University of Minnesota




GUÍA DE ESTUDIO:
Los derechos de los pueblos indígenas*



“Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”.

Proyecto de Declaración Sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas, Artículo 3

Introducción
Términos usados comúnmente cuando se habla de los Derechos humanos de los pueblos indígenas
Derechos en juego
Instrumentos Internacionales de protección
UN órganos para la protección de los Pueblos Indígenas
Fuentes


I. Introducción

Quiénes son los Pueblos Indígenas?

Llamamos Pueblos Indígenas a aquellas personas que habitaron en una tierra antes de que ésta fuera conquistada por las sociedades coloniales y que se consideran distintos a las sociedades que actualmente gobiernan estos territorios.
Como fue definido por las Naciones Unidas, por el Relator Especial de la Subcomisión para la Prevención de la Discriminación y la Protección de la Minorías, comunidades indígenas, gente y naciones, son

...aquellos que, teniendo una continuidad histórica a la preinvasión y las sociedades precoloniales que se desarrollaron sobre sus territorios, considérense distintos de otros sectores de sociedades que ahora prevalecen en aquellos territorios, o parte de ellos. Ellos forman, actualmente, sectores no dominantes de sociedad y son determinados para conservar, desarrollar, y transmitir a futuras generaciones sus territorios hereditarios, y su identidad étnica, así como la base de su existencia continuada como pueblos, conforme a su propio modelo cultural, instituciones sociales y sistemas legales...

(Martinez-Cobo, 1984)

(Nota: El texto en español no es el original. Se trata de una traducción más o menos fiel del texto inglés)

Los Pueblos Indígenas son, a nivel mundial, entre 300 y 500 millones de personas, lo que representa un 80 % de la diversidad biológica y cultural en el mundo, y ocupan un 20% de la superficie terrestre. Los Pueblos Indígenas son muy diversos. Viven en prácticamente todos los países y en todos los continentes del mundo y forman un espectro de humanidad, desde los tradicionales cazadores – recolectores y granjeros hasta los escolares de derecho. En algunos países, los Pueblos Indígenas constituyen la mayoría de la sociedad, en otros, en cambio, comprenden sólo pequeñas minorías. Los Pueblos Indígenas están preocupados por conservar la tierra, proteger la lengua y promover la cultura. Algunos de ellos se esfuerzan por preservar los tradicionales modos de vida, mientras que otros, en cambio, buscan mayor participación en las estructuras actuales. Como toda cultura y civilización, los Pueblos Indígenas están siempre adaptándose a los cambios en el mundo. Los Pueblos Indígenas reconocen sus problemas y trabajan para la auto-determinación; basada en el respeto por la Tierra.

A pesar de tal gran diversidad en las comunidades indígenas alrededor del mundo, todos los Pueblos Indígenas tienen algo en común: todos ellos comparten una historia de injusticias. Los Pueblos Indígenas han sido matados, torturados y esclavizados. En muchas ocasiones, han sido víctimas de genocidio. Se les ha negado el derecho a participar en los procesos de gobiernos de los actuales sistemas democráticos. Conquistas y colonizaciones han intentado robarles su dignidad e identidad, así como su derecho fundamental a la auto-determinación.

Gente Indígena o Pueblos Indígenas?

El Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establece que todos los pueblos tienen derecho a la auto-determinación con la virtud de que ellos “libremente determinan su estatus político y persiguen, libremente, su desarrollo político, social y cultural” (Parte primera, articulo,1966). Sin embargo, debido a que ha habido discusión sobre el significado exacto del término "pueblos", no está exactamente claro a quién se hace referencia con la expresión "los pueblos". Algunos gobiernos estatales se oponen al empleo del término "pueblos" para referirse a los Pueblos Indígenas porque temen que el uso del mismo, sea asociado con el derecho de secesión y con la estructura del Estado independiente. De este modo, preferirían los términos "tribus" "o poblaciones", que carecen de dichas asociaciones. Por otro lado, los Pueblos Indígenas usan el término "pueblos" debido a su asociación con el reconocimiento inherente de una identidad distinta. “Gentes Indígena " es un compromiso entre estas dos posiciones. Pueblos Indígenas y sus abogados encuentran que la negación de ser descritos como "pueblos" y del derecho inherente a la autodeterminación son una forma de racismo y de la discriminación continuada.


