disposiciones del Pacto.
13. El Comité está también preocupado, en relación
con ello, por la persistencia de la pobreza entre grupos desfavorecidos y vulnerables,
especialmente los discapacitados, la comunidad nómada, los niños,
las mujeres de edad y las solteras con hijos. Además, el Comité
señala con preocupación que los pagos de la seguridad social no
están por encima de la línea de la pobreza y que las prestaciones
para niños no son suficientes para cubrir los gastos de crianza de un
niño.
14. El Comité toma nota con pesar de que todavía no existen leyes
adecuadas que se ocupen de los derechos de las personas con discapacidades mentales,
especialmente en relación con su detención en clínicas
psiquiátricas.
15. El Comité también lamenta que no existen todavía leyes
específicas acerca de los derechos de los discapacitados físicos,
aunque la delegación afirmó que el Estado Parte se había
comprometido a resolver esta situación mediante las políticas
y medidas administrativas existentes.
16. El Comité expresa su preocupación por la alta tasa de analfabetismo
en varios sectores de la sociedad, especialmente entre los adultos, los jóvenes,
los niños pobres, los niños de la comunidad nómada y los
del medio rural.
17. El Comité también observa con preocupación que el aumento
del consumo del tabaco es el factor más importante que contribuye a la
carga de enfermedades con que se enfrenta Irlanda y que las respuestas del Estado
Parte no se ocupan adecuadamente de este problema. El Comité también
está preocupado por los problemas de Irlanda relacionados con el alcohol
que no han sido tratados en la política nacional sobre el alcohol del
Estado Parte.
18. El Comité deplora que la Ley de la marina mercante de 1894 esté
todavía en vigor, por cuanto en ella se prevé que se castigará
a la gente de mar que se ausente sin permiso a permanecer por la fuerza a bordo
del buque. El Estado Parte prometió derogar o enmendar esta ley después
de que la Organización Internacional del Trabajo condenara estas prácticas,
pero todavía no lo ha hecho.
19. El Comité toma nota con pesar de que los trámites para que
los sindicatos puedan realizar negociaciones colectivas son engorrosos.
20. El Comité lamenta señalar que, a pesar de las medidas adoptadas
por el Estado Parte, la comunidad nómada y los discapacitados todavía
están discriminados en varios aspectos como el empleo, la educación
y la vivienda.
21. El Comité señala, además, con pesar las tasas relativamente
elevadas de suicidios de adolescentes y las largas listas de espera para los
servicios médicos en los hospitales públicos.
E. Sugerencias y recomendaciones
22. El Comité recomienda que el Estado Parte incorpore derechos económicos,
sociales y culturales justiciables en la enmienda propuesta a la Constitución.
23. El Comité exhorta al Estado Parte a que estudie la posibilidad de
ratificar la Convención Internacional sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación Racial lo antes posible.
24. El Comité recomienda que el Estado Parte acelere el proceso de aprobación
del proyecto de ley sobre discapacidades, basado en derechos, y que inicie lo
más pronto posible su aplicación.
25. El Comité exhorta al Estado Parte a ampliar el ámbito de aplicación
de su Estrategia Nacional de Lucha contra la Pobreza, incluyendo las disposiciones
contra la pobreza en las propuestas políticas, y que integre en la Estrategia
un enfoque basado en los derechos humanos.
26. El Comité pide al Estado Parte que en su segundo informe periódico
facilite más datos sobre el problema de la pobreza en Irlanda e insta
al Gobierno a que adopte todas las medidas positivas para luchar contra el problema
de la pobreza en Irlanda.
27. El Comité insta al Estado Parte a que acelere la aprobación
de leyes relacionadas con los derechos humanos de las personas discapacitadas
física y mentalmente, incluida su detención, y que aprueba las
leyes de lucha contra la discriminación que sufre la comunidad nómada.
28. El Comité recomienda que el Estado Parte vigile adecuadamente la
calidad de la educación impartida a los estudiantes en la enseñanza
primaria del sistema educativo oficial a fin de que el sistema educativo sea
conforme con los artículos 13 y 14 del Pacto.
29. El Comité insta al Estado Parte a que adopte las medidas necesarias
para garantizar una amplia difusión de las disposiciones del Pacto, especialmente
entre la profesión letrada y los miembros del Poder Judicial.
30. El Comité pide al Estado Parte que asegure una difusión amplia
a las presentes observaciones y que informe al Comité en su próximo
informe periódico sobre las medidas adoptadas para aplicar estas recomendaciones.