EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS
PARTES EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO
-ESTADOS QUE NO HAN PRESENTADO INFORMES
Observaciones finales del Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales
ISLAS SALOMÓN
1. El Comité examinó la situación de la observancia por
las Islas Salomón de los derechos económicos, sociales y culturales
reflejados en el Pacto en su novena sesión, celebrada el 30 de abril
de 1999, (20º período de sesiones) y aprobó, en su 24ª
sesión, celebrada el 11 de mayo de 1999, las siguientes observaciones
finales.
A. Introducción
2. En su séptimo período de sesiones, el Comité de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales decidió proceder a examinar
la situación de la aplicación del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales en diversos Estados Partes que, pese
a las numerosas solicitudes que se les han formulado, no han cumplido la obligación
de presentar informes, que les incumbe de conformidad con los artículos
16 y 17 del Pacto.
3. El sistema de presentación de informes establecido en el Pacto tiene
por objeto que los Estados Partes informen al órgano de vigilancia competente,
el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y por
su conducto al Consejo Económico y Social, sobre las medidas que han
adoptado, los progresos realizados y las dificultades con que han tropezado
en la observancia de los derechos reconocidos en el Pacto. El incumplimiento
por un Estado Parte de su obligación de presentar informes, además
de constituir una violación del Pacto, crea un serio obstáculo
al desempeño de las funciones del Comité. No obstante, el Comité
tiene que cumplir su función supervisora en esos casos, basándose
para ello en toda la información fiable de que disponga.
4. Cuando un Gobierno no ha facilitado al Comité ninguna información
sobre la manera en que evalúa su cumplimiento de las obligaciones contraídas
en virtud del Pacto, el Comité ha tenido que basar sus observaciones
en una variedad de datos procedentes de fuentes intergubernamentales y no gubernamentales.
Mientras que las primeras facilitan principalmente información estadística
y utilizan importantes indicadores económicos y sociales, la información
obtenida de las publicaciones académicas pertinentes, de las organizaciones
no gubernamentales y de la prensa suele ser, por su naturaleza misma, más
crítica de las condiciones políticas, económicas y sociales
de los países de que se trate. En circunstancias normales, el diálogo
constructivo entre el Estado Parte que presenta el informe y el Comité
ofrece al Gobierno la oportunidad de expresar sus propias opiniones y de tratar
de refutar las críticas y convencer al Comité de que sus políticas
se ajustan a las disposiciones del Pacto. Por consiguiente, si un Estado Parte
no presenta su informe y no comparece ante el Comité, el Gobierno se
priva a sí mismo de esta posibilidad de poner en claro la situación.
5. Aunque entiende plenamente las dificultades con que tropiezan las Islas Salomón
para cumplir con las obligaciones de presentar informes contraídas en
virtud del Pacto, el Comité recuerda que las Islas Salomón pasaron
a ser Parte en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales el 17 de marzo de 1982 y desde entonces no han presentado su informe
inicial. El Comité invita, por lo tanto, al Estado Parte a que haga todo
lo que esté a su alcance para cumplir con sus obligaciones de presentación
de informes al objeto de establecer un diálogo constructivo con el Comité.
6. Teniendo presente la situación general extraordinariamente difícil
de las Islas Salomón, el Comité considera necesario limitar sus
observaciones finales a una evaluación de las deliberaciones por él
sostenidas en su actual período de sesiones con respecto a la situación
actual de los derechos económicos, sociales y culturales en las Islas
Salomón. El Comité considera asimismo que, dadas las limitadas
fuentes de información de que dispone y la necesidad de que se preste
asistencia técnica al Estado Parte para que pueda cumplir sus obligaciones
de presentación de informes, sus observaciones finales sólo pueden
tener un carácter muy provisional.
B. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto
7. El Comité subraya que, al evaluar la aplicación por el Gobierno
de las Islas Salomón del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, ha de prestarse la debida atención a la situación
política, económica y social que reina actualmente en el país.
En particular, el Comité toma nota de que las Islas Salomón han
sufrido en los años noventa varias crisis económicas y financieras
graves que han reducido considerablemente el alcance de las posibilidades de
acción del Gobierno.