II. Términos que son usados normalmente cuando hablamos de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas

Relator: Un experto confiado por las Naciones Unidas con un mandato especial en el ámbito de los derechos humanos, actuando con capacidad personal.

Colonización: Un acto de colonización, significa establecer un “cuerpo de gente” viviendo en un nuevo territorio pero que conservan lazos con el estado asociado.
Auto-determinación: El derecho de un grupo cohesivo nacional ("pueblos"), que vive en un territorio, a escoger para el mismo una forma de organización política y legal.

Colectivo: Denotación de un número de personas o cosas consideradas como un grupo o todo.

Grupo: Un número de individuos reunidos o que tienen alguna relación que le une.

Tratado: Un contrato por escrito entre dos o más autoridades políticas (como estados o soberanías), formalmente firmado por representantes debidamente autorizados y, por lo general, ratificado por la autoridad legislativa del estado.

Firmado: Escribir el nombre [del país] como una señal de asentimiento, responsabilidad u obligación.

Ratificar: La ratificación define el acto internacional por el cual un estado indica su consentimiento a quedar vinculado por un tratado si las partes tuvieran la intención de mostrar su consentimiento en tal acto. La institución de subvenciones de ratificación (=ratification grants ) declara el período necesario para la aprobación requerida para el tratado a nivel nacional y para promulgar la legislación necesaria para dar el efecto doméstico al mismo.

Entrar en vigor
: Cuando un tratado entra en vigor, obliga legalmente a todas las partes que lo han ratificado. Un tratado, por lo general, entra en el vigor cuando un cierto número de Estados miembros lo han ratificado.

Adhesión: "Adhesión" es el acto por el cual un estado acepta la oferta o la oportunidad de hacerse parte de un tratado ya negociado y firmado por otros estados. Esto tiene el mismo efecto legal que la ratificación. La adhesión, por lo general, ocurre después de que el tratado ha entrado en vigor.

Reservas: Cuando un estado pone una reserva a un tratado, esto significa que el estado en cuestión se considera vinculado por el tratado, excepto por aquellas provisiones a la que ha hecho la reserva. El mecanismo de reservas permite a un estado aceptar un tratado multilateral en su totalidad, pero dándole la posibilidad de que no se le apliquen ciertas provisiones, a las cuales, éste, no quiere obedecer. Las reservas no deben ser incompatibles con el objeto y el objetivo del tratado. Además, un tratado podría prohibir reservas o sólo permitir la realización de ciertas reservas.

Asamblea General: La Asamblea general es el órgano principal de deliberación de las Naciones Unidas. Esta compuesto por los representantes de todos los Estados miembros, de los cuales cada uno tiene un voto. La Asamblea general pasa resoluciones sobre cuestiones importantes acerca de todo del espacio exterior para el desarme.

Década Internacional
: Una Década Internacional es un período de diez años en el cual las Naciones Unidas trabajan en un tema específico (por ejemplo: Pueblos Indígenas) e intentan llevar a cabo objetivos importantes en relación al mismo.
Convenio: Un acuerdo, por lo general, formal, solemne, y obligatorio. Es similar a un tratado.

Directriz operacional: Las Directrices Operacionales del Banco Mundial contienen una mezcla de política, procedimientos de dirección sobre como el Banco trata con temas específicos.

Banco mundial
: El Banco mundial es un banco de ayuda al desarrollo. Éste proporciona estrategias y préstamos a países en vías de desarrollo para ayudarles a " mejorar el nivel de vida y eliminar las peores formas de pobreza”.

