VISTO:
La resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 19 de septiembre de 1997, mediante la cual decidió
[c]onvocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Estado de Colombia a una audiencia pública, que se celebrará el 4 de noviembre de 1997 a partir de las 10:00 horas en la sede de la Corte, para conocer sus argumentos sobre las medidas provisionales solicitadas en el [.] caso [Alvarez y otros].
CONSIDERANDO:
Que al habiendo revisado la agenda interna de trabajo del XXXVIII Período Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Presidente considera necesario reestructurar la misma para cumplir con los objetivos planteados, para lo cual debe modificarse la fecha de la audiencia pública convocada por este Tribunal en su resolución de 19 de los mismos mes y año.
POR TANTO:
EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
con fundamento en artículo 12.2 del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en el artículos 4 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
RESUELVE:
Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Estado de Colombia a una audiencia pública, que se celebrará el 8 de noviembre de 1997 a partir de las 10:00 horas en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para conocer sus argumentos sobre las medidas provisionales solicitadas en el presente caso y a una audiencia previa a la misma a partir de las 9:00 horas del mismo día.
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Hernán Salgado Pesantes
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario