EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES
EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO
Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
POLONIA
1. En sus sesiones 10ª a 12ª, celebradas los días 4 y 5 de mayo de 1998, el Comité examinó el tercer informe periódico de Polonia sobre la aplicación del Pacto (E/1994/104/Add.13), junto con las respuestas escritas a la lista de cuestiones, y aprobó en la 26ª sesión (18º período de sesiones), celebrada el 14 de mayo de 1998 las siguientes observaciones.
A. Introducción
2. El Comité acoge complacido la presentación del tercer informe
periódico de Polonia, que encontró muy completo y conforme a sus
directrices para la preparación de informes. El Comité también
expresa su reconocimiento por la información adicional presentada antes
y durante el diálogo mantenido con una delegación muy bien informada,
con la que pudo dialogar de manera abierta y constructiva.
B. Aspectos positivos
3. El Comité toma nota con satisfacción de la preeminencia de
los derechos económicos, sociales y culturales en la nueva Constitución
de 1997, que contiene disposiciones por las que se protegen, entre otras cosas,
los derechos a ejercer libremente una ocupación, a condiciones de trabajo
seguras, y a seguridad social, educación y vivienda. Acoge complacido
también la intención expresada por el Estado Parte de atenerse
a las normas internacionales de derechos humanos, inclusive la Carta Social
Europea.
Asimismo el Comité toma nota con interés de que Polonia no tiene ninguna objeción sustantiva para ratificar el Convenio Nº 97 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a los trabajadores migrantes, el Nº 102 relativo a la norma mínima de seguridad social, el Nº 159 sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas y el Nº 176 sobre la seguridad y la salud en las minas. Acoge también complacido la intención expresada por Polonia de ratificar los Convenios Nos. 102 y 176 y de examinar la posibilidad de ratificar otros tratados en un próximo futuro.
4. El Comité acoge asimismo con agrado la condición jurídica
reconocida a los instrumentos jurídicos internacionales, inclusive el
Pacto, en el derecho nacional polaco. En virtud de la nueva Constitución,
pueden invocarse directamente ante los tribunales los tratados internacionales,
excepto en el caso de los que no se consideran de aplicación automática.
Se aseguró al Comité que cualesquiera disposiciones del Pacto
que no se consideraran de aplicación automática se integrarían
en el derecho nacional y surtirían efecto por esa vía. El Comité
expresa su satisfacción por el hecho de que, en caso de conflicto con
el derecho nacional, los tratados internacionales primen sobre aquél.
5. El Comité acoge con agrado la creación y funcionamiento de
la Oficina del Comisionado de los Derechos de los Ciudadanos, a la que pueden
dirigirse todos y cada uno y que parece tener suficientes poderes para investigar
y solicitar reparación a las autoridades competentes. El Comité
toma nota también de que en la nueva Constitución se prevé
la creación del cargo de Comisionado para los Derechos del Niño.
Espera con interés recibir información en el próximo informe
del Estado Parte sobre las funciones específicas y las competencias de
estos cargos, así como del curso dado a las decisiones o recomendaciones
de los comisionados.
6. El Comité acoge con agrado el éxito logrado en los últimos
cinco años en cuanto a los resultados económicos, especialmente
en lo que respecta a mantener controlada la inflación, aumentar la producción
y duplicar el nivel de ingresos per cápita desde 1994. También
expresa satisfacción porque el Estado Parte haya pedido asistencia internacional
en la aplicación de numerosos programas sociales y en la modernización
de los servicios del Estado.
7. El Comité acoge con agrado el reciente Programa de Acción para
la Mujer que tiene, entre otros objetivos, el de eliminar la violencia, y toma
nota con interés de las seguridades dadas de que el próximo informe
periódico tratará exhaustivamente de la violencia doméstica.
8. El Comité elogia los esfuerzos del Gobierno por mejorar sus servicios
de mercado laboral con objeto de aumentar el acceso a las oportunidades de empleo,
dar nueva formación a los trabajadores en los tipos de trabajos en demanda
y prestar asistencia a aquellos que deseen trasladarse de zonas superpobladas
a zonas rurales con poca población.
C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto
9. El Comité reconoce que, inevitablemente, el proceso de transición
política a una forma de gobierno democrática presenta dificultades,
como también se derivan algunos problemas de la transición a una
economía orientada al mercado.
