University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Lebanon, U.N. Doc. E/C.12/1993/10 (1993).


 

 

 

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales


LIBANO


1. El Comité examinó el informe inicial del Líbano sobre los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en sus sesiones 14a., 16a. y 21a., celebradas los días 25, 26 y 28 de mayo de 1993 y aprobó en su 21a. sesión (octavo período de sesiones) celebrada el 28 de mayo de 1993 las siguientes observaciones finales.

A. Introducción


2. El Comité expresa su agradecimiento al Gobierno del Líbano por enviar una delegación para presentar su informe inicial y entablar un diálogo con los miembros del Comité. El Comité considera ese gesto como una demostración de buena voluntad y de buena fe en respuesta a las obligaciones del Gobierno con arreglo al Pacto y a la luz de las grandes dificultades existentes en el Líbano.


3. El Comité acoge con agrado la declaración del Gobierno del Líbano expuesta por sus representantes, en la que expresa su pesar por el retraso en presentar el informe y por la brevedad del informe presentado, debido a las circunstancias conflictivas que sufre el país desde hace 16 años. En consecuencia, el Comité espera recibir un informe más completo en ocasiones sucesivas, según ha prometido el Gobierno.

B. Aspectos positivos


4. El Comité acoge con satisfacción las actuales iniciativas emprendidas por el Gobierno para revisar las leyes vigentes con el objetivo de actualizarlas a fin de poner remedio a las situaciones actuales y de elaborar un programa nacional para el desarrollo que promueva y proteja los derechos económicos, sociales y culturales de todos en condiciones de igualdad.


5. El Comité recomienda la creación de órganos del Gobierno responsables directamente del bienestar de los niños, y de las personas incapacitadas y desplazadas.


6. El Comité observa con satisfacción que la educación primaria es gratuita y obligatoria y que todos pueden recibir educación.


7. El Comité se siente satisfecho por los esfuerzos que realiza el Gobierno con el fin de aliviar la difícil situación de los refugiados palestinos en el Líbano.

C. Factores y dificultades que impiden la aplicación del Pacto


8. El Comité reconoce el dilema con que se encuentra el Gobierno del Líbano para abordar el problema de la reconstrucción y la rehabilitación del país con los escasos recursos de que dispone. A su vez, el mismo proceso de reconstrucción ha obstaculizado el reasentamiento de las comunidades desplazadas.


9. El Comité observa que la falta de mecanismos administrativos para reunir y controlar la información ha menoscabado seriamente la información del Gobierno relativa a la situación nacional en lo que se refiere a los derechos económicos, sociales y culturales.


10. El Comité toma nota de que a falta de unas estructuras para la celebración del matrimonio civil muchas personas tienen que abandonar el país para casarse. Ello a su vez tiene un efecto negativo en la capacidad del Gobierno para proteger la familia.

D. Principales temas de preocupación


11. El Comité expresa su preocupación por el gran número de personas que han sido desplazadas a consecuencia del conflicto armado y los problemas económicos, sociales y culturales que ello conlleva. En particular el Comité señala las grandes dificultades en materia de vivienda en lo que se refiere a las personas desplazadas, especialmente los agricultores que han sido obligados a abandonar sus tierras.


12. Preocupan también al Comité las perturbaciones de la economía libanesa y la elevada tasa de desempleo resultante.

E. Sugerencias y recomendaciones


13. El Comité toma nota de que, si bien el Gobierno del Líbano continúa cumpliendo sus funciones con muy pocos recursos y con otras limitaciones, sigue siendo esencial que todos los miembros de la sociedad otorguen la mayor prioridad a la realización de los derechos económicos, sociales y culturales básicos.


14. El Comité recomienda que sin demora se estudie el problema del desempleo y recuerda al Gobierno las obligaciones que tiene en virtud de los artículos 6, 7, 8 y 9 del Pacto. El Comité recomienda que se otorgue a los funcionarios públicos el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos de conformidad con las disposiciones del Pacto.


15. Habida cuenta de que el Gobierno del Líbano es plenamente consciente de los problemas de las personas desplazadas, el Comité alienta al Gobierno a que continúe sus esfuerzos para estabilizar la situación.


16. El Comité recomienda que el segundo informe periódico del Líbano sea considerablemente más detallado que el informe inicial y sugiere que, si el Gobierno lo desea, ese informe sea preparado con la ayuda de un experto dentro del Programa de Servicios de Asesoramiento del Centro de Derechos Humanos.




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