Telex de 1 de abril de 1987 del Presidente de la Corte Interamericana.
01 de Abril de 1987
REF: CDH-OC-9/110
Excelentísimo Señor
Enrique V. Iglesias
Ministro de Relaciones Exteriores
Montevideo, Uruguay
Señor Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el propósito de comunicarle que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, celebrada el jueves 18 de junio de 1987, una audiencia pública sobre la solicitud de opinión consultiva que, mediante nota del 17 de setiembre de 1986, el Ilustrado Gobierno de la república Oriental del Uruguay formuló para que se interprete el alcance de la prohibición, contenida en el Artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de suspender 'las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos' y, especialmente, para que la Corte dé su opinión en cuanto a la determinación de cuales son esas 'garantías judiciales indispensables' y en cuanto a la relación del citado artículo 27.2, en lo pertinente, con los artículos 25 y 8 de la Convención.
Mucho agradeceré a Vuestra Excelencia comunicar al Tribunal la participación de Vuestro Ilustrado Gobierno en la mencionada audiencia, si así se acordare hacerlo.
Me permito, además, solicitar a Vuestra Excelencia comunicar a la Corte antes del 19 de mayo de 1987, si el Ilustrado Gobierno de la República Oriental de Uruguay lo tiene a bien, las consideraciones adicionales y motivaciones que éste habría tenido en cuenta para solicitar la opinión consultiva, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 49.2.A del Reglamento de la Corte que establece que:
... La solicitud debe indicar las disposiciones que deben ser interpretadas, las consideraciones que originan la consulta y el nombre y dirección del Agente del solicitante.
Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.
(f)Thomas Buergenthal - Presidente - Corte Interamericana de Derechos Humanos