D. Principales motivos de preocupación
10. Con respecto a la cuestión de las minorías, el Comité
observa con interés el tratado celebrado con Alemania sobre la minoría
étnica alemana de Polonia, por el que se hacen valer diversos derechos
de este grupo, incluido el de contar con un número fijo de escaños
en el Parlamento y el de tener a su cargo más escuelas. El Comité
observa que no se han celebrado tratados semejantes con respecto a otros grupos
minoritarios y le preocupa que esa situación pueda llevar a desigualdades,
de hecho o supuestas, entre las minorías.
11. El Comité observa que según la nueva Constitución,
Polonia es un Estado laico y que no se atribuye ningún papel oficial
a ninguna confesión religiosa. Al Comité le preocupa, no obstante,
que las políticas y decisiones de índole social puedan estar excesivamente
influidas por determinadas consideraciones religiosas, y no se tenga debidamente
en cuenta la existencia de grupos religiosos minoritarios.
12. El Comité observa que recientemente se han impuesto restricciones
al aborto, excluyéndose los motivos económicos y sociales como
causa de aborto legal. El Comité expresa su preocupación porque
la restricción pueda empujar a las mujeres de Polonia a recurrir para
abortar a personas sin escrúpulos, poniendo así en peligro su
salud. Le preocupa también al Comité que los servicios de planificación
de la familia no formen parte del sistema de salud pública, negándose
así a las mujeres el acceso a métodos anticonceptivos asequibles.
13. El Comité también expresa su inquietud por el aumento de la
violencia doméstica y de la trata de muchachas, que reconoce el Gobierno.
Toma nota de la falta de normas específicas contra el acoso sexual de
la mujer, la falta de refugios para mujeres y niños víctimas de
la violencia doméstica en el 33% de los distritos, y la aparente falta
de servicios de asesoramiento para esas víctimas.
14. El Comité expresa su profunda inquietud por el hecho de que las mujeres
no disfruten plenamente del derecho al trabajo. Toma nota de que no se observa
el principio de a trabajo igual, igual remuneración. El Comité
lamenta especialmente el hecho de que la remuneración de las mujeres
sea sólo el 70% de la de los hombres, a pesar de tener en general un
nivel más elevado de instrucción. También observa la existencia
de prácticas discriminatorias tales como los anuncios de empleos en los
que se especifica la preferencia por los empleados de un sexo determinado y
la exigencia de que las mujeres que solicitan empleo se sometan a pruebas de
embarazo, a pesar de que la ley lo prohíbe.
15. El Comité observa que, a pesar de los esfuerzos del Gobierno a que se alude en el párrafo 8, la tasa de desempleo es muy elevada en el Estado Parte. Le preocupan al Comité el gran número de desempleados y subempleados, especialmente jóvenes de las zonas rurales. El Comité sugiere que tal vez quepa achacar en parte las elevadas cifras de desempleo a los mercados "gris" y "negro", en que se trabaja sin contrato legal y no se pagan impuestos, o muy pocos, práctica a la que empuja en buena parte la elevada carga fiscal del empleo. El Comité toma nota de que las medidas con las que se pretende hacer frente a esta situación son nuevas y en el próximo informe periódico espera información sobre su resultado.
16. El Comité señala a la atención del Gobierno el párrafo
1 del artículo 11 del Pacto y su Observación general 7 (1997)
sobre el derecho a una vivienda adecuada. Al Comité le preocupan las
presentes disposiciones legales por las que pueden llevarse a cabo desalojos
sin proporcionar al mismo tiempo una solución de vivienda. El Comité
observa también con inquietud el problema de las personas sin vivienda,
ocasionado por la enorme escasez de éstas, el número relativamente
elevado de familias que viven por debajo del umbral de pobreza y la reciente
oleada de desalojos forzosos.
17. El Comité manifiesta su preocupación por el deterioro de los
indicadores sanitarios registrado en los últimos cinco años. También
señala a la atención diversas esferas de especial preocupación
enunciadas en el diálogo, a saber, la baja del nivel de nutrición
y el aumento del alcoholismo y de las enfermedades cardiovasculares y el cáncer.