8. El Comité observa que las Islas Salomón son uno de los países
menos adelantados de la región del Pacífico occidental, región
que, en lo que se refiere a cifras per cápita, figura entre los que más
ayuda reciben en el mundo. La pobreza se ha generalizado, sobre todo en las
zonas rurales, donde vive alrededor del 80% de la población. Según
un informe conjunto del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y
el Fondo de Población de las Naciones Unidas de 1997, existe una gran
diferencia en la distribución de los ingresos entre las zonas urbanas
y las rurales, y la gran mayoría de las personas sobrevive con menos
de 300 dólares anuales. En el índice de desarrollo humano del
PNUD correspondiente a 1998, las Islas Salomón ocuparon el lugar 123
entre 174 países.
9. El Comité tiene en cuenta los efectos sumamente perjudiciales de la
crisis financiera de Asia en la economía de las Islas Salomón,
que en gran parte se basa en la exportación de madera, copra, aceite
de palma y cacao. Su economía es, pues, extremadamente sensible a los
cambios en la demanda mundial de esos productos. El colapso de los precios en
el mercado de madera rolliza provocado por la crisis financiera en el Japón,
la República de Corea y Filipinas, los principales países importadores
de madera en troncos de las Islas Salomón, no sólo produjo una
parálisis casi total de la extracción de madera en 1997, sino
que dio lugar también a una seria disminución de los ingresos
fiscales, que en hasta un 40% proceden de la explotación forestal. Los
ingresos derivados de la pesca (de atún), el segundo recurso natural
más importante de las Islas Salomón, también han menguado
de resultas de la crisis económica en Asia.
10. El Comité toma nota de que la mayor parte de los recursos naturales
del país son explotados por empresas extranjeras que pagan pocos impuestos,
si acaso al Gobierno y que, al llevarse al extranjero la mayor parte de las
ganancias, dejan muy pocos beneficios en las Islas Salomón. Además,
la gama de medidas macroeconómicas que el Gobierno puede adoptar se ve
muy reducida por las obligaciones de servicio de la deuda del Estado Parte respecto
de los países acreedores, así como por las rigurosas condiciones
de préstamo impuestas por el Banco Asiático de Desarrollo, el
Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.
C. Aspectos positivos
11. El Comité acoge con beneplácito los encomiables esfuerzos
del Gobierno recientemente elegido para sentar las bases de un crecimiento económico
sostenible. En particular, el Comité alienta al Gobierno a que ponga
en práctica sus planes de revisión del sector forestal, aprovechando
la experiencia de especialistas externos, y a que adopte medidas para la vigilancia
de ese sector.
12. El Comité observa que la Constitución, en su artículo
13, reconoce el derecho de los trabajadores a formar sindicatos y a afiliarse
a ellos, y que los tribunales internos han confirmado esos derechos. Aunque
es cierto que sólo entre el 10 y el 15% de la población está
empleada en el sector estructurado, el Comité observa que entre el 60
y el 70% de los asalariados están organizados en sindicatos.
13. El Comité se congratula de que en la Constitución de las Islas
Salomón se prohíba el trabajo forzoso, incluido el trabajo forzoso
y en régimen de servidumbre de los menores, y de que esa prohibición,
al parecer, se respete. El Comité toma nota de que se han promulgado
leyes para proteger a los niños menores de 12 años de los trabajos
pesados, prohibir el trabajo de menores de 15 años en la industria y
en los barcos, y prohibir el empleo de menores de 18 años en trabajos
subterráneos o en las minas.
14. El Comité toma nota con reconocimiento de que el Gobierno de las
Islas Salomón considera la salud una prioridad importante, lo que se
refleja en el elevado porcentaje del presupuesto nacional que se asigna a ese
sector. Los servicios de salud básicos son gratuitos, y el Gobierno ha
adoptado medidas importantes para abordar los problemas de salud de la población,
en cooperación con donantes extranjeros y con organismos especializados,
como la Organización Mundial de la Salud. A pesar de que la incidencia
del paludismo sigue siendo muy alta (con un total en 1993, según una
estimación de la OMS, de más de 120.000 casos) sobre todo entre
los trabajadores agrícolas, afectados concretamente, se han hecho progresos
en la lucha contra enfermedades transmisibles como la diarrea, las enfermedades
agudas de las vías respiratorias y el paludismo. El Comité reconoce
asimismo que el programa de inmunización del Estado Parte ha logrado
reducir la incidencia de las enfermedades prevenibles mediante vacunación,
como el sarampión, la difteria, la tos ferina y el tétanos. El
mejoramiento del sistema de atención de salud ha contribuido a aumentar
considerablemente la esperanza de vida que, según algunas estimaciones,
supera los 70 años de edad.
15. El Comité toma nota de que la singular cultura kastom y wantok de
la población se ha mantenido hasta ahora en gran medida intacta. La preservación
del sistema tradicional de la familia ampliada, que se basa en un arraigado
sentimiento de responsabilidad social, ha absorbido una parte considerable de
las repercusiones sociales de la reciente crisis económica. El Comité
acoge asimismo con satisfacción el establecimiento de una Galería
Nacional de Arte y de un Centro Cultural en 1995, así como la iniciativa
del Gobierno de las Islas Salomón, junto con los otros cinco Estados
melanesios, de organizar regularmente festivales melanesios de arte y cultura.
D. Principales motivos de preocupación
16. El Comité observa con preocupación que, pese a una cláusula
constitucional de no discriminación y a la reciente adopción de
una "política nacional sobre la mujer", ésta sigue sujeta
al patriarcado. Aunque la función y el lugar que ocupa la mujer en la
sociedad de las Islas Salomón gozan de respeto, lo que se refleja en
las tradiciones de herencia de las tierras por la línea materna, su condición
está subordinada a la del hombre. Como consecuencia de ello, la mujer
tiene un acceso limitado a la vida política y económica del país.
Como se indica en el Informe sobre Desarrollo Humano 1998 del PNUD, sólo
el 3% de los administradores y gerentes y el 27% de los profesionales y técnicos
son mujeres. Además, no hay mujeres en los altos cargos de Gobierno a
nivel ministerial o subministerial y sólo 1 de los 47 miembros del Parlamento
es mujer.
17. El Comité expresa preocupación por el aumento del desempleo,
que ha sido un factor importante de instigación de la desobediencia civil
en el país.
18. Aunque el Comité es plenamente consciente de que las Islas Salomón
están gravemente afectadas por limitaciones financieras causadas por
la actual crisis económica, recuerda de todos modos que el reciente redimensionamiento
del sector público, que representa casi una tercera parte del empleo
asalariado, ha tenido importantes repercusiones sociales. El Comité observa
asimismo que el acceso de las personas discapacitadas al empleo en el sector
estructurado es particularmente limitado.
19. El Comité señala con preocupación el problema de la
violencia en el hogar, que prevalece en la sociedad de las Islas Salomón
y que no siempre abordan debidamente las autoridades competentes.
20. El Comité, si bien reconoce que el Estado Parte necesita recaudar
recursos financieros para subvencionar su programa de reforma económica
y desarrollo, expresa su preocupación por los planes del Gobierno de
privatizar tierras comunales para que se destinen a usos comerciales y al desarrollo
urbano. El Comité recuerda que aproximadamente el 90% de las tierras
de las Islas Salomón están sujetas a un régimen de tenencia
consuetudinario, lo que significa que pertenecen a la comunidad como tal y no
a las personas. El Comité desea señalar a la atención del
Gobierno que la privatización prevista de las tierras sujetas a régimen
consuetudinario puede socavar los cimientos de la sociedad de las Islas Salomón
y llevar a que la mayoría de la población quede desposeída
y privada de sus fuentes básicas de ingreso. Con respecto a los planes
del Gobierno de privatizar completamente el sector de la vivienda, el Comité
expresa preocupación porque el número de personas sin hogar en
las zonas urbanas aumente considerablemente.
21. El Comité observa que el Estado Parte no presta la debida atención
a las amenazas contra el medio natural de las Islas Salomón causadas
por las prácticas de deforestación y pesca excesiva que afectan
el mantenimiento de un nivel de orden adecuado, como se garantiza en el artículo
11 del Pacto.
22. El Comité observa que, aunque las encomiables políticas sanitarias
del Gobierno de las Islas Salomón han reducido drásticamente la
tasa de mortalidad de menores de 5 años, la mortalidad de lactantes sigue
siendo causa de gran preocupación. Según una publicación
de la OMS de 1996, la tasa de mortalidad de lactantes se estima en 26,8 defunciones
por 1.000 nacidos vivos, mientras que, según un informe conjunto del
PNUD y el FNUAP de 1997, la tasa de mortalidad materna alcanza las 550 defunciones
por 100.000 nacidos vivos. Al Comité le preocupa el bajo porcentaje de
la población que tiene acceso a un saneamiento adecuado (sólo
el 9% de la población rural) y a agua potable libre de impurezas en el
hogar o a una distancia razonable (el 63% del total de la población),
según se indica en una publicación de la OMS de 1996. El Comité
recuerda que la falta de servicios de saneamiento adecuados contribuye directamente
a acrecentar el grave problema del paludismo, que afecta a más de una
tercera parte de la población.
23. Si bien toma nota de que la falta de recursos financieros, debida a la situación
de crisis económica que reina en las Islas Salomón, deja al Estado
Parte pocas posibilidades de ofrecer servicios de educación adecuados,
el Comité no deja de expresar su preocupación porque la enseñanza
primaria no es obligatoria en las Islas Salomón y sólo el 60%
de los niños en edad escolar tienen acceso a la enseñanza primaria.
El Comité desea, por consiguiente, señalar a la atención
del Gobierno la obligación que ha contraído en virtud del apartado
a) del párrafo 2 del artículo 13 del Pacto, en que se estipula
que "la enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos
gratuitamente" y su Observación general Nº 11 "Plan de
acción para la enseñanza primaria (artículo 14 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales)". En
particular, el Comité manifiesta su inquietud por la baja tasa de alfabetización
entre los adultos, especialmente las mujeres. En el Informe sobre Desarrollo
Humano 1998 del PNUD, esta tasa se estima en tan sólo el 23%, lo cual,
por supuesto, es atribuible también en gran medida a la falta de recursos
financieros para la educación.
E. Sugerencias y recomendaciones
24. El Comité reitera al Gobierno de las Islas Salomón su petición
de que participe activamente en un diálogo constructivo con el Comité
sobre cómo cumplir de manera más adecuada las obligaciones contraídas
en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales. El Comité señala a la atención del Gobierno
que el Pacto crea para todos los Estados la obligación jurídica
de presentar su informe inicial y sus informes periódicos, y que las
Islas Salomón han incumplido esta obligación por muchos años.
25. El Comité recomienda al Gobierno de las Islas Salomón que
haga uso de los servicios de asesoramiento de la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con objeto de poder presentar
cuanto antes un informe completo sobre la aplicación del Pacto, de conformidad
con las directrices revisadas del Comité y haciendo particular hincapié
en las cuestiones planteadas y las preocupaciones expresadas en las presentes
observaciones finales. El Comité alienta asimismo a la Oficina del Alto
Comisionado para los Derechos Humanos a que, mediante su programa de servicios
de asesoramiento y cooperación técnica, preste asistencia especializada
al Gobierno en la formulación de políticas sobre los derechos
económicos, sociales y culturales y en la elaboración de planes
de acción coherentes y completos para la promoción y protección
de los derechos humanos, así como en el desarrollo de medios adecuados
para evaluar y vigilar la realización de esos derechos.
26. El Comité recomienda al Gobierno de las Islas Salomón que
adopte medidas para prevenir la explotación excesiva de los recursos
forestales y pesqueros del país.
27. Además, el Comité sugiere al Gobierno de las Islas Salomón
que convoque una cumbre nacional sobre la aplicación del Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en la que participen todas
las entidades nacionales e internacionales interesadas, como representantes
del Gobierno central y de las administraciones locales, sindicatos, organizaciones
no gubernamentales locales, organismos especializados y países donantes.
28. De conformidad con el párrafo 1 del artículo 2 y el artículo 23 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se invita a los organismos especializados a que suministren al Comité información complementaria y observaciones relativas a la situación y al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales en las Islas Salomón, de manera que el Comité y el Estado Parte puedan establecer las medidas apropiadas a los efectos de aplicar el Pacto en las Islas Salomón. El Comité invita al Estado Parte a que participe en un diálogo que se celebraría durante el 21º período de sesiones del Comité conjuntamente con representantes de los organismos especializados pertinentes, como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, la FAO, la OMS, la OIT, el PNUD, el UNICEF y la UNESCO. El Comité expresa su convicción de que sólo mediante un diálogo constructivo entre el Estado Parte, las instituciones mencionadas y el Comité podrá lograrse una valoración adecuada y realista de las estrategias de desarrollo y de derechos humanos viables que beneficien a todos los ciudadanos de las Islas Salomón.
29. El Comité desea recalcar que el éxito de las sugerencias y
recomendaciones formuladas en los párrafos precedentes depende de que
el Estado Parte reafirme su compromiso de cumplir sus obligaciones de presentar
informes y otras obligaciones jurídicas internacionales contraídas
en virtud del Pacto.