Carta del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 8 de mayo de 1987.


15 de mayo de 1987
CDH-CH/097

 

Señor Agente:

Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Excelencia con el propósito de acusar recibo de la nota de fecha 5 de abril de 1987 (EH. CVCR.038-87), recibida en esta Secretaría el 5 de mayo de 1987.

De acuerdo con las instrucciones recibidas del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Juez Thomas Buergenthal, tengo el honor de comunicarle lo siguiente:

 

1. El Gobierno de Honduras, en sus escritos de fecha 31 de octubre de 1986 referentes a los casos Nos. 7920, 7951 y 8097, afirma que la Corte carece de competencia para conocer estos casos y/o que estos casos no son admisibles y, da varias razones debido a las cuales, en caso de ser consideradas meritorias, la Corte tendría que declarar sin lugar en parte o totalmente los casos presentados por la Comisión. Debido a esto, es el Gobierno de Honduras el que, en primer lugar, debe fundamentar su posición. Será la Comisión la que rechace sus afirmaciones y/o demuestre que, a pesar de ellas, la Corte tiene competencia para proceder a examinar el fondo de los casos.

2. Lo antes afirmado requerirá que, en las audiencias públicas sobre los casos, el Gobierno proceda de primero y sea, luego, seguido por la Comisión. Al presentar su caso, el Gobierno será libre de hacer exposiciones orales y de pedir o presentar la prueba pertinente para los asuntos en consideración. La Comisión tendrá el mismo derecho.

3. Con el fin de autorizar el desarrollo normal de los procedimientos, el Presidente necesita ser informado por el Gobierno de Honduras y por la Comisión a su más pronta conveniencia, pero a más tardar el 5 de junio de 1987, acerca de cuanto tiempo necesitarán para sus respectivas exposiciones, incluido el pedido o presentación de la prueba y los puntos específicos sobre los que harán mención. Tan pronto como esta información sea recibida, el Presidente hará las consultas del caso con el Gobierno de Honduras y la Comisión. Después de estas consultas, el Presidente decidirá sobre la manera en que se realizarán las audiencias públicas.

Aprovecho la oportunidad para reiterar al señor Agente las muestras de mi más alta y distinguida consideración.

 

(f) Charles Moyer
Secretario

Señor
Edgardo Sevilla Idiáquez
Agente del Gobierno de Honduras
Embajada de Honduras
San José

 


Home / Treaties / Search / Links