18. Al Comité le preocupa que no se hagan cumplir adecuadamente las leyes
de seguridad en el trabajo, lo que resulta en un número relativamente
elevado de accidentes laborales, tanto en el sector privado como en el público.
E. Sugerencias y recomendaciones
19. El Comité recomienda que se tenga especial cuidado en velar por la
plena observancia de los derechos de todos los grupos religiosos, especialmente
en lo que atañe a las políticas nacionales, tales como la educación,
la igualdad entre los sexos y la atención sanitaria. El Comité
recomienda también que se respeten plenamente los derechos de todos los
grupos minoritarios en cuanto a su participación en la política
nacional y en la vida económica y su derecho a desarrollar y transmitir
su cultura.
20. El Comité recomienda que no se escatimen esfuerzos para velar por
el derecho de la mujer a la salud, especialmente a la salud reproductiva. Recomienda
que los servicios de planificación de la familia estén al alcance
de todos, inclusive el asesoramiento sobre alternativas seguras a la anticoncepción
y la educación sexual apropiada e instructiva de los niños en
edad escolar.
21. El Comité recomienda que se prohíba por ley el acoso sexual
de la mujer. Recomienda que se establezcan refugios para mujeres y niños
víctimas de violencia familiar en todos los distritos, con los servicios
de apoyo necesarios, inclusive asesoramiento y asistencia de otra índole.
Espera con interés recibir en el próximo informe periódico
información detallada sobre el problema de la violencia doméstica
y los resultados del Programa de Acción para la Mujer recientemente aprobado.
22. El Comité recomienda que se derogue la ley de ciudadanía de 1962 en la que se discrimina a la mujer, negándole el mismo derecho que al varón de transmitir la ciudadanía a su cónyuge extranjero.
23. El Comité recomienda que se proteja plenamente el derecho de la mujer
al trabajo lo mismo que el del hombre, sobre la base de remuneración
igual por trabajo igual. Sugiere que se emprenda un estudio sobre el tema y
pide que en el próximo informe periódico del Estado Parte se dé
información sobre las medidas adoptadas a este respecto.
24. El Comité insta al Estado Parte a adoptar las medidas apropiadas,
especialmente el aumento del número de inspectores laborales del Estado
y la ampliación de sus competencias para velar por que se cumpla debidamente
la legislación de seguridad laboral.
25. El Comité recomienda que se especifiquen en la ley las condiciones
en que pueden producirse los desalojos y se disponga lo necesario para dar soluciones
de vivienda sustitutoria a los desalojados. El Comité insta al Estado
Parte a adoptar todas las medidas conducentes a la solución del problema
de la acuciante escasez de vivienda y de las personas sin vivienda. También
recomienda que se establezcan las bases de fijación de los alquileres,
de forma que se protejan al mismo tiempo los derechos de los propietarios y
de los inquilinos, especialmente de los pertenecientes a los grupos sociales
más vulnerables. El Comité sugiere que se faciliten a todos los
consumidores, especialmente a los inquilinos, información sobre los derechos
y los deberes de cada cual y sobre los medios de asistencia públicos
y privados de que pueden disponer en una economía de mercado. El Comité
destaca que el respeto del derecho a la vivienda debe comprender, cuando proceda,
las medidas para asistir a aquellos que se ven en el peligro de quedarse sin
vivienda o que de hecho se quedan sin ella debido a la subida desorbitada de
los alquileres al eliminarse los subsidios para su pago.
26. El Comité recomienda al Estado Parte que lance una gran campaña
de información pública para promover un estilo de vida saludable
entre los polacos, a fin de mejorar la calidad de la nutrición, combatir
el alcoholismo y el tabaquismo y reducir el riesgo de enfermedades cardiovasculares
y de cáncer. Esa campaña debería abarcar las escuelas,
y la información incorporarse en los programas ordinarios de estudio.
27. El Comité insta al Estado Parte a acelerar el proceso de ratificación
de los Convenios Nos. 102, 176, 97 y 159 de la OIT y pide que la información
sobre ese proceso, así como sobre todas las cuestiones abordadas en estas
observaciones finales sobre las que se requiere información, se haga
figurar en el próximo informe periódico que presente el Estado
Parte.
28. El Comité insta al Estado Parte a dar amplia difusión a las
presentes observaciones finales.