University of Minnesota



J. J. C. (se suprime el nombre) v. Canada, ComunicaciĆ³n No. 367/1989, U.N. Doc. CCPR/C/43/D/367/1989 (1991).



 

 

 

Comunicación No. 367/1989 : Canada. 13/11/91.
CCPR/C/43/D/367/1989. (Jurisprudence)

Convention Abbreviation: CCPR
Comité de Derechos Humanos
43° período de sesiones


DECISION DEL COMITE DE DERECHOS HUMANOS EN VIRTUD DEL PROTOCOLO
FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES
Y POLITICOS - 43° PERIODO DE SESIONES
relativa a la

Comunicación N° 367/1989


Presentada por: J. J. C. (se suprime el nombre)
Presunta víctima: El autor

Estado Parte: Canadá

Fecha de la comunicación: 18 de mayo de 1989 (fecha de la Carta inicial)


El Comité de Derechos Humanos, establecido en virtud del artículo 28 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,

Reunido el 5 de noviembre de 1991,

Adopta la siguiente:


Decisión sobre admisibilidad

1. El autor de la comunicación es J. J. C., ciudadano canadiense residente en Montreal, Canadá. Sostiene que es víctima de una violación por el Canadá del artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Los hechos tal como han sido expuestos por el autor

2.1. El autor declara que en 1987 la "Régie du Logement" de Quebec rechazó su petición de reducción del alquiler. Indica que el motivo de su petición era que deseaba obtener una compensación por el hostigamiento constante a que presuntamente lo habían sometido sus vecinos. Apeló contra la decisión de la Régie du Logement al Tribunal Provincial del Distrito de Montreal, que
confirmó la decisión de la Régie du Logement y rechazó la apelación del autor. Según el autor, este fallo no puede ser apelado conforme al artículo 102 de la "Loi sur la Régie du Logement".

2.2. El autor afirma que pidió al Tribunal Provincial que retractara su fallo y presentó una queja al Conseil de la Magistrature de la provincia de Quebec acerca del presunto incumplimiento del juez de sus obligaciones profesionales. Posteriormente fue oído por el Comité de Investigación (Comité d'Enquête)establecido por el Conseil de la Magistrature, compuesto de dos jueces y un abogado. Se queja de que ninguno de los miembros del Comité mostró ningún interés en su caso y de que el informe del Comité fue el
producto de "mala fe y parcialidad". Agrega que, en todo caso, no existe una verdadera supervisión y examen de las acciones judiciales, ya que no se puede esperar que los jueces sancionen las acciones de sus colegas. Por último, observa que su queja ante el Comité dio ocasión al Conseil de la Magistrature de Quebec a no poner más a la disposición de los ciudadano8 que habían recurrido al Conseil el informe del Comité de Investigación.

2.3. A principios de 1989, el autor presentó otra queja ante el Ministerio de Justicia protestando contra la decisión del Comité de Investigación de no mantener su queja contra el juez.

2.4. Con respecto al requisito del agotamiento de los recursos de la jurisdicción interna, el autor sostiene que, aunque tendría la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo del Distrito de Montreal, ello no sería apropiado porque a) no puede permitirse el pago de los honorarios de abogado que entrañaría y b) el Tribunal Supremo al parecer no se ocupa de asuntos que conciernen a la Régie du Logement.

La queja

3. J, J. C. sostiene que se le ha denegado la igualdad ante la ley y un juicio equitativo ante el Tribunal Provincial de Montreal en violación del artículo 14. El juez presuntamente mostró una actitud hostil respecto de él y "favoreció claramente" a la otra parte. En particular, indica que el juez no cumplió con los requisitos del "Code de déontologie des Juges" yl en consecuencia, con sus obligaciones profesionales, por cuanto: a) denegó la petición del autor de permitir que los testigos salieran del recinto del juzgado: b) denegó al autor la posibilidad de interrogar a su vez a los testigos: y c)le denegó el derecho de presentar su caso al fin de la
audiencia.

Información y observaciones del Estado Parte

4. El Estado Parte indica que la comunicación debe ser declarada inadmisible por cuanto no ha sido suficientemente fundamentada y/o constituye un abuso del derecho de presentación conforme al artículo 3 del Protocolo Facultativo. El Estado Parte se basa en la manera imprecisa en que las presentaciones del autor fueron formuladas y documentadas, las circunstancias de hecho presentadas en apoyo de su queja y el reconocimiento expreso del autor de que no se habían agotado los recursos de jurisdicción interna.

Cuestiones y procedimientos ante el Comité

5.1. Antes de examinar cualquiera de las reclamaciones contenidas en una comunicación , el Comité de Derechos Humanos debe decidir, de conformidad con el artículo 87 del reglamento, si esa comunicación es admisible o no con arreglo al Protocolo Facultativo del Pacto.

5.2. El Comité ha tomado nota de que el autor se queja, en general, de que la magistratura del Canadá no está sujeta a supervisión alguna y, más especialmente, de que acusa de parcialidad y comportamiento indebido al juez del Tribunal Provincial de Montreal y al Comité de Investigación del Conseil de la Magistrature. Estas alegaciones tienen carácter general y no han sido fundamentadas de manera que el autor pueda pretender que es una víctima en el sentido del Protocolo Facultativo. La situación justifica dudas sobre la seriedad de la comunicación del autor y lleva al Comité a la conclusión de que constituye un abuso del derecho de presentación de comunicaciones, de conformidad con el artículo 3 del Protocolo Facultativo.

6. En consecuencia, el Comité de Derechos Humanos decide:

a) que la comunicación es inadmisible según el artículo 3 del Protocolo Facultativo;

b) que se comunique la presente decisión al Estado Parte y al autor de la comunicación.



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