III. Derechos en juego

A pesar del reconocimiento internacional y la aceptación de la Declaración Universal de Derechos humanos, que garantiza los derechos fundamentales de todos los seres humanos, el hecho práctico de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas permanece sin medios de protección expresamente designados. Hasta este día, los Pueblos Indígenas siguen afrontando amenazas serias a su existencia básica, debido a la política sistemática de los gobiernos. En muchos países, los Pueblos Indígenas representan el más alto eslabón del subdesarrollo en indicadores tales como, la proporción de encarcelamiento de personas, la tasa de analfabetismo, la tasa de paro, etc.. Ellos afrontan la discriminación en las escuelas y son explotados en sus lugares de trabajo. En muchos países, no se les permite, incluso, estudiar sus propias lenguas en las escuelas. Tierras sagradas y objetos les son arrebatados en virtud de tratados injustos. Gobiernos nacionales siguen negando a los Pueblos Indígenas el derecho de vivir en sus tierras tradicionales y manejarlas libremente; a menudo, poniendo en práctica políticas para la explotación de tierras que ellos han sostenido durante siglos. En algunos casos, algunos gobiernos han hecho cumplir, incluso, la política de asimilación forzada en esfuerzos de erradicar a los Pueblos Indígenas, su culturas, y tradiciones. Una y otra vez, gobiernos en el mundo entero han mostrado una carencia completa de respeto hacia los valores Indígenas, sus tradiciones y los derechos humanos.

En discusiones internacionales sobre la protección y la promoción de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, algunos Estados han argumentado que un uso más concienzudo de normas de derechos humanos resolvería la cuestión. Por otra parte, los Pueblos Indígenas argumentan que tales normas de derechos humanos internacionales han fallado de forma consistente en su protección hasta entonces. Lo que es necesario, ellos discuten, es el desarrollo de nuevos documentos internacionales dirigidos a las necesidades específicas de los Pueblos Indígenas del mundo. Aunque la Declaración Universal de Derechos Humanos haya sido diseñada para proteger los derechos humanos de todos los seres humanos individuales, la ley internacional acerca de derechos humanos colectivos permanece vaga y puede fallar en proteger los derechos del grupo de Pueblos Indígenas.

IV. Instrumentos Internacionales para la Protección de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas

Instrumentos legales de carácter internacional toman la forma de un tratado (también llamados acuerdo, convención, convenio, o protocolo), el cual puede vincular a los Estados Contratantes. Cuando las negociaciones se completan, el texto de un tratado es establecido como auténtico y definitivo y es “firmado” a aquel efecto por los representantes de estados. Hay varios medios por los cuales un estado expresa su consentimiento para ser atado según un tratado. Los más comunes son la ratificación o la adhesión. Un nuevo tratado es "ratificado" por aquellos estados que han negociado el instrumento. Un estado que no ha participado en las negociaciones, puede, en una etapa posterior, “adherirse” al tratado. El tratado entra en vigor cuando un número predeterminado de estados lo han ratificado o se han adherido al mismo.

Cuando un estado ratifica o se adhiere a un tratado, este puede hacer reservas a uno o varios artículos del mismo, a no ser que las reserves estén, según el tratado, prohibidas. Las reservas normalmente pueden ser retiradas en cualquier momento. En algunos países, tratados internacionales tienen prioridad sobre la ley nacional; en otros, puede requerirse una ley específica para dar a un tratado internacional, aunque ratificado o adherido, la fuerza de ley nacional. Prácticamente todos los estados que han ratificado o han accedido a un tratado internacional deben emitir decretos, enmendar leyes existentes o introducir nueva legislación para que el tratado sea totalmente eficaz sobre el territorio nacional.

No todos los instrumentos internacionales son tratados legalmente vinculantes. Por ejemplo, algunos los instrumentos de derechos humanos más importantes son declaraciones. Una declaración carece de mecanismo legal para obligar a su cumplimiento, pero confía puramente en el peso moral que, de forma implícita, está en ella.

Los derechos de los Pueblos Indígenas se solapan con muchos otros derechos humanos. Importantes derechos de muchos Pueblos Indígenas no son enmarcados en los tratados específicos de derechos de los Pueblos Indígenas, sino que son una parte más de tratados generales, como la Declaración Universal de Derechos humanos o la Convención sobre la Prevención y el Castigo del Crimen de Genocidio.

Naciones Unidas

Proyecto de Declaración sobre los Derechos de Pueblos Indígenas
Es la declaración más amplia de los derechos de los Pueblos Indígenas hasta el momento. Establece derechos colectivos en mayor grado que cualquier otro documento protector de los derechos humanos a nivel internacional. Esta declaración otorga el derecho de los Pueblos Indígenas a la protección de su cultura e identidad, así como el derecho a la educación, al empleo, a la salud, a la religión, a la propia lengua, entre otros. También protege el derecho de Pueblos Indígenas de poseer la tierra colectivamente. Aunque los Estados no estén legalmente vinculados por la Declaración, ésta ejerce una cantidad considerable de fuerza moral, pues ha sido adoptada por la Asamblea General. Consiste en 45 Artículos, la Declaración preliminar se divide en nueve partes:

Parte 1. Derechos Fundamentales
Parte 2. Vida y seguridad
Parte 3. Cultura, Religión y Lenguaje
Parte 4. Educación, medios y empleo.
Parte 5. Participación y desarrollo.
Parte 6. Tierra y Fuentes.
Parte 7. Auto-gobierno e indígenas
Parte 8. Implementación
Parte 9. Estándares mínimos

El primer borrador es de 1985, realizado por el Grupo de Trabajo para las Poblaciones Indígenas, el foro de derechos humanos más grande del mundo. El borrador fue adoptado por la Subcomisión para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos en 1994. Desde entonces, el borrador fue sometido a la Comisión de Derechos Humanos, que estableció el Grupo de Trabajo para el Proyecto de Declaración Sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas. El Grupo de Trabajo, en el cual participan más de 200 organizaciones indígenas, se reúne una vez al año. Su meta es facilitar la adopción por la Asamblea General en el 2004, último año de la Década Internacional para los Pueblos Indígenas.

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es el primer documento de carácter internacional que declara que todos los seres humanos son “iguales en dignidad y derechos” (Artículo 1). Todo el mundo tiene derecho a gozar de los derechos que aparecen en la declaración “sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición” (Artículo 2)

Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1951)
Se entiende por genocidio cualquiera de los actos siguientes que tienen la intención de destruir, en todo o en parte, un grupo nacional, étnico, racial o religioso “matanza de miembros del grupo; lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo; traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo”. (Artículo 2)

Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966)
Este Pacto perfila los derechos civiles y políticos básicos de las personas. Contiene, también, algunas previsiones para derechos colectivos. “En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas, no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma”. (Artículo 27).

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966)
Este Pacto describe los derechos económicos, sociales y culturales básicos de las personas. Contiene también previsiones sobre derechos colectivos.

Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación racial (1966)
“Discriminación racial” es definida como “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública. (Artículo 1)

Convenio sobre pueblos indígenas y tribales (núm. 169 –OIT-) (1989)
El Convenio de la OIT sobre los Pueblos Indígenas y Tribales fue el primer convenio internacional que trató a las necesidades específicas de derechos humanos de los Pueblos Indígenas. El Convenio perfila las responsabilidades de los gobiernos en la promoción y protección de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas.

Convención sobre los Derechos del Niño
(1990)
La Convención contiene regulaciones y sugestiones relevantes para los Pueblos Indígenas en el ámbito de la no-discriminación de los niños (artículo 2), desarrollo de los medios de comunicación que tengan particularmente en cuenta las necesidades lingüísticas del niño perteneciente a un grupo minoritario o que sea indígena; el derecho a la educación, incluyendo educación en derechos humanos, su propia identidad cultural, lengua y valores (artículo 29). El artículo 30 declara que a los niños pertenecientes a minorías o de origen indígena, no se les debe negar el derecho a su propia cultura, religión o lengua (artículo 30).

Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas (1992)
Esta Declaración se refiere a todas las minorías, ello incluye muchos de los Pueblos Indígenas alrededor del mundo. Hace referencia únicamente a derechos de carácter colectivo, sin embargo, derechos colectivos pueden ser extraídos de dichos derechos individuales. La Declaración trata de obligaciones estatales para con las minorías, pero también hace referencia a los derechos de las minorías. Los temas que trata incluyen la identidad étnica, cultural, religiosa o lingüística de las minorías (artículo 1), la libre expresión y desarrollo de cultura; asociación de minorías entre ellas; participación de minorías en decisiones (artículo 2); el ejercicio, por parte de las minorías, de derechos tanto individuales como colectivos; (Artículo 3); educación de y sobre minorías (artículo 4).

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo y Agenda 21 (1992)
Estos dos documentos tienen conexión con la Cumbre sobre la Tierra en Río de Janeiro. En ellos, se reconoce la especial relación entre los Pueblos Indígenas y sus tierras. Los Pueblos Indígenas tienen un rol vital en la dirección y desarrollo medioambiental, debido a su conocimiento tradicional y su experiencia. (Declaración de Río, Principio 22). En orden a hacer uso completo del referido conocimiento, algunos Pueblos Indígenas pueden necesitar un gran control de sus tierras y auto-gobierno de sus recursos, así como participación en el desarrollo de las decisiones que les afectan. (Agenda 21, Capítulo 26.4).

Convenio sobre la Diversidad Biológica (1992)
El Convenio sobre la Diversidad Biológica apela a sus signatarios del siguiente modo, “respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas, y fomentará que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y prácticas se compartan equitativamente” (Artículo 8(j))

Declaración y Programa de Acción de Viena (1993)
La Declaración de Viena aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993 en Australia, “reconoce la dignidad intrínseca y la incomparable contribución de las poblaciones indígenas al desarrollo y al pluralismo de la sociedad y reitera firmemente la determinación de la comunidad internacional de garantizarles el bienestar económico, social y cultural y el disfrute de los beneficios de un desarrollo sostenible”. (I.20) Además, la Declaración apela la contemplación del Proyecto de Declaración sobre los Derechos de Pueblos Indígenas, la renovación y puesta al día del mandato del Grupo de Trabajo para las Poblaciones Indígenas a la proclamación de la Década Internacional de los Pueblos Indígenas (II.28 – 32)

Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (1994)
En dicha Conferencia se acordó que las perspectivas y necesidades de los Pueblos Indígenas debían ser incluidas en “Población”, programas de desarrollo o medioambientales que les afectan, que ellos deben recibir como población – desarrollo relacionado con servicios que son apropiados desde un punto de vista social, cultural o económico. (Párrafo 6.24) Otra decisión importante fue que los Pueblos Indígenas deben ser autorizados a la tenencia y manejo de sus tierras, y a la protección de su recursos naturales y ecosistemas de los que éstos dependen.

Declaración de Durban y Programa de Acción (2001)
La Declaración de Durban y el Programa en Acción tiene una sección específica que trata sobre temas relacionados con los Pueblos Indígenas. Quizás, más importante que todas la recomendaciones, es el hecho de que la Declaración es el primer documento de Naciones Unidas que usa el término “Pueblos Indígenas” en vez de “Gente Indígena”

Unión Europea (UE)

Resolución del consejo sobre pueblos indígenas y la cooperación al desarrollo de la Comunidad Europea y de los Estados miembros (1998)
Esta resolución proporciona la más importante guía europea para el soporte de los pueblos indígenas. Apela a la integración de los intereses de los pueblos indígenas a todos los niveles de cooperación de desarrollo y a la plena y libre participación de los pueblos indígenas en el proceso de desarrollo. La resolución declara: “las culturas indígenas suponen una herencia de conocimientos e ideas de gran diversidad que constituyen un recurso potencial para el planeta.”

Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE)

Alto Comisionado para las Minorías Nacionales
La Oficina de la OSCE Alto Comisionado para las Minorías Nacionales fue establecida en 1992 para identificar y buscar la pronta resolución de tensiones de carácter étnico que pueden poner en peligro la relación de paz, estabilidad o amistad entre los estados participantes en la OSCE. El Alto Comisionado no contiene mandato específico para los pueblos indígenas, pero trata a los Pueblos Indígenas como a cualquier otra minoría nacional.

Organización de los Estados Americanos
Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (http://hrlibrary.law.umn.edu/instree/Sindigenousdecl.html)
El proyecto de Declaración perfila los Derechos Humanos específicos de los Pueblos Indígenas. Cubre cuestiones como, entre otras, el derecho al auto-gobierno, las leyes indígenas y el derecho a la herencia cultural. Un Grupo de Trabajo de OEA está, todavía, discutiendo la declaración.

Grupo del Banco Mundial

Banco Mundial Directiva Operacional (1991)
Esta Directiva Operacional establece la definición e interés del Banco Mundial por los Pueblos Indígenas. Asimismo, trata temas de carácter económico (asistencia técnica y mecanismos sobre proyectos de inversión) referentes a los Pueblos Indígenas. La estrecha definición de Pueblos Indígenas ofrecida por el Banco Mundial y la ambigüedad en lo que concierne a su rol en desarrollo económico, ha resultado muy criticada por los abogados defensores de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas. Consecuentemente, el Banco Mundial está, en la actualidad, sometiéndolo a proceso de revisión. Un proyecto de la nueva Directiva 4.10 puede ser encontrado en la siguiente dirección de la página web del Banco Mundial.

V. Naciones Unidas, órganos para la protección de los Pueblos Indígenas


Naciones Unidas, Grupo de Trabajo para los Pueblos Indígenas
El Grupo Trabajo de Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas, es un órgano subsidiario de la Subcomisión para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos. Es el primero y único cuerpo dedicado de forma exclusiva a temas que conciernen a los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas. Revisa proyectos nacionales relativos a la promoción y protección de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas y desarrolla estándares internacionales para los Derechos Humanos y libertades de los Pueblos Indígenas. El Grupo de Trabajo también realiza estudios sobre diversos temas que afectan a los Pueblos Indígenas. Cerca de 700 personas atienden regularmente a las sesiones del Grupo de Trabajo, incluidos observadores para los Gobiernos, gentes indígenas, organizaciones no gubernamentales y estudiantes.

Naciones Unidas, Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas
En el año 2000, el Consejo Económico y Social, uno de los 6 órganos principales de Naciones Unidas, estableció el Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas para considerar un gran número de cuestiones que afectan a los Pueblos Indígenas. El Foro, que incluye 8 Indígenas expertos, es el primero y único cuerpo internacional de las Naciones Unidas que tiene gentes indígenas como miembros. Se reúnen 1 vez al año durante 10 días laborales y rinde informes anuales al Consejo Económico y Social. La primera reunión fue del 13 al 24 de mayo de 2002. El Foro Permanente sirve de consejero para el Consejo Económico y Social en la discusión de cuestiones Indígenas relacionadas con temas de desarrollo económico, social, cultural, medioambiental, educacional, así como sobre la salud y los derechos humanos. En dichas discusiones, el Foro ofrece consejo y recomendaciones al Consejo, advierte sobre cuestiones Indígenas dentro del sistema de Naciones Unidas, asimismo, prepara y organiza información en dichas cuestiones.

Naciones Unidas, Grupo de Trabajo en el Proyecto de Declaración de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas UN Working Group on the Draft Declaration on the Rights of Indigenous Peoples
Este grupo de trabajo de la Comisión de Derechos Humanos, se reúne una vez al año, y es responsable de revisar y debatir el proyecto de Declaración. La Declaración no será vinculante para los estados, sin embargo, sirve como un importante establecimiento de normas aceptadas universalmente, pues es adoptado por consenso de todos los estados miembros de Naciones Unidas u proveerá bases para una mayor protección legal de los derechos indígenas en muchos países.

Naciones Unidas, Relator sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los Pueblos Indígenas
Rodolfo Stavenhagen fue nombrado como el primer Relator especial para los Pueblos Indígenas el 24 de abril de 2001. Su mandato es como sigue : recopilar información sobre las violaciones de Derechos Humanos, formular recomendaciones para prevenir y remediar dichas violaciones y para trabajar conjuntamente con otros expertos de la Comisión de Derechos Humanos y de la Subcomisión para la Promoción y Protección
de los Derechos Humanos
. El Relator coopera estrechamente con el Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas y con el Grupo de Trabajo para los Pueblos Indígenas.

VI. Fuentes

Principales páginas web sobre Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas

Center for the World’s Indigenous Peoples
Dicho Centro es una organización de búsqueda y educación dedicada a la apreciación del conocimiento de los Pueblos Indígenas. Sirve para promover un gran entendimiento de la realidad social, económica, política de las naciones Indígenas. El Centro trata de crear un mejor entendimiento entre gentes, y de establecer la cooperación entre naciones, así como entre naciones y estados. La página web del Centro contiene información en programas educacionales y conferencias, publicaciones, búsqueda y la política doméstica e internacional relativa a los Pueblos Indígenas. La página web incluye, también, links al Centro de Medicina Tradicional, the “Fourth World Institute” –Instituto del Cuarto Mundo-, The “Fourth World Journal” – La revista del Cuarto Mundo, y el Centro para la librería mundial de los Pueblos Indígenas.

NativeWeb
NativeWeb es una organización educacional de carácter internacional que usa las telecomunicaciones para diseminar información sobre las naciones Indígenas, los Pueblos y las organizaciones alrededor del mundo. NativeWeb permite a comunidades indígenas de todo el mundo comunicarse, compartir fuentes, y coordinar en proyectos e iniciativas. El Centro de Recursos on-line de Native Web incluye un índice de naciones, regiones geográficas, noticias / eventos, cuestiones legales, libros y música. Links a este sitio web proveen de información detallada relativa a prácticamente cualquier cuestión indígena.

Cultural Survival
Cultural Survival es una organización dedicada a desarrollar nuevas estrategias para dar respuestas directas a las necesidades críticas de la población indígena mundial. Dicha organización analiza y publica ejemplos de cómo las gentes indígenas han superado con éxito ciertas crisis. El estudio de dos casos son las cuestiones centrales del trabajo de investigación llevado a cabo por Cultural Survival: educación, y programas de propugnación. Estas cuestiones se discuten en conferencias de Cultural Survival, en sus publicaciones y en su página web.

Centro de Pueblos Indígenas y Tribales
El Centro de Pueblos Indígenas y Tribales trata de crear un mejor entendimiento de los valores, conocimiento, prácticas y educación de los Pueblos Indígenas. La página web provee links a fuentes que ensalzan el entendimiento de actuales acontecimientos sobre temas importantes y proporciona información relevante para la participación informada entre varios sectores de la sociedad y en el proceso de toma de decisiones. Cuatro de los tópicos básicos en su página web son: promover mantenimiento (continuidad), valores y cultura tradicionales, marco legal y Pueblos Indígenas, Madre Tierra y proyecto espiritual.

Centro de Recursos Jurídicos de Indiana
El Centro de Recursos Jurídicos de Indiana se encarga de la propugnación legal para la protección de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, culturas y tierras tradicionales. En la web hay descripciones de trabajo del Centro, archivos a boletines de noticias y links a organizaciones relevantes y documentos. El Centro trata con casos en el Norte y Centroamérica.

Survival International
The Survival International es una organización mundial que apoya a los pueblos tribales. Esto significa que defiende su derecho a decidir su propio futuro y les ayuda a proteger sus vidas, tierras y derechos humanos. Trabajos de Survival: educar a la gente de ' el Oeste ' sobre la Gente Indígena y proveer a la Gente Indígena con la información y los medios para conservar su modo de vivir ante contactos con las empresas Occidentales y mundiales.

Naciones Indígenas y Cuerpos de Gobernación

Assembly of First Nations (Canada) (en ingles)
Inuit Circumpolar Conference(en ingles)
Metis Nation of Ontario(en ingles)
Navajo/ Hopi and Black Mesa(en ingles)
Navajo Nation(en ingles)
Sami News (en Sami)
Sami Parliament (en Sami)
San of South Africa
Haudenosaunee Homepage(en ingles)
Union of British Columbia Indian Chiefs (en ingles)

Pueblos Indígenas y Naciones Unidas

Oficina de las Naciones Unidas del Alto Comisionado de los Derechos Humanos

La página web de la Oficina de las Naciones Unidas del Alto Comisionado de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas ofrece una extensa descripción de los pueblos Indígenas y de los sistema de UN. Esta página ofrece también links al Grupo de Trabajo, al Foro Permanente, al Relator Especial, a documentos de Naciones Unidas, y a sistemas de Naciones Unidas.

Naciones Unidas, programa de desarrollo – Pueblos Indígenas
Esta página web detalla cómo el PDNU (UNDP) trabaja conjuntamente con los Pueblos Indígenas. Incluye información sobre Cuestiones Indígenas, los programas y objetivos relativos a los Pueblos Indígenas, y un centro de investigación que contiene documentos, información sobre conferencias y contactos con las Naciones Unidas.

Conferencia Mundial sobre el Racismo/ Naciones Unidas, guía para los Pueblos Indígenas
La Guía de Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas incluye 12 prospectos sobre los Pueblos Indígenas y el sistema de Naciones Unidas. Algunos de ellos incluyen: Pueblos Indígenas, las Naciones Unidas y los Derechos Humanos, Tratados sobre los Derechos Humanos y los Pueblos Indígenas, Niños y jóvenes Indígenas, Pueblos Indígenas y el medio ambiente.

Pueblos Indígenas y la Unión Europea

Derechos humanos Europeos y Política de Democratización - Promoción y Protección de los derechos de los Pueblos Indígenas (en inglés)
Esta página web tiene un link a la Resolución del Consejo Europeo sobre Pueblos Indígenas. Contiene, asimismo, información en algunos de los programas europeos que afectan a los Pueblos Indígenas. Incluye una lista de nombre y direcciones electrónicas de relevantes miembros de la Unión Europea, así como, links a organizaciones internacionales y Indígenas ONGs.

Pueblos Indígenas y la Organización de Estados Americanos

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Esta es la página web de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos. Contiene información relacionada, básicamente, con derechos humanos en general, pero bajo el título de “publicaciones” encontramos un link a la Proyecto de Declaración Americana sobre Derechos Humanos.

Educación y Derechos Humanos

UN Treaty Reference Guide
Los Derechos Humanos se basan en tratados. Esta página de Naciones Unidas explica (en un lenguaje altamente formal) los términos usados en los tratados de Naciones Unidas. No se centra, de forma específica, en los Derechos Humanos, sin embargo, ayuda a comprender los términos y procedimientos que aparecen en cada tratado sobre Derechos Humanos.

Universidad de Minnesota, Centro de Derechos Humanos
El foco principal del Centro de Derechos Humanos es ayudar a la formación efectiva de profesionales y voluntarios en el ámbito de los Derechos Humanos. El Centro de Derechos Humanos asiste a abogados que ejercen en el ámbito de los Derechos Humanos, estudiantes y profesores en cinco programas: invesitigación y búsqueda en el ámbito de los Derechos Humanos, herramientas educacionales, ámbito y oportunidades de aprendizaje, Derechos Humanos on-line y estudio de comunidades y sociedades.

The People’s Decade of Human Rights Education (en ingles)
The People’s Decade of Human Rights Education (PDHRE) se dedica a incrementar la preocupación por los Derechos Humanos, para reforzar y vigoriza los esfuerzos para el cambio. PHDRE enseña como el trabajo en el ámbito de los Derechos Humanos puede ser usado para denunciar injusticias de carácter social y económico alrededor del mundo. La parte de la página web dedicada a los Pueblos Indígenas provee una concisa descripción general de sus Derechos Humanos y una explicación comprensiva de las obligaciones y compromisos de los gobiernos para garantizar dichos derechos, aportando citas de textos específicos. Incluye, también, una amplia variedad de programas educacionales y estrategias para la educación en el campo de los Derechos Humanos.

Researching Indigenous Peoples' Rights Under International Law (en inglés)
1999 fue la última vez que dicha página web fue revisada. Por lo tanto, no está puesta al día. Sin embargo, es válida como introducción a cuestiones fundamentales sobre los derechos humanos. La página contiene explicaciones claras y destaca en la descripción de cuestiones importantes, actas legalizadas y una bibliografía amplia (hasta 1998).

Human Rights Education Associates
Human Rights Education Associates es una organización dedicada al desarrollo de material educacional de calidad, entrenamiento de profesores y activistas, investigación y desarrollo, y crear comunicación on-line entre comunidades. La página web de HREA ofrece cursos a distancia de aprendizaje para profesionales de los Derechos Humanos, tutorías que introducen cuestiones de Derechos Humanos de modo interactivo, guías de estudio, y de discusión.

Naciones Unidas, Década de los Derechos Humanos
La página web de la Década de los Derechos Humanos de Naciones Unidas (1995-2004), ofrece una gran variedad de actividades prácticas para escuelas primarias y secundarias , así como links a “Assisting Comunities Together” (ACT), y un programa de Naciones Unidas que ofrece ayuda financiera para actividades en el campo de los Derechos Humanos, realizado por comunidades, organizaciones e individuales.

Amnesty International Human Rights Education (en inglés)
La página web de “The Amnesty International Human Rights Education” ofrece una amplia variedad de recursos educacionales sobre Derechos Humanos: materiales de clase y fuentes, cuestiones frecuentes sobre Derechos Humanos, ejemplos de lecciones, programas sobre Derechos Humanos, manual básico, así como un catálogo on-line para materiales educacionales sobre Derechos Humanos. La página web también contiene una lista extensa de acciones que los estudiantes pueden llevar a cabo en sus comunidades y alrededor del mundo.
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Traductor: Carla Gaya Boix



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