University of Minnesota



Conclusiones y recomendaciones del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Solomon Islands, U.N. Doc. E/C.12/1/Add.33 (1999).


 

 

 


EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS
PARTES EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO
-ESTADOS QUE NO HAN PRESENTADO INFORMES


Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales


ISLAS SALOMÓN


1. El Comité examinó la situación de la observancia por las Islas Salomón de los derechos económicos, sociales y culturales reflejados en el Pacto en su novena sesión, celebrada el 30 de abril de 1999, (20º período de sesiones) y aprobó, en su 24ª sesión, celebrada el 11 de mayo de 1999, las siguientes observaciones finales.

A. Introducción


2. En su séptimo período de sesiones, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales decidió proceder a examinar la situación de la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en diversos Estados Partes que, pese a las numerosas solicitudes que se les han formulado, no han cumplido la obligación de presentar informes, que les incumbe de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto.


3. El sistema de presentación de informes establecido en el Pacto tiene por objeto que los Estados Partes informen al órgano de vigilancia competente, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y por su conducto al Consejo Económico y Social, sobre las medidas que han adoptado, los progresos realizados y las dificultades con que han tropezado en la observancia de los derechos reconocidos en el Pacto. El incumplimiento por un Estado Parte de su obligación de presentar informes, además de constituir una violación del Pacto, crea un serio obstáculo al desempeño de las funciones del Comité. No obstante, el Comité tiene que cumplir su función supervisora en esos casos, basándose para ello en toda la información fiable de que disponga.


4. Cuando un Gobierno no ha facilitado al Comité ninguna información sobre la manera en que evalúa su cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del Pacto, el Comité ha tenido que basar sus observaciones en una variedad de datos procedentes de fuentes intergubernamentales y no gubernamentales. Mientras que las primeras facilitan principalmente información estadística y utilizan importantes indicadores económicos y sociales, la información obtenida de las publicaciones académicas pertinentes, de las organizaciones no gubernamentales y de la prensa suele ser, por su naturaleza misma, más crítica de las condiciones políticas, económicas y sociales de los países de que se trate. En circunstancias normales, el diálogo constructivo entre el Estado Parte que presenta el informe y el Comité ofrece al Gobierno la oportunidad de expresar sus propias opiniones y de tratar de refutar las críticas y convencer al Comité de que sus políticas se ajustan a las disposiciones del Pacto. Por consiguiente, si un Estado Parte no presenta su informe y no comparece ante el Comité, el Gobierno se priva a sí mismo de esta posibilidad de poner en claro la situación.


5. Aunque entiende plenamente las dificultades con que tropiezan las Islas Salomón para cumplir con las obligaciones de presentar informes contraídas en virtud del Pacto, el Comité recuerda que las Islas Salomón pasaron a ser Parte en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el 17 de marzo de 1982 y desde entonces no han presentado su informe inicial. El Comité invita, por lo tanto, al Estado Parte a que haga todo lo que esté a su alcance para cumplir con sus obligaciones de presentación de informes al objeto de establecer un diálogo constructivo con el Comité.


6. Teniendo presente la situación general extraordinariamente difícil de las Islas Salomón, el Comité considera necesario limitar sus observaciones finales a una evaluación de las deliberaciones por él sostenidas en su actual período de sesiones con respecto a la situación actual de los derechos económicos, sociales y culturales en las Islas Salomón. El Comité considera asimismo que, dadas las limitadas fuentes de información de que dispone y la necesidad de que se preste asistencia técnica al Estado Parte para que pueda cumplir sus obligaciones de presentación de informes, sus observaciones finales sólo pueden tener un carácter muy provisional.

B. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto


7. El Comité subraya que, al evaluar la aplicación por el Gobierno de las Islas Salomón del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ha de prestarse la debida atención a la situación política, económica y social que reina actualmente en el país. En particular, el Comité toma nota de que las Islas Salomón han sufrido en los años noventa varias crisis económicas y financieras graves que han reducido considerablemente el alcance de las posibilidades de acción del Gobierno.


8. El Comité observa que las Islas Salomón son uno de los países menos adelantados de la región del Pacífico occidental, región que, en lo que se refiere a cifras per cápita, figura entre los que más ayuda reciben en el mundo. La pobreza se ha generalizado, sobre todo en las zonas rurales, donde vive alrededor del 80% de la población. Según un informe conjunto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Fondo de Población de las Naciones Unidas de 1997, existe una gran diferencia en la distribución de los ingresos entre las zonas urbanas y las rurales, y la gran mayoría de las personas sobrevive con menos de 300 dólares anuales. En el índice de desarrollo humano del PNUD correspondiente a 1998, las Islas Salomón ocuparon el lugar 123 entre 174 países.


9. El Comité tiene en cuenta los efectos sumamente perjudiciales de la crisis financiera de Asia en la economía de las Islas Salomón, que en gran parte se basa en la exportación de madera, copra, aceite de palma y cacao. Su economía es, pues, extremadamente sensible a los cambios en la demanda mundial de esos productos. El colapso de los precios en el mercado de madera rolliza provocado por la crisis financiera en el Japón, la República de Corea y Filipinas, los principales países importadores de madera en troncos de las Islas Salomón, no sólo produjo una parálisis casi total de la extracción de madera en 1997, sino que dio lugar también a una seria disminución de los ingresos fiscales, que en hasta un 40% proceden de la explotación forestal. Los ingresos derivados de la pesca (de atún), el segundo recurso natural más importante de las Islas Salomón, también han menguado de resultas de la crisis económica en Asia.


10. El Comité toma nota de que la mayor parte de los recursos naturales del país son explotados por empresas extranjeras que pagan pocos impuestos, si acaso al Gobierno y que, al llevarse al extranjero la mayor parte de las ganancias, dejan muy pocos beneficios en las Islas Salomón. Además, la gama de medidas macroeconómicas que el Gobierno puede adoptar se ve muy reducida por las obligaciones de servicio de la deuda del Estado Parte respecto de los países acreedores, así como por las rigurosas condiciones de préstamo impuestas por el Banco Asiático de Desarrollo, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

C. Aspectos positivos


11. El Comité acoge con beneplácito los encomiables esfuerzos del Gobierno recientemente elegido para sentar las bases de un crecimiento económico sostenible. En particular, el Comité alienta al Gobierno a que ponga en práctica sus planes de revisión del sector forestal, aprovechando la experiencia de especialistas externos, y a que adopte medidas para la vigilancia de ese sector.


12. El Comité observa que la Constitución, en su artículo 13, reconoce el derecho de los trabajadores a formar sindicatos y a afiliarse a ellos, y que los tribunales internos han confirmado esos derechos. Aunque es cierto que sólo entre el 10 y el 15% de la población está empleada en el sector estructurado, el Comité observa que entre el 60 y el 70% de los asalariados están organizados en sindicatos.


13. El Comité se congratula de que en la Constitución de las Islas Salomón se prohíba el trabajo forzoso, incluido el trabajo forzoso y en régimen de servidumbre de los menores, y de que esa prohibición, al parecer, se respete. El Comité toma nota de que se han promulgado leyes para proteger a los niños menores de 12 años de los trabajos pesados, prohibir el trabajo de menores de 15 años en la industria y en los barcos, y prohibir el empleo de menores de 18 años en trabajos subterráneos o en las minas.


14. El Comité toma nota con reconocimiento de que el Gobierno de las Islas Salomón considera la salud una prioridad importante, lo que se refleja en el elevado porcentaje del presupuesto nacional que se asigna a ese sector. Los servicios de salud básicos son gratuitos, y el Gobierno ha adoptado medidas importantes para abordar los problemas de salud de la población, en cooperación con donantes extranjeros y con organismos especializados, como la Organización Mundial de la Salud. A pesar de que la incidencia del paludismo sigue siendo muy alta (con un total en 1993, según una estimación de la OMS, de más de 120.000 casos) sobre todo entre los trabajadores agrícolas, afectados concretamente, se han hecho progresos en la lucha contra enfermedades transmisibles como la diarrea, las enfermedades agudas de las vías respiratorias y el paludismo. El Comité reconoce asimismo que el programa de inmunización del Estado Parte ha logrado reducir la incidencia de las enfermedades prevenibles mediante vacunación, como el sarampión, la difteria, la tos ferina y el tétanos. El mejoramiento del sistema de atención de salud ha contribuido a aumentar considerablemente la esperanza de vida que, según algunas estimaciones, supera los 70 años de edad.


15. El Comité toma nota de que la singular cultura kastom y wantok de la población se ha mantenido hasta ahora en gran medida intacta. La preservación del sistema tradicional de la familia ampliada, que se basa en un arraigado sentimiento de responsabilidad social, ha absorbido una parte considerable de las repercusiones sociales de la reciente crisis económica. El Comité acoge asimismo con satisfacción el establecimiento de una Galería Nacional de Arte y de un Centro Cultural en 1995, así como la iniciativa del Gobierno de las Islas Salomón, junto con los otros cinco Estados melanesios, de organizar regularmente festivales melanesios de arte y cultura.

D. Principales motivos de preocupación


16. El Comité observa con preocupación que, pese a una cláusula constitucional de no discriminación y a la reciente adopción de una "política nacional sobre la mujer", ésta sigue sujeta al patriarcado. Aunque la función y el lugar que ocupa la mujer en la sociedad de las Islas Salomón gozan de respeto, lo que se refleja en las tradiciones de herencia de las tierras por la línea materna, su condición está subordinada a la del hombre. Como consecuencia de ello, la mujer tiene un acceso limitado a la vida política y económica del país. Como se indica en el Informe sobre Desarrollo Humano 1998 del PNUD, sólo el 3% de los administradores y gerentes y el 27% de los profesionales y técnicos son mujeres. Además, no hay mujeres en los altos cargos de Gobierno a nivel ministerial o subministerial y sólo 1 de los 47 miembros del Parlamento es mujer.


17. El Comité expresa preocupación por el aumento del desempleo, que ha sido un factor importante de instigación de la desobediencia civil en el país.


18. Aunque el Comité es plenamente consciente de que las Islas Salomón están gravemente afectadas por limitaciones financieras causadas por la actual crisis económica, recuerda de todos modos que el reciente redimensionamiento del sector público, que representa casi una tercera parte del empleo asalariado, ha tenido importantes repercusiones sociales. El Comité observa asimismo que el acceso de las personas discapacitadas al empleo en el sector estructurado es particularmente limitado.


19. El Comité señala con preocupación el problema de la violencia en el hogar, que prevalece en la sociedad de las Islas Salomón y que no siempre abordan debidamente las autoridades competentes.


20. El Comité, si bien reconoce que el Estado Parte necesita recaudar recursos financieros para subvencionar su programa de reforma económica y desarrollo, expresa su preocupación por los planes del Gobierno de privatizar tierras comunales para que se destinen a usos comerciales y al desarrollo urbano. El Comité recuerda que aproximadamente el 90% de las tierras de las Islas Salomón están sujetas a un régimen de tenencia consuetudinario, lo que significa que pertenecen a la comunidad como tal y no a las personas. El Comité desea señalar a la atención del Gobierno que la privatización prevista de las tierras sujetas a régimen consuetudinario puede socavar los cimientos de la sociedad de las Islas Salomón y llevar a que la mayoría de la población quede desposeída y privada de sus fuentes básicas de ingreso. Con respecto a los planes del Gobierno de privatizar completamente el sector de la vivienda, el Comité expresa preocupación porque el número de personas sin hogar en las zonas urbanas aumente considerablemente.


21. El Comité observa que el Estado Parte no presta la debida atención a las amenazas contra el medio natural de las Islas Salomón causadas por las prácticas de deforestación y pesca excesiva que afectan el mantenimiento de un nivel de orden adecuado, como se garantiza en el artículo 11 del Pacto.


22. El Comité observa que, aunque las encomiables políticas sanitarias del Gobierno de las Islas Salomón han reducido drásticamente la tasa de mortalidad de menores de 5 años, la mortalidad de lactantes sigue siendo causa de gran preocupación. Según una publicación de la OMS de 1996, la tasa de mortalidad de lactantes se estima en 26,8 defunciones por 1.000 nacidos vivos, mientras que, según un informe conjunto del PNUD y el FNUAP de 1997, la tasa de mortalidad materna alcanza las 550 defunciones por 100.000 nacidos vivos. Al Comité le preocupa el bajo porcentaje de la población que tiene acceso a un saneamiento adecuado (sólo el 9% de la población rural) y a agua potable libre de impurezas en el hogar o a una distancia razonable (el 63% del total de la población), según se indica en una publicación de la OMS de 1996. El Comité recuerda que la falta de servicios de saneamiento adecuados contribuye directamente a acrecentar el grave problema del paludismo, que afecta a más de una tercera parte de la población.


23. Si bien toma nota de que la falta de recursos financieros, debida a la situación de crisis económica que reina en las Islas Salomón, deja al Estado Parte pocas posibilidades de ofrecer servicios de educación adecuados, el Comité no deja de expresar su preocupación porque la enseñanza primaria no es obligatoria en las Islas Salomón y sólo el 60% de los niños en edad escolar tienen acceso a la enseñanza primaria. El Comité desea, por consiguiente, señalar a la atención del Gobierno la obligación que ha contraído en virtud del apartado a) del párrafo 2 del artículo 13 del Pacto, en que se estipula que "la enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos gratuitamente" y su Observación general Nº 11 "Plan de acción para la enseñanza primaria (artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales)". En particular, el Comité manifiesta su inquietud por la baja tasa de alfabetización entre los adultos, especialmente las mujeres. En el Informe sobre Desarrollo Humano 1998 del PNUD, esta tasa se estima en tan sólo el 23%, lo cual, por supuesto, es atribuible también en gran medida a la falta de recursos financieros para la educación.

E. Sugerencias y recomendaciones


24. El Comité reitera al Gobierno de las Islas Salomón su petición de que participe activamente en un diálogo constructivo con el Comité sobre cómo cumplir de manera más adecuada las obligaciones contraídas en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El Comité señala a la atención del Gobierno que el Pacto crea para todos los Estados la obligación jurídica de presentar su informe inicial y sus informes periódicos, y que las Islas Salomón han incumplido esta obligación por muchos años.


25. El Comité recomienda al Gobierno de las Islas Salomón que haga uso de los servicios de asesoramiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con objeto de poder presentar cuanto antes un informe completo sobre la aplicación del Pacto, de conformidad con las directrices revisadas del Comité y haciendo particular hincapié en las cuestiones planteadas y las preocupaciones expresadas en las presentes observaciones finales. El Comité alienta asimismo a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos a que, mediante su programa de servicios de asesoramiento y cooperación técnica, preste asistencia especializada al Gobierno en la formulación de políticas sobre los derechos económicos, sociales y culturales y en la elaboración de planes de acción coherentes y completos para la promoción y protección de los derechos humanos, así como en el desarrollo de medios adecuados para evaluar y vigilar la realización de esos derechos.


26. El Comité recomienda al Gobierno de las Islas Salomón que adopte medidas para prevenir la explotación excesiva de los recursos forestales y pesqueros del país.


27. Además, el Comité sugiere al Gobierno de las Islas Salomón que convoque una cumbre nacional sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en la que participen todas las entidades nacionales e internacionales interesadas, como representantes del Gobierno central y de las administraciones locales, sindicatos, organizaciones no gubernamentales locales, organismos especializados y países donantes.

28. De conformidad con el párrafo 1 del artículo 2 y el artículo 23 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se invita a los organismos especializados a que suministren al Comité información complementaria y observaciones relativas a la situación y al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales en las Islas Salomón, de manera que el Comité y el Estado Parte puedan establecer las medidas apropiadas a los efectos de aplicar el Pacto en las Islas Salomón. El Comité invita al Estado Parte a que participe en un diálogo que se celebraría durante el 21º período de sesiones del Comité conjuntamente con representantes de los organismos especializados pertinentes, como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la FAO, la OMS, la OIT, el PNUD, el UNICEF y la UNESCO. El Comité expresa su convicción de que sólo mediante un diálogo constructivo entre el Estado Parte, las instituciones mencionadas y el Comité podrá lograrse una valoración adecuada y realista de las estrategias de desarrollo y de derechos humanos viables que beneficien a todos los ciudadanos de las Islas Salomón.


29. El Comité desea recalcar que el éxito de las sugerencias y recomendaciones formuladas en los párrafos precedentes depende de que el Estado Parte reafirme su compromiso de cumplir sus obligaciones de presentar informes y otras obligaciones jurídicas internacionales contraídas en virtud del Pacto.

 

